EAUTOP 2023 programa "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad - emprendimiento y microempresas", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. - GVA.ES
EAUTOP 2023 programa "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad - emprendimiento y microempresas", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
What is
Esta resolución tiene por objeto establecer las bases y convocar para el ejercicio 2023 el programa "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad - emprendimiento y microempresas", por el que se fomenta el emprendimiento en municipios en situación o riesgo de despoblamiento...
Para cualquier información adicional (normativa, notas aclaratorias, descarga de modelos, enlace para cumplimentar al formulario inicial de indicadores, etc.) se puede consultar la convocatoria EAUTOP 2023 en el apartado ayudas fomento de empleo de la web de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación (http://www.labora.gva.es), en el apartado "Ciudadanía", en la que tendrá acceso, además, a:
- Errores más frecuentes al solicitar la subvención y consejos para evitarlos.
- Instrucciones para el cumplimiento de las obligaciones de publicidad y transparencia.
- Instrucciones para cumplimentar al formulario inicial de indicadores.
DESTINATARIOS Y BENEFICIARIOS FINALES DE LA ACCIÓN: Personas desempleadas que se constituyan en personal trabajador autónomo o por cuenta propia, incluyendo a los miembros de sociedades civiles y de comunidades de bienes
NÚMERO DE BENEFICIARIOS PREVISTOS: 49 beneficiarios
PRESUPUESTO TOTAL DE LA ACCIÓN: 249.538 euros
- RESOLUCIÓN de 29 de diciembre de 2022, del Conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases y se convoca para el ejercicio 2023 el programa "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad - emprendimiento y...
- Extracto de la RESOLUCIÓN de 29 de diciembre de 2022, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases y se convoca para el ejercicio 2023 el programa "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad -...
- RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 2023, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se modifica la Resolución de 29 de diciembre de 2022, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases y...
- Extracto de la Resolución de 31 de marzo de 2023, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se modifica la Resolución de 29 de diciembre de 2022, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se...
- Reglamento (ue) 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
- Reglamento (ue) 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola, modificado por el Reglamento (UE) 316/2019 de la Comisión, de 21 de febrero de...
Who is it addressed to
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas desempleadas que se constituyan en personal trabajador autónomo o por cuenta propia, incluyendo a los miembros de sociedades civiles y de comunidades de bienes.
No podrán obtener la condición de beneficiarias:
a) Las personas en quienes concurra alguna de las prohibiciones previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) Las personas que hubieran resultado beneficiarias de la ayuda EAUTOE 2022 o de la ayuda EAUTOP 2022.
c) Las personas trabajadoras autónomas que mantengan ininterrumpidamente el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos desde antes de Enero de 2023, aunque inicien una nueva actividad.
Quedan excluidas las personas socias de sociedades mercantiles, cooperativas y sociedades laborales, el personal autónomo colaborador, así como quienes operen en los sectores de la pesca y la acuicultura, regulados en el Reglamento (CE) 104/2000 del Consejo.
- No estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; a tal efecto, las entidades presentarán la correspondiente declaración responsable.
- No haber resultado beneficiarias las personas trabajadoras autónomas de la ayuda EAUTOE 2022 o de la ayuda EAUTOP 2022.
- No haber mantenido las personas trabajadoras autónomas ininterrumpidamente el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos desde antes de Enero de 2023, aunque inicien una nueva actividad.
- Quedan excluidas las personas socias de sociedades mercantiles, cooperativas y sociedades laborales, el personal autónomo colaborador, así como quienes operen en los sectores de la pesca y la acuicultura, regulados en el Reglamento (CE) 104/2000 del Consejo.
La concesión de la subvención requerirá:
a) Haber iniciado la actividad autónoma en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de junio de 2023. A estos efectos se considerará como fecha de inicio la que conste en el documento de Declaración de Alta en el Censo de Obligados Tributarios (Modelos 036 o 037). En el supuesto de que la persona solicitante ya hubiera estado constituido
en personal trabajador autónomo con anterioridad y, habiendo causado baja, vuelva a constituirse en personal trabajador autónomo, se requerirá que la actividad autónoma que inicia en el periodo indicado, sea diferente a la que realizaba anteriormente, no pudiendo simultanearse ambas y debiendo aportar certificado del IAE de 2022 y de 2023 en donde
figuren las actividades desarrolladas.
b) Mantener la inscripción en LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación hasta el inicio de la actividad. No se entenderá cumplido este requisito si la inscripción se produce el mismo día en que se inicia la actividad autónoma.
