Convocatoria del programa denominado «Coordinación horaria» dirigido al alumnado que cursa simultáneamente las enseñanzas profesionales de Música y/o Danza y la Educación Secundaria para el curso académico 2024-2025. - GVA.ES
Convocatoria del programa denominado «Coordinación horaria» dirigido al alumnado que cursa simultáneamente las enseñanzas profesionales de Música y/o Danza y la Educación Secundaria para el curso académico 2024-2025.
What is
Programa de "Coordinación horaria" para el curso académico 2024-2025 en los conservatorios y centros autorizados de enseñanzas profesionales de Música y Danza, y en los centros sostenidos con fondo públicos que impartan los enseñanzas de Educación Secundaria y/o Bachillerato, para el alumnado que simultanea los enseñanzas de régimen general de Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato y las enseñanzas de régimen especial.
- Decreto 156/2007, de 21 de septiembre, del Consell, por el que se establece el currículo de las enseñanzas profesionales de danza y se regula el acceso a estas enseñanza.
- Decreto 158/2007, de 21 de septiembre, del Consell, por el que se establece el currículo de las enseñanzas profesionales de música y se regula el acceso a estas enseñanzas.
- Orden 28/2011, de 10 de mayo, de la Conselleria de Educación, por la que se regula la admisión, el acceso y la matrícula, así como los aspectos de ordenación general, para el alumnado que curse las enseñanzas elementales y profesionales de Música y Danza en la Comunitat Valenciana.
Who is it addressed to
- Centros sostenidos con fondos públicos que impartan las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria y/o Bachillerato.
- Alumnado que curse simultáneamente enseñanzas profesionales de Música y/o Danza y Educación Secundaria durante el curso académico 2024-2025.
1. Una vez publicada la resolución que resuelva la convocatoria para autorizar los centros participantes en el Programa de Coordinación Horaria en el DOGV, el alumnado que desee participar en el programa presentará la solicitud de participación, según el anexo II de la Orden 5/2017, de 6 de febrero, en la secretaría del centro de enseñanza secundaria previamente autorizado, en el que se encuentre matriculado, en el plazo que determine cada centro.
2. El alumnado, una vez haya formalizado el proceso de matrícula en las enseñanzas de régimen especial, entregará el certificado de matrícula de las enseñanzas profesionales de Música y/o Danza en el centro de estudios de enseñanzas de régimen general de educación secundaria en el que se encuentre matriculado.
3. Las solicitudes de participación presentadas fuera de plazo podrán ser atendidas si quedan plazas vacantes en el programa una vez realizada la adjudicación.
4. Una vez finalizada la adscripción del alumnado en el Programa Coordinación Horaria, y antes del inicio del curso escolar de las enseñanzas de Música y Danza de régimen especial, cada comisión de coordinación remitirá a la correspondiente dirección territorial con competencias en educación la lista definitiva del alumnado que participa.
How to process
- Constitución de las comisiones de coordinación de los centros.
- Presentación de las solicitudes telemáticas de participación de los centros.
- Nombramiento de la comisión de valoración.
- Autorización provisional de los centros participantes.
- Reclamaciones.
- Publicación en el DOGV de la resolución definitiva de los centros participantes.
46015 - València/Valencia
Forms
- (ANEXO I) SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN DE LOS CENTROS EN EL PROGRAMA "COORDINACIÓN HORARIA" (EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y BACHILLERATO-ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA Y DANZA)
- (ANEXO II) SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN DEL ALUMNADO EN EL PROGRAMA "COORDINACIÓN HORARIA" (EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y BACHILLERATO-ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA Y DANZA)
Request
CENTROS
El plazo de presentación de las solicitudes será del 26 de febrero al 8 de marzo de 2024.
ALUMNADO
Una vez publicada la resolución por la que se resuelve la convocatoria para autorizar los centros participantes en el Programa de Coordinación Horaria en el DOGV, el alumnado que desee participar en el programa presentará la solicitud de participación, según el anexo II de la Orden 5/2017, de 6 de febrero, en la secretaría del centro de enseñanza secundaria, previamente autorizado, en el que se encuentre matriculado, en el plazo que determine cada centro.
Forms
- (ANEXO I) SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN DE LOS CENTROS EN EL PROGRAMA "COORDINACIÓN HORARIA" (EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y BACHILLERATO-ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA Y DANZA)
- (ANEXO II) SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN DEL ALUMNADO EN EL PROGRAMA "COORDINACIÓN HORARIA" (EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y BACHILLERATO-ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA Y DANZA)
Este procedimiento no requiere pago de tasas.
- Orden 5/2017, de 6 de febrero, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regula el programa denominado Coordinación horaria dirigido al alumnado que cursa simultáneamente las enseñanzas profesionales de Música y/o Danza y la Educación Secundaria.
- RESOLUCIÓN de 2 de febrero de 2024, de la Dirección General de Centros Docentes, por la que se convoca el Programa de coordinación horaria dirigido al alumnado que cursa simultáneamente las enseñanzas profesionales de Música o Danza y Educación Secundaria para el curso académico 2024-2025
Resolution
Se podrá interponer recurso de alzada ante la Secretaría Autonómica competente en materia de educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación o publicación. Todo esto, de conformidad con lo que se dispone en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1...
46015 - València/Valencia
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