Details of Procedure

TECE - Concurso para la adquisición de viviendas en municipios de la Comunidad Valenciana para su incorporación al parque público de vivienda de la Generalitat. Convocatoria 2020.

Code SIA : 1870542
Code GUC : 19818
Department: Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Deadline for application: CLOSE
(29-09-2020
11-11-2020)
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Basic information

What is it and what is it for?

What is it and what is it for?

La compra de viviendas en municipios del ámbito territorial de la Comunitat Valenciana con la finalidad de satisfacer la demanda social de soluciones habitacionales en régimen de alquiler, de conformidad con el pliego de condiciones aprobado para regir el concurso, al que nos referiremos como "el pliego".

Observations

Observations

Para más información se puede llamar al 012 (963866000 si llama desde fuera de la Comunitat Valenciana).

Requirements

Requirements

DEL SOLICITANTE Para poder concurrir, los solicitantes deberán reunir los requisitos de capacidad y solvencia relacionados en el apartado 8 del pliego. Cada persona ofertante deberá presentar una única proposición, aunque podrá contener la oferta de varias viviendas, que se ajustará a las especificaciones contenidas en el pliego, y su presentación supone la aceptación incondicionada por parte de los licitadores de la totalidad de las cláusulas o condiciones de dicho pliego de condiciones, sin salvedad o reserva alguna. DE LAS VIVIENDAS OFERTADAS Las viviendas que se propongan para su adquisición deben estar situadas en los municipios de la Comunitat Valenciana que se relacionan en el Anexo 9 del Pliego de Condiciones. No se admitirán ofertas que contengan viviendas ubicadas en municipios que no figuren en esta relación. Las viviendas que se ofrezcan deben reunir los siguientes requisitos: - Estar situadas en suelo urbano y ser conformes con la ordenación urbanística. - Han de tener al menos salón-comedor, cocina, un dormitorio y un baño y cumplir con las condiciones de habitabilidad y accesibilidad según la normativa vigente. - Deben reunir las condiciones óptimas o adecuadas para ser ocupadas inmediatamente después de la formalización de su adquisición, por lo que deben estar libres de enseres inútiles y en condiciones higiénicas y de limpieza adecuadas. Se podrán admitir viviendas en construcción o que necesiten rehabilitación o reparaciones para conseguir las condiciones de accesibilidad y habitabilidad exigidas cuando se aporte compromiso suscrito por la propiedad de proceder a ejecutar a su cargo dicha adecuación de forma anticipada a la formalización del contrato de compraventa de la vivienda. - Deben estar libres de ocupantes con o sin título para ello. - Deben disponer de cédula de habitabilidad o licencia de ocupación o calificación definitiva, certificación energética y estar en condiciones de obtener el alta de suministros básicos (electricidad, agua potable y gas). La vivienda se encontrará dada de baja en dichos suministros en el momento de la formalización de la compraventa. - Deben estar inscritas en el Registro de la Propiedad a nombre de la persona natural o jurídica licitadora. - Deben estar libres de cargas y gravámenes y en condiciones jurídicas que permitan su inmediata escrituración e inscripción en el Registro de la Propiedad, salvo excepciones establecidas en el Pliego de Condiciones. - Deben estar al corriente de pago de los gastos de comunidad, de todos los suministros, del impuesto sobre bienes inmuebles y de otros tributos que los graven. - Solo se podrán incluir en la oferta garaje y trasteros si van vinculados registralmente a la vivienda(unidad indisociable). - La vivienda estará localizada en edificio constituido en régimen de propiedad horizontal, salvo que se trate de municipios con población inferior a 10.000 habitantes donde se admitirá casa de pueblo unifamiliar localizada en el centro urbano. En todo caso, deberán tener una antigüedad máxima de 50 años y para viviendas en altura deberán tener ascensor en uso.

Who can apply?

Who can apply?

Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que sean propietarias o titulares del dominio de las viviendas que oferten, que reúnan las condiciones previstas en el pliego y que tengan personalidad jurídica y plena capacidad de obrar con arreglo al Código Civil para toda clase de contratos y, en particular, para el de compraventa.