c) Figurar de alta en el Censo de Obligados Tributarios y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o equivalente con carácter previo a la presentación de la solicitud.
d) El proyecto debe reunir condiciones de viabilidad técnica, económica y financiera, lo que precisará el informe de cualquiera de las entidades, públicas o privadas, incluidas en el Mapa de Entidades del Ecosistema Emprendedor de la Comunitat Valenciana.
e) Cumplir al menos una de las siguientes condiciones:
1) desarrollar la actividad en alguno de los municipios destinatarios en 2022 del Fondo de Cooperación Municipal para la lucha contra el despoblamiento de los municipios de la Comunitat Valenciana, relacionados en el Anexo;
2) desarrollar una actividad que contribuya a la transición ecológica o a la transición digital, lo que requerirá informe de cualquiera de las entidades, públicas o privadas, incluidas en el Mapa de Entidades del Ecosistema Emprendedor de la Comunitat Valenciana.
f) Garantizar el pleno cumplimiento del principio de «no causar perjuicio significativo» (principio «do no significant harm–DNSH»), de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (Council Implementing Decision–CID) y en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021 y su normativa de desarrollo.
Estas ayudas están sujetas a "minimis", por lo que:
- para las actividades que se enmarquen en la producción primaria de productos agrícolas, resultará de aplicación el Reglamento (UE) 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola (DOUE L352 de 24 de diciembre de 2013), por lo que el importe total de las ayudas de minimis concedidas a una única empresa dedicada a la producción primaria de productos agrícolas no excederá de 20.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales. El importe acumulado de las ayudas de minimis concedidas por España a empresas activas en la producción
primaria de productos agrícolas durante un período cualquiera de tres ejercicios fiscales no excederá del tope nacional de 592.962.542 euros indicado en el anexo del Reglamento (UE) 1408/2013 de la Comisión
- para el resto de actividades, resultará de aplicación el Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L352 de 24 de diciembre de 2013), por lo que el importe total de las ayudas de minimis
concedidas a una única empresa no excederá de 200.000 euros; no obstante, si la actividad consiste en operaciones de transporte de mercancías por carretera dicho límite se sitúa en 100.000 euros.
How to process
Pasos:
1. Presentación de las solicitudes y la documentación requerida.
2. La concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, para lo que se tendrá en cuenta como único criterio el momento en que se haya completado la presentación de la solicitud (comprensiva del impreso de solicitud y de la restante documentación exigida por la convocatoria) en cualquier de los registros previstos en la normativa de procedimiento administrativo común.
3. La instrucción corresponderá a los servicios territoriales competentes en materia de Empleo de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación.
4. El órgano instructor podrá recabar de los interesados la aportación adicional de cuantos documentos y datos aclaratorios estime necesarios para resolver sobre la solicitud presentada.
5. Examinadas las solicitudes, el órgano instructor remitirá informe donde hará constar que las personas beneficiarias cumplen todos los requisitos necesarios para la concesión de las ayudas.
6. En cada Dirección Territorial de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación se constituirá un órgano colegiado integrado por la persona titular del Servicio Territorial competente en materia de Empleo o persona que designe para su sustitución, que lo presidirá; dos vocales; y una persona que ostentará la secretaría, con voz pero sin voto. Las personas que ocupen las vocalías y la secretaría serán designadas por la persona titular de la Dirección Territorial de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación entre personal funcionario adscrito al Servicio Territorial competente en materia de Empleo. Se procurará que la composición del órgano colegiado se ajuste al principio de equilibrio por razón de sexo.
7. El órgano colegiado emitirá periódicamente informes donde se concrete el resultado de las evaluaciones efectuadas en relación con los periodos de tiempo que considere.
8. A la vista del informe del órgano colegiado, el órgano instructor formulará las propuestas de concesión al órgano concedente.
9. La competencia para resolver sobre las solicitudes presentadas corresponde por delegación a la persona titular de la Dirección Territorial de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación correspondiente.
La concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, para lo que se tendrá en cuenta como único criterio el momento en que se haya presentado en cualquiera de los registros previstos en la normativa de procedimiento administrativo común la solicitud y la totalidad de la documentación exigida por la convocatoria.
En caso de que distintos expedientes tuvieran la misma fecha de criterio y no resultara posible priorizarlos por hora de presentación, se priorizarán las solicitudes presentadas por personas con diversidad funcional (priorizadas según mayor grado de discapacidad), en su defecto, por mujeres (priorizando, por este orden, a las mujeres víctimas de violencia de género, de violencia sexual y de trata). Si tras aplicar tales criterios el empate persistiera, se priorizará en función de la fecha de solicitud más antigua y, si de esta forma tampoco se resolviera el empate, en función del número de expediente más bajo.
