Details of Procedure

Comunicación de cambio de titularidad o de denominación social de la actividad sometida a Autorización Ambiental Integrada

Code SIA : 1987146
Code GUC : 19920
Department: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio
Deadline for application: OPEN
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Basic information

What is it and what is it for?

What is it and what is it for?

El objeto de trámite es comunicar un cambio de titularidad o de denominación social de la actividad por el nuevo titular. - puede tratarse de una actividad cuya titularidad se transfiere de una empresa a otra. - puede tratarse de una empresa que cambia de NIF - puede tratarse también de una empresa que cambia de denominación social NO hay que hacer este trámite cuando se trate de un CAMBIO DE UBICACIÓN o de un CAMBIO DE ACTIVIDAD.

Observations

Observations

Cuando el cambio implique un CAMBIO DE UBICACIÓN O UN CAMBIO DE ACTIVIDAD, no se hará este trámite. Se deberá tramitar una nueva Autorización Ambiental Integrada o una nueva modificación de la existente.

Who can apply?

Who can apply?

Cualquier persona física o jurídica que esté sometida al régimen de Autorización Ambiental Integrada, de conformidad con lo establecido en el art. 16 de la Ley 6/2014, de 25 de Julio, de Prevención y Control Ambiental de actividades de la Comunidad Valenciana.

Regulations of the procedure

Regulations of the procedure

  • Ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades en la Comunitat Valenciana (DOCV núm. 7329, de 31.07.2014).
  • Decreto Ley 2/2022, de 22 de abril, del Consell para la reducción temporal del importe de las tasas propias y precios públicos de la Generalitat para hacer frente al impacto de la inflación. (DOGV nº 9327, de 28/04/2022)

Doubts about telematic processing

Doubts about telematic processing

Doubts about the procedure

Computer problems

Term

Term

En el plazo máximo de un mes desde que se hubiera formalizado la transmisión.

Documentation and forms

- Formulario de comunicación de cambio de titularidad o denominación social, firmado mediante certificado digital (ver en impresos asociados). - Título o documento admisible en derecho que acredite la transmisión o cambio de denominación social (escritura pública, contrato privado, etc.). - Justificante del pago de la tasa. - Tarjeta acreditativa del NIF. - Fianzas y seguros a nombre del nuevo titular (si procede). - Declaración responsable de las garantías financieras (si procede).

Fee or payment

Fee or payment

Tasas 2023: Modelo 046-9756. Tasa por servicios administrativos de intervención ambiental. En aplicación del Art. 26-2-4 de la Ley 20/2017, de 28 diciembre, de la Generalitat, de Tasas . - Tramitación de cambio de titularidad de autorización ambiental integrada: 100,58 euros . Ver en enlaces: "Formas de Pago y Entidades Colaboradoras". https://tasasw.gva.es/Tasasw/tasasma.htm

Presentation

Presentation

Face-to-face
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. Y, preferentemente, en:
Telematics
Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como los solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía, presentarán las solicitudes telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat en la siguiente URL http://www.gva.es/proc19920. Cuando los solicitantes estén obligados a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos pero la solicitud se haga de forma presencial, se requerirá al interesado para que la presente de forma electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la presentación telemática. Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre ellos los certificados emitidos por la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana (https://sede.gva.es/va/sede_certificados), así como el sistema clave firma para las personas físicas. Los documentos que se anexen al trámite telemático deberán ir firmados electrónicamente por las personas que, según el tipo de documento, proceda. Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo al área personal de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación" (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).

Processing process

Processing process

- Presentación del formulario acompañado de la documentación requerida - Si la documentación presentada no reuniese los requisitos exigibles o la Administración considerase necesaria la ampliación de datos, se requerirá al interesado su subsanación de conformidad con lo establecido en la Ley 39/15, de 1 de octrubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. - Una vez comprobada la suficiencia y adecuación de la documentación presentada, la Administración acusará recibo de dicha comunicación, y procederá a dictar la correspondiente resolución de cambio de titularidad.

Observations

Observations

Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 02/10/15).

Exhausts administrative life

Exhausts administrative life

Yes

Sanctions

Sanctions

El incumplimiento por el anterior o nuevo titular de su respectiva obligación de comunicación, se considera infracción grave, conforme al art 93.3 g) de la Ley 6/2014, de 25 de julio, de Prevención, Calidad y control Ambiental de actividades de la Comunidad Valenciana.