Regulations of the procedure

Regulations of the procedure

  • Anuncio del concurso para la adquisición de vivienda en municipios de la Comunitat Valenciana para su incorporación al parque público de la Generalitat
  • Ley 14/2003, de 10 de abril, de Patrimonio de la Generalitat Valenciana (DOGV 4479, de 11.04.2003)
  • Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (BOE 264, de 04.11.2003)
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE 236, de 02.10.2015)
  • Ley 2/2017, de 3 de febrero, de la Generalitat, por la función social de la vivienda de la Comunitat Valenciana (DOGV 7976, de 09.02.2017)
  • Resolución de 18 de septiembre de 2020, del vicepresidente segundo y conseller de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, por la que se convoca un concurso para la adquisición de viviendas en municipios de la Comunitat Valenciana para su incorporación al parque público de la Generalitat

Doubts about telematic processing

Doubts about telematic processing

Doubts about the procedure

Computer problems

Term

Term

Las proposiciones se presentarán en el plazo de 30 días contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria del concurso en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.(DOGV nº 8914, de 28/09/2020). El plazo finaliza el día 11 de noviembre de 2020.

Documentation and forms

Cada proposición deberá ir acompañada de la siguiente documentación, y organizada como se indica a continuación. Las proposiciones se presentarán en dos sobres cerrados, señalados con los números 1 y 2, y en cada uno de ellos figurará el nombre del licitador, su DNI o CIF, su domicilio, los municipios donde se ubiquen las viviendas y los títulos que se señalan a continuación. El sobre n.º 1. se denominará: "DOCUMENTACIÓN PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO PARA LA ADQUISICIÓN, MEDIANTE CONCURSO, DE VIVIENDAS POR LA GENERALITAT" y su contenido será el siguiente: 1) Acreditación de la personalidad jurídica y capacidad de obrar de la persona licitadora propietaria/s de la/s vivienda/s que se ofrezcan. Personas físicas: DNI o NIE. Personas jurídicas: CIF y escritura o documento de constitución inscritos en el registro oficial correspondiente. 2) Cuando la persona licitadora actúe mediante representante, este deberá aportar su DNI (o equivalente si es persona extranjera) y poder bastanteado por la Asesoría Jurídica de la Conselleria. El poder deberá estar inscrito en el registro público correspondiente, en caso de que la normativa aplicable así lo exija. El licitador deberá presentar toda la documentación necesaria para realizar el bastanteo, al menos con 48 horas de antelación a la fecha establecida como fin de plazo de presentación de proposiciones. 3) Documentación acreditativa de la solvencia : Al tratarse de un contrato de naturaleza privada por su objeto, se entenderá que la solvencia queda justificada por la aportación de la siguiente documentación: a) Copia cotejada de la Escritura pública que acredite la propiedad de la vivienda de la/s persona/s licitadora/s o Nota Simple emitida por el Registro de la Propiedad, con una antigüedad máxima de 3 meses a la fecha de la presentación de la oferta en la que se haga constar que la vivienda que se ofrece se encuentra debidamente inscrita a nombre de la persona/s licitadora/s y se halla libre de cargas y gravámenes, o, en su caso, expresión de las cargas que soporta la/s vivienda/s. b) En el caso de viviendas gravadas con derecho real de garantía hipotecaria deberá aportarse compromiso suscrito por la propiedad de proceder a su cancelación de forma anticipada o simultánea a la formalización del contrato de compraventa de la vivienda. 4) Declaración responsable según modelo del Anexo 1 del Pliego, fechada y firmada por la/s persona/s licitadora/s o persona que legalmente le/s represente (en el caso de ser varias personas titulares propietarias de la vivienda se deberá cumplimentar una declaración responsable por cada una de ellas), comprensiva de las siguientes cuestiones: a) La/s vivienda/s ofertadas siguen manteniendo las circunstancias expresadas en la escritura de propiedad o en la nota simple expedida por el Registro de la Propiedad y se encuentra/n en condiciones jurídicas que permitan su inmediata escrituración e inscripción en el Registro de la Propiedad. b) No existe limitación para la transmisión de la propiedad de la/s vivienda/s ofertadas de conformidad con la normativa vigente, incluida la normativa de vivienda protegida. c) La/s vivienda/s se encuentra/n libre/s de ocupantes con o sin título. d) La/s vivienda/s están libres de cargas y gravámenes y al corriente de pago de los gastos de comunidad, de todos los suministros (agua, luz y gas, en su caso), así como de los tributos estatales, locales o de la comunidad autónoma que los graven, particularmente del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y de la Tasa de recogida de residuos sólidos urbanos. En caso contrario, se compromete a la cancelación anticipada o simultánea a la formalización del contrato de compraventa de las cargas y gravámenes o deudas que soporta la vivienda. e) La/s vivienda/s ofertada/s reúne/n las condiciones óptimas o adecuadas para ser ocupadas inmediatamente después de la formalización de su adquisición, por lo que se encuentra libre de enseres inútiles y en condiciones higiénicas y de limpieza