TECE - Recurso potestativo de reposición a un expediente de las convocatorias de ayudas de la Vicepresidencia segunda y conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, de las siguientes direcciones generales. - Dirección General de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética. - Dirección General de Emergencia Habitacional, Función Social de la Vivienda y Observatorio del Hábitat y Segregación Urbana. - Dirección General de Vivienda y Regeneración Urbana. - GVA.ES
TECE - Recurso potestativo de reposición a un expediente de las convocatorias de ayudas de la Vicepresidencia segunda y conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, de las siguientes direcciones generales. - Dirección General de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética. - Dirección General de Emergencia Habitacional, Función Social de la Vivienda y Observatorio del Hábitat y Segregación Urbana. - Dirección General de Vivienda y Regeneración Urbana.
Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
What is
El trámite tiene por objeto la presentación telemática de un recurso potestativo de reposición a la resolución de las convocatorias de ayudas de vivienda en materia de rehabilitación, informe de evaluación del edificio (IEE), alquiler o compra de vivienda para jóvenes en municipios pequeños y/o riesgo de despoblación, por no considerarla ajustada a derecho.
Aquellas personas interesadas que no estén obligadas a relacionarse con la Administración de forma electrónica, pueden optar por presentar el recurso de reposición telemáticamente o de manera presencial en los registros regulados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los certificados admitidos en la sede electrónica de la Generalitat Valenciana se ajustan a la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de Racionalización del Sector Público y otras Medidas de Reforma Administrativa.
Con carácter general, se puede tramitar con DNIe, FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y con los certificados de persona jurídica, empleado público o persona física emitidos por la ACCV. También se admitirán todos los certificados reconocidos incluidos en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación (TSL) establecidos en España, publicada en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
Who is it addressed to
Las personas interesadas en un expediente de ayudas de vivienda en materia de rehabilitación, informe de evaluación del edificio (IEE), alquiler o compra de vivienda para jóvenes en municipios pequeños y/o riesgo de despoblación.
Ser persona interesada y tener certificado digital o DNI electrónico. Además, se debe manifestar el motivo y fundamento de su disconformidad con la resolución objeto de recurso, así como lo señalado en el art.115 Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las...
How to process
46018 - València/Valencia
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Forms
Request
Un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución impugnada.
El recurso potestativo de reposicion y, en su caso, aquella documentación que fundamente el motivo del recurso presentado.
- Sistemas de firma electrónica admitidos o usados en la Sede electrónica de la Generalitat
- Web Vivienda: información general de las convocatorias de ayudas de vivienda 2022. Ayudas de las direcciones generales: - Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética. - Innovación Ecológica en la Construcción.
- Sistemas de verificación de firma electrónica
- Web Vivienda: información general de las convocatorias de ayudas de vivienda 2022. Ayudas de las direcciones generales: - Emergencia Habitacional, Función Social de la Vivienda y Observatorio del Hábitat y Segregación Urbana. - Vivienda y Regeneración Urbana. - Innovación Ecológica en la...
- CL@VE-PERMANENTE
Resolution
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de un mes.
Contra la resolución del recurso de reposición no cabe ningún otro recurso administrativo. Se prodrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación.
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