Subvenciones para la financiación de actuaciones de implementación y promoción de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, en el ámbito local. - GVA.ES
Subvenciones para la financiación de actuaciones de implementación y promoción de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, en el ámbito local.
What is
Convocar las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de actuaciones de implementación y promoción, de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el marco de la Agenda 2030 a desarrollar por entidades locales de la Comunitat Valenciana de ámbito inferior a la provincia.
Las iniciativas a subvencionar en la presente convocatoria consistirán en proyectos y actuaciones de implementación y promoción de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el marco de la Agenda 2030 en el ámbito local, que podrán consistir en:
A.- Acciones de Implementación, territorialización y Agenda Urbana, cuyo importe máximo subvencionable será de 50.000 euros, entre las que se incluyen:
A.1. Acciones de territorialización mediante la implantación de proyectos piloto y actuaciones de implementación de los ODS de la Agenda 2030, en el ámbito municipal.
A.2. Elaboración de proyectos piloto de Planes de Acción local de la Agenda Urbana
B.- Acciones de formación, sensibilización y comunicación, cuyo importe máximo subvencionable será de 25.000 euros, entre las que se incluyen:
B.1. Acciones de formación, sensibilización y comunicación dirigidas a incrementar la información y el conocimiento por parte de la ciudadanía y agentes multiplicadores (asociaciones, grupos, colectivos, etc.), sobre actuaciones de implementación de los ODS de la Agenda 2030, de interés para la Comunitat Valenciana.
B.2. Acciones de formación y capacitación dirigidas al personal al servicio de las entidades solicitantes, con la finalidad de facilitar la implementación de proyectos relacionados con los ODS de la Agenda 2030.
B.3. Actuaciones que tengan como finalidad aumentar la participación ciudadana en la elaboración y seguimiento de políticas públicas orientadas a la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible en el ámbito municipal.
C- Acciones dirigidas a promover el trabajo en red y las alianzas multiactor inclusivas, con el fin de acelerar la implementación de la Agenda 2030, cuyo importe máximo subvencionable será de 25.000 euros.
- Orden 1/2023, de 28 de abril, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se aprueban bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la realización de acciones de implementación y promoción de los objetivos de desarrollo sostenible...
- RESOLUCIÓN de 19 de mayo de 2023, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se convocan, para el año 2023, subvenciones para la financiación de actuaciones de implementación y promoción de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda...
Who is it addressed to
Podrán acceder a la condición de beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta convocatoria, las entidades locales de ámbito inferior a la provincia de la Comunitat Valenciana.
REQUISITOS DE LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS
Cada entidad local solo podrá presentar una única solicitud a la presente convocatoria de subvenciones.
No podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades locales incursas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
REQUISITOS DE LAS ACTUACIONES
Todos los proyectos y actuaciones deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Los proyectos deberán obtener la puntuación mínima de 65 puntos sobre 100, en los criterios objetivos de valoración recogidos en la base sexta de la Orden de Bases.
b) Debe ser viable técnica y presupuestariamente. A los efectos de la presente convocatoria, no se considerará que un proyecto es viable técnica y presupuestariamente si en el informe de valoración técnica y presupuestaria se hace constar que se debe minorar la cuantía a subvencionar solicitada inicialmente en más de un 20 por 100.
c) Las actividades subvencionadas deberán identificar claramente las metas de los ODS que persigue.
d) Las actividades que se subvencionen podrán ejecutarse hasta el 30 de junio de 2024, pudiendo existir cuantías imputables a la subvención desde el 1 de enero de 2023. Las actividades subvencionadas deberán ejecutarse en el territorio de la Comunitat Valenciana.
e) Cada entidad podrá ser beneficiaria de subvención de un máximo de un proyecto.
How to process
1. La lista de las entidades solicitantes que hayan de subsanar la solicitud o adjuntar los documentos que no se presentaron con la solicitud, del resuelvo Octavo de la convocatoria, se publicará en la página web de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, en la url http://www.cooperaciovalenciana.gva.es, con indicación que, si en el plazo de 10 días no se aportasen correctamente, se considerará que desisten de su solicitud, previa resolución por la que se declarará el motivo de exclusión.
2. La propuesta de resolución será publicada en la web de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, en la url https://cooperaciovalenciana.gva.es/es/inicio, al efecto de que las entidades interesadas puedan presentar alegaciones en el plazo de 10 días hábiles desde la publicación.
3.La Resolución por la cual se concedan o denieguen las subvenciones se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en la página web de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, en la url https://cooperaciovalenciana.gva.es/es/inicio.