adecuadas y cuentan con el permiso municipal de ocupación o documento equivalente. En el caso de vivienda/s en construcción o con necesidades de rehabilitación o reparaciones, el licitador se compromete a la ejecución de las obras de forma anticipada a la formalización del contrato de compraventa. f) La persona propietaria de la vivienda se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, la comunidad autónoma, el ayuntamiento correspondiente y con la Seguridad Social impuestos por las disposiciones vigentes, en el caso de que no se hubiera otorgado autorización al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de estas circunstancias. Asimismo, cumple con las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática la venta de viviendas en el momento de finalización del plazo de presentación de las proposiciones y de no hallarse comprendido/a, ni la empresa a la que representa, sus administradores y representantes, en alguna de las causas de prohibición e incompatibilidad para contratar reguladas en el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público, comprometiéndome, de resultar propuesto como adjudicatario, a presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de las referidas condiciones, previamente a la adjudicación del contrato. g) En su caso, los poderes aportados se encuentran vigentes en la actualidad. h) La persona licitadora se somete a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir de la compra, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. El sobre nº 2. se denominará: "PROPOSICIÓN ECONÓMICA: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN Y OFERTAS ECONÓMICAS" y contendrá la siguiente documentación: DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN a) Información de la ubicación de la vivienda dentro del municipio: dirección de la vivienda (calle/plaza, número, piso, n.º, código postal y municipio), haciendo especial referencia a su localización dentro del municipio, su conexión con la trama urbana, proximidad a redes de transporte público, existencia de equipamientos y servicios existentes en un radio de 500 metros, en los términos que se deducen del apartado 7, párrafo 3 del pliego. b) Informe sobre la antigüedad, estado de conservación y accesibilidad del edificio que alberga la vivienda c) Memoria que incluya descripción de la vivienda, superficie útil total, sus estancias y superficie aproximada de cada una de ellas, número de habitaciones (sin contar cocina, estar-comedor, pasillos y baños), estado de conservación de cocinas y baños, con indicación de la última reforma efectuada, así como de los posibles anexos vinculados (garaje y trastero). d) Documentación gráfica: 1.Plano de Situación a escala 1:500 (recoge el entorno de la vivienda). 2. Plano de distribución de la vivienda acotado a escala 1/50. 3. Reportaje fotográfico de la vivienda y del edificio que la alberga: fotografías descriptivas del zaguán de acceso al edificio, del equipamiento, de las fachadas, de anexos, etc., de cada estancia de la vivienda, de la cocina, baños, y cualquier otro documento que aporte información sobre el estado del inmueble que se oferte. e) Fotocopia de la cédula de habitabilidad, licencia municipal de ocupación o documento equivalente. f) Certificación de eficiencia energética de la vivienda. g) Certificación catastral descriptiva y gráfica donde conste identificada la vivienda y sus anejos. h) Tasación pericial elaborada de conformidad con el párrafo 5 del apartado 7, Criterios de adjudicación. i) Autobaremación técnica y económica según el Anexo 6, cumplimentado de acuerdo con el apartado 7, Criterios de adjudicación. j) Autorización de acceso al inmueble según modelo que se recoge en el Anexo 2 Si algún licitador no aporta la documentación relativa a alguno de los criterios o la misma no contiene todos los requisitos exigidos, la proposición de este licitador no será valorada respecto del criterio de que se trate. OFERTA ECONÓMICA Contendrá la oferta económica, que se ajustará al modelo previsto en el Anexo n.º 3 de este pliego de condiciones, referido a cada una de las viviendas que se incluyan en la propuesta así como a sus anexos vinculados (garaje/trastero). No se aceptarán aquellas proposiciones que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte de licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de Valoración mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. La inclusión en el sobre n.º1 de la proposición económica o de los documentos que deben incluirse en el sobre n.º 2, aún en el caso de que los mismos documentos se hubieran incluido también en el sobre n.º 2, determinará, de forma automática, la exclusión de la proposición. Cada licitador podrá presentar en su proposición tantas viviendas como quiera vender, si bien no podrá adjudicarse a un mismo licitador más de un 20% del presupuesto base de licitación aunque sea referido a distintas viviendas. En todo caso, las ofertas se efectuarán de forma individual, presentando para cada una de las viviendas toda la documentación que se exige en el sobre 2. En el caso de que la proposición contenga varias ofertas se deberá cumplimentar la relación del anexo 4 y presentar toda la documentación conjuntamente dentro de un único sobre n.º 2. Toda la documentación deberá presentarse debidamente suscrita por la persona licitadora o su representante legal.