46004 - València/Valencia
Forms
- (HOR0080E) DECLARACIÓN DE CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)
- (HOR0079E) MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE EL CUMPLIMIENTO DEL PRINCIPIO DE NO PERJUICIO SIGNIFICATIVO A LOS SEIS OBJETIVOS MEDIAOAMBIENTALES (DNSH) EN EL SENTIDO DEL ARTÍCULO 17 DEL REGLAMENTO (UE) 2020/852
- DECLARACIÓN ARTÍCULO 34.5 LEY 38/2003 GENERAL DE SUBVENCIONES
- (HOR0081E) DECLARACIÓN DE COMPROMISO EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)
- ANEXO EAUTOP
- ANEXO AL INFORME DE VIABILIDAD Y CONTRIBUCIÓN A LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y DIGITAL
- MODELO DE DOMICILIACIÓN BANCARIA
Request
Se iniciará el día 25 de enero de 2023 y finalizará el 30 de junio de 2023. (DOGV núm. 9569, de 05/04/2023).
Forms
- (HOR0080E) DECLARACIÓN DE CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)
- (HOR0079E) MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE EL CUMPLIMIENTO DEL PRINCIPIO DE NO PERJUICIO SIGNIFICATIVO A LOS SEIS OBJETIVOS MEDIAOAMBIENTALES (DNSH) EN EL SENTIDO DEL ARTÍCULO 17 DEL REGLAMENTO (UE) 2020/852
- DECLARACIÓN ARTÍCULO 34.5 LEY 38/2003 GENERAL DE SUBVENCIONES
- (HOR0081E) DECLARACIÓN DE COMPROMISO EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)
- ANEXO EAUTOP
- ANEXO AL INFORME DE VIABILIDAD Y CONTRIBUCIÓN A LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y DIGITAL
- MODELO DE DOMICILIACIÓN BANCARIA
La solicitud (comprensiva asimismo de la documentación exigida en el resuelvo séptimo) se presentará preferentemente de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat Valenciana, a través del procedimiento habilitado al efecto y denominado "EAUTOP 2023 subvenciones destinadas a fomentar nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad - emprendimiento y microempresas".
En la página web de LABORA (http://www.labora.gva.es), en el apartado "Ciudadania" estará disponible la información sobre la convocatoria y se habilitará el acceso a la sede electrónica para formular la solicitud (para ello deberá disponer del certificado reconocido para los ciudadanos), sin perjuicio de poder presentarla ante la correspondiente Dirección Territorial de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación y restantes lugares previstos en la normativa de procedimiento administrativo común, utilizando los impresos normalizados localizados en la citata dirección de internet (http://www.labora.gva.es/ciutadania/busque-ajudes-subvencions/ajudes-foment-de-l-ocupacio).
Cualquier solicitud presentada siguiendo un procedimiento distinto a los aquí descritos será inadmitida.
Ello, sin perjuicio de poder presentarla en el resto de lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para la tramitación telemática se deberá disponer de firma electrónica avanzada, con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física) admitido por la sede electrónica de la Generalitat (https://sede.gva.es). Si la solicitud se presenta telemáticamente por representante, este deberá estar previamente autorizado a través del registro de representantes: https://www.accv.es/ciudadanos/registro-de-representantes/.
Where to go
46004 - València/Valencia
03003 - Alacant/Alicante
12002 - Castelló/Castellón
46001 - València/Valencia
- Instrucciones tramitación telemática
- Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la UE.
- Comunicación 1/2017, de 6 de abril, del citado Servicio
- Registro representantes
- RESOLUCIÓN de 29 de diciembre de 2022, del Conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases y se convoca para el ejercicio 2023 el programa "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad - emprendimiento y...
- RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 2023, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se modifica la Resolución de 29 de diciembre de 2022, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases y...
- Extracto de la Resolución de 31 de marzo de 2023, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se modifica la Resolución de 29 de diciembre de 2022, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se...
- RESOLUCIÓN de 10 de agosto de 2023, del conseller de Educación, Universidades y Empleo, por la que se incrementa por segunda vez y se distribuye el importe global máximo establecido en la Resolución de 29 de diciembre de 2022, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y...
- Extracto de la Resolución de 10 de agosto de 2023, del conseller de Educación, Universidades y Empleo, por la que se incrementa por segunda vez y se distribuye el importe global máximo establecido en la Resolución de 29 de diciembre de 2022, del conseller de Economía Sostenible, Sectores...
Resolution
La resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación en un plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo...
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