En la resolución constarán las entidades beneficiarias y la subvención concedida, así como, en su caso, las solicitudes excluidas y los motivos de denegación. Su publicación producirá los efectos de notificación a las personas interesadas, de acuerdo con lo que dispone la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC).
Los criterios objetivos de valoración de las solicitudes presentadas a esta convocatoria serán los recogidos en la base reguladora Sexta de la Orden de Bases, con la ponderación establecida en el Anexo I de esta resolución de convocatoria (DOGV 9604 / 26.05.2023).
Collaborating certification entities
Request
Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. El incumplimiento del mencionado plazo dará lugar a la exclusión de la convocatoria. (DOGV núm. 9604, de 26.05.2023)
FECHA INICIO PRESENTACIÓN: 29/05/2023
FECHA FIN PRESENTACIÓN: 16/06/2023
DOCUMENTACIÓN PRECEPTIVA
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación preceptiva:
1. Anexo de solicitud específica de subvenciones, en el que constará la información relativa a los datos de identificación de la entidad solicitante, los datos relativos a la actuación y la aportación documental. Además, en esta solicitud, se recogerá la formulación del proyecto, que reflejará los diferentes apartados objeto de valoración, así como las partidas presupuestarias previstas.
2. Certificado del acuerdo del órgano competente, con la conformidad para solicitar la subvención y aceptar los compromisos correspondientes.
3. En el supuesto de que en el formulario de solicitud se desautorice a la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, para que ésta obtenga de forma directa a través de certificados telemáticos, la acreditación del cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social y tributarias frente al Estado y la Generalitat, se deberán aportar los certificados acreditativos de dichas circunstancias. En el caso de los certificados acreditativos de estar al corriente de obligaciones tributarias, deben incluir la acreditación de esta circunstancia referida a efectos de la obtención de ayudas y subvenciones.
4. En el caso de nuevo perceptor o nueva cuenta bancaria, deberá acreditar la tramitación de la inscripción de la nueva cuenta que se realizará a través del Procedimiento para tramitar las altas, modificaciones y bajas de las domiciliaciones bancarias, en el trámite automatizado: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=22648&version=amp
5. La no aportación de la documentación prevista en el apartado 1 en el plazo de presentación de la solicitud inicial, determinará la exclusión de la convocatoria, sin ser posible su aportación en trámite posterior.
DOCUMENTACIÓN VALORATIVA
La entidad solicitante podrá adjuntar a la solicitud, la siguiente documentación valorativa:
1. Certificación, emitida por el órgano competente de la entidad, en la que se haga constar la antigüedad de pertenencia a la Alianza de Ciudades para el Desarrollo Sostenible de la Generalitat Valenciana, especificando la fecha de la sesión plenaria en la que se aprobó su inclusión en la misma y/o pertenencia a otras redes o estructuras de coordinación en materia de desarrollo sostenible.
2. Certificación, emitida por el órgano competente de la entidad en la que se hagan constar las Iniciativas, actuaciones y proyectos desarrollados en materia de desarrollo sostenible, referidos a los cinco años anteriores a la presente convocatoria.
3. Plan o estrategia municipal para la implementación de la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible.
4.- Certificación, emitida por el órgano competente de la entidad, en la que se haga constar si la entidad dispone de un código ético y/o de órganos específicos para velar por la adopción y la aplicación efectiva de los programas sobre los ODS de la de la Agenda 2030.
De conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la solicitud y la documentación que las acompaña se presentarán exclusivamente por vía telemática, mediante la firma electrónica de la...
- ORDEN 1/2023, de 28 de abril, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la realización de acciones de implementación y promoción de los objetivos de desarrollo...
- RESOLUCIÓN de 19 de mayo de 2023, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se convocan, para el año 2023, subvenciones para la financiación de actuaciones de implementación y promoción de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda...
Subsanation
Una vez presentada la solicitud, con la documentación anexa correspondiente, la aportación posterior de documentación, como en el trámite de subsanación, alegaciones a la propuesta de resolución o recursos contra la resolución, así como la presentación de documentación derivada de la ejecución o justificación de la subvención, se realizará de forma telemática, en el trámite específico de aportación de documentación, en la Sede Electrónica de la Generalitat Valenciana, accediendo al buscador de trámites y servicios en la URL siguiente:
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=19273&version=amp
Resolution
Mediante Resolución de 15 de noviembre de 2023, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, se amplia el plazo máximo de resolución establecido en el apartado 3 de la base décima de la Orden 1/2023, y punto 2 del resuelvo decimocuarto de la citada Resolución de 19 de mayo de 2023, hasta el día 22 de diciembre de 2023.
Transcurrido este plazo sin que se haya notificado resolución expresa, las entidades interesadas podrán considerar desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.
Contra lo dispuesto en la resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo previsto en los...
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