Presentation

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Face-to-face
Las ofertas se pueden presentar de forma presencial o por correo postal certificado. De forma presencial en las siguientes dependencias: -El registro general de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática con domicilio en la Ciutat Administrativa 9 d'octubre, Torre 1, sita en la calle de la Democràcia, número 77, 46018-València, Los registros de los Servicios Territoriales de Vivienda y Arquitectura Bioclimática de Alicante, Castellón y València, El horario de presentación será: De lunes a viernes desde la 9 horas hasta las 14 horas No será válida la presentación en otros registros o dependencias de esta u otras Administraciones Públicas. Las oficinas receptoras darán recibo al presentador, en el que constará el nombre del licitador, la denominación del objeto del contrato y el día y hora de la presentación. A través del correo postal, dirigidas a : Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática Ciutat Administrativa 9 d'octubre, Torre 1, calle de la Democràcia, 77, 46018-València. En este supuesto, el licitador deberá justificar la fecha y hora de imposición del envío en la Oficina de Correos dentro del plazo de 30 días para presentar las proposiciones y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta dentro del citado plazo, al siguiente correo electrónico: adquisicionviviendas2020@gva.es El envío del anuncio por correo electrónico solo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de su fecha y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto, se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Sin perjuicio de lo expuesto, la documentación recibida transcurridos 10 días desde la finalización del plazo establecido para la presentación de las proposiciones, no será admitida en ningún caso.

