Solicitud del certificado veterinario para intercambio intracomunitario de animales vivos y productos de origen animal (TRACES) - GVA.ES
Solicitud del certificado veterinario para intercambio intracomunitario de animales vivos y productos de origen animal (TRACES)
Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca
From 24-08-2018 00:00:00h
What is
Emisión por parte de los veterinarios oficiales de las Oficinas comarcales del certificado veterinario intracomunitario TRACES de animales vivos y productos.
- Reglamento (CE) 1/2005 del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas.
- Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2235 de la Comisión, de 16 de diciembre de 2020, por el que se establecen normas para la aplicación de los Reglamentos (UE) 2016/429 y (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los modelos de certificados zoosanitarios, los modelos...
- Decreto Ley 2/2022, de 22 de abril, del Consell para la reducción temporal del importe de las tasas propias y precios públicos de la Generalitat para hacer frente al impacto de la inflación. (DOGV nº 9327, de 28/04/2022)
Who is it addressed to
Personas físicas o jurídicas titulares de las explotaciones ganaderas con sede social en la Comunitat Valenciana y que vayan a realizar desplazamientos entre los Estados miembros.
Estar inscritos en el REGA (Registro de explotaciones ganaderas) y cumplir con las condiciones sanitarias exigidas en el certificado veterinario.
Los transportistas y vehículos de transporte con sede social en España que realicen el movimiento deberán estar inscritos en el registro de transportistas conforme al RD 751/2006.
How to process
1. Presentación de la solicitud y documentación exigida.
2. Revisión de la documentación y comprobación de los requisitos sanitarios exigidos.
3. Emisión del certificado intracomunitario TRACES.
Request
Se puede solicitar el certificado durante todo el año.
El solicitante deberá presentar con una antelación mínima de 48 horas previas a la salida, la siguiente documentación:
- Solicitud del certificado.
- Justificante del pago de la tasa administrativa modelo 046.
- Para viajes de más de 8 horas de las especies bovina, ovina y caprina, porcina y equina (excepto équidos registrados), el operador y/o transportista habrá grabado en la aplicación TRACES NT, el plan de viaje en la pestaña "Journey Logs" y comunicar el número de referencia asignado por el programa.
- En el supuesto que esté previsto parar en un puesto de control (descanso 24 horas) deberá aportar copia de la confirmación de reserva previa del puesto de control donde tiene previsto parar
Tasas 2025:
Modelo 046-9792 - Tasa por servicios administrativos relativos a ganadería.
LEGISLACIÓN APLICABLE: Artículo 3.7-5 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de Tasas.
- Epigrafe 5.1. Comprobación sanitaria del ganado sujeto a movimiento y expedición de certificado sanitario de traslado, TRACES y movimiento con terceros países, mínimo 10,19 euros y suplemento por especie animal según epígrafe 5.1.
- Epigrafe 5.2. Emisión del certificado sanitario de traslado TRACES o certificado de movimiento con terceros países, justificativo de la salubridad del mismo y de su zona de origen en animales de compañía (por expedición).
Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como las personas solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía,...
a) En las oficinas de asistencia en materia de registros (https://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/buscadores/registros).
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Y, preferentemente, en:
Resolution
Estar dados de Alta en el Registro de explotaciones ganaderas y cumplir con los requisitos sanitarios exigidos para los movimientos intracomunitarios.
Los previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27/11/92) y la nueva redacción dada a su articulado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14/01/99).
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