Processing process

Processing process

INICIO DEL PROCEDIMIENTO El concurso para la adquisición de las viviendas se convocará mediante resolución de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), así como en el portal web de la Generalitat. Las proposiciones se tramitarán utilizando el formulario que estará disponible en la sede electrónica de la Generalitat, portal gva.es, y que deberá ser cumplimentado electrónicamente, imprimiéndose el correspondiente justificante que deberá ser oportunamente firmado por el licitador y presentado junto con el sobre n.º 1 y el sobre n.º 2. El justificante debidamente firmado constituirá el impreso de solicitud para participar en el concurso. No se admitirán los formularios cumplimentados de otra forma. APERTURA DE PROPOSICIONES Y SUBSANACIÓN DE ERRORES Apertura SOBRE Nº. 1 Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la conclusión del plazo fijado para la presentación de proposiciones, se constituirá la Mesa de valoración de ofertas, a partir de las 10:00 horas, y abrirá los sobres n.º 1, en un acto no público. La mesa procederá a examinar la documentación recogida en el sobre y si apreciara la existencia de errores subsanables, lo notificará a los interesados para que en un plazo máximo de 5 días procedan a subsanarlos, mediante escrito que presentarán en el Registro General de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática dirigido a la propia Mesa de valoración. Transcurrido este plazo la mesa determinará qué licitantes quedan admitidos que será publicado en la página web de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática. Apertura SOBRE Nº 2: En el lugar y hora señalados en la convocatoria que se publicará en el DOGV y en acto público, se procederá a la apertura de los sobres n.º2 presentados por los licitadores admitidos, procediéndose a la lectura de las viviendas y de las ofertas económicas contenidas en la propuesta, pudiendo rechazarse en el momento aquellas que se aparten sustancialmente del modelo o comporten error manifiesto. En el plazo máximo de 6 meses a contar desde la celebración de dicho acto, la mesa analizará las propuestas formuladas en relación con las viviendas ofertadas, atendiendo a los criterios de valoración, a cuyo efecto podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos en relación con el objeto del concurso. A estos efectos, el personal técnico designado por la Mesa efectuará las visitas de inspección necesarias a las viviendas ofertadas con el fin de inspeccionarlas, comprobar el estado de las mismas y su adecuación a los requisitos establecidos en el pliego. Una vez recibidos los informes técnicos pertinentes, la mesa analizará las ofertas económicas contenidas en las proposiciones presentadas en relación a cada una de las viviendas que contengan, pudiendo realizar, en su caso, una contraoferta al vendedor siguiendo el orden de prelación. El vendedor puede aceptar el precio ofrecido o rechazar la contraoferta en el plazo de 5 días desde la notificación de la misma, mediante escrito dirigido a la Mesa de valoración y que se presentará en la forma y lugares indicados en el apartado nueve del pliego para la presentación de solicitudes. La contraoferta se irá efectuando siguiendo el orden de prelación, pero en función de la existencia de crédito suficiente en cada momento para cubrir el importe de la misma. Determinadas por la Mesa las ofertas más ventajosas se levantará el acta correspondiente, elevando al órgano de contratación la propuesta de adjudicación conteniendo los licitadores con los que contratar y las viviendas seleccionadas. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor de los adjudicatarios propuestos hasta tanto el órgano de contratación no dicte la resolución de adjudicación del contrato. Los licitadores que hayan facilitado un número de teléfono móvil podrán ser avisados de la publicación de la propuesta de adjudicación por medio de mensaje de texto SMS. Los licitadores incluidos en la propuesta de adjudicación podrán ejercer su derecho a desistir del procedimiento en el plazo de 5 días a partir de la publicación de la misma. Las personas licitadoras a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación podrán ser requeridas previamente a la adjudicación de la presente contratación para que, en el plazo de 10 días, aporten la documentación que el órgano competente considere necesario para la adjudicación del contrato. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Corresponderá a la persona titular de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática resolver el procedimiento de adjudicación, previo informe de la Abogacía, pudiendo, no obstante, apartarse de la propuesta de adjudicación o declarar desierto el concurso de forma motivada. Antes de la adjudicación del contrato, el órgano de contratación requerirá a los licitadores que hayan presentado las mejores ofertas para que, en el plazo que se les confiera, presenten la documentación justificativa que se señala en el apartado 14 del pliego. La adjudicación se adoptará en el plazo máximo de un mes, a contar desde la propuesta de adjudicación correspondiente por el precio determinado según lo expuesto en la cláusula 7.F). La resolución del concurso se publicará en el DOGV y en el portal www.gva.es, página web de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática. Los licitadores que hayan facilitado un número de teléfono móvil podrán ser avisados de la publicación de la resolución de la licitación mediante mensaje de texto SMS. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Será preceptiva la formalización de la adquisición de las viviendas mediante escritura pública en la notaría correspondiente y su inscripción en el Registro de la Propiedad e incorporación al Catastro. El plazo para la suscripción del contrato será de 90 días a contar desde la adjudicación. GASTOS Los gastos notariales y registrales que origine la compraventa se satisfarán con arreglo a ley.

Assessment criteria

Assessment criteria

La adjudicación recaerá en el licitador que haga la oferta más ventajosa, atendiendo al mayor número de puntos obtenidos por aplicación de los criterios de adjudicación, a continuación detallados, en relación a cada una de las viviendas incluidas en su proposición, A) Necesidad y demanda existente: hasta 15 puntos B) Tipología y características de la vivienda: hasta 30 puntos C) Ubicación en el municipio: hasta 5 puntos D) Caracterización del ofertante: hasta 5 puntos E) Tasación pericial: hasta 5 puntos F) Oferta económica: hasta 40 puntos.

Processing bodies

Processing bodies

VICEPRESIDENCIA SEGUNDA Y CONSELLERIA DE VIVIENDA Y ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA

Observations

Observations

Contra la resolución de convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso -Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de la misma, de conformidad con lo establecido en los aríiculos 10.1.a y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Amount and charge

Amount and charge

El precio de la adquisición se hará efectivo cuando se firme la escritura pública de compraventa, mediante la entrega de cheque bancario.

Deadline

Deadline

La adjudicación se acordará mediante resolución motivada en el plazo máximo de un mes, a contar desde la propuesta de adjudicación correspondiente por el precio determinado. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego, salvo motivos de interés público debidamente justificados.

Resolution bodies

Resolution bodies

VICEPRESIDENCIA SEGUNDA Y CONSELLERIA DE VIVIENDA Y ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA

Exhausts administrative life

Exhausts administrative life

Yes