Matriculación del alumnado libre para la realización de la prueba unificada de certificación del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat Valenciana de los idiomas: alemán (C2), árabe (B2), chino (B2), euskera (B1), finés (B1,B2), griego (B1), japonés (B2), neerlandés (B1, B2), polaco (B1, B2), rumano (B1, B2) y ruso (B2), correspondiente a la convocatoria 2024 - GVA.ES
Matriculación del alumnado libre para la realización de la prueba unificada de certificación del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat Valenciana de los idiomas: alemán (C2), árabe (B2), chino (B2), euskera (B1), finés (B1,B2), griego (B1), japonés (B2), neerlandés (B1, B2), polaco (B1, B2), rumano (B1, B2) y ruso (B2), correspondiente a la convocatoria 2024
What is
El objeto de este trámite es la matrícula para la prueba unificada de certificación que, en caso de superación, dará lugar a la obtención del correspondiente certificado, dentro de los distintos niveles B1, B2, C1 y C2 que recoge el Marco Común Europeo de Referencia.
Concretamente para este trámite se convocan las siguientes pruebas:
1. Pruebas unificadas de certificación del nivel B1 para las siguientes lenguas: euskera, finés, griego, neerlandés, polaco y rumano.
2. Pruebas unificadas de certificación del nivel B2 para las siguientes lenguas: árabe, chino, finés, japonés, neerlandés, polaco, rumano y ruso.
3. Pruebas unificadas de certificación del nivel C2 para las siguientes lenguas: alemán.
La Dirección General de Centros Docentes se reserva el derecho de suspender cualquiera de las convocatorias de la prueba en caso de surgir circunstancias sobrevenidas.
Los certificados de las escuelas oficiales de idiomas son únicos en todo el estado español con validez oficial de carácter no universitario en lo que respecta a idiomas modernos.
La matrícula a la prueba de certificación estará limitada por la capacidad de espacios y recursos humanos de las sedes de realización.
Para cualquier consulta sobre la matricula realizada deberán dirigirse a la página web o a la secretaría de la escuela oficial de idiomas donde vaya a realizar la prueba.
El listado de estas escuelas está disponible en el enlace que se indica a continuación: https://eoi.gva.es/es/centres
En caso de problemas con la tramitación telemática contacten con la secretaría de la escuela oficial de idiomas en que se están matriculando.
- DECRETO 242/2019, de 25 de octubre, de establecimiento de las enseñanzas y del currículum de idiomas de régimen especial en la Comunitat Valenciana
- ORDEN 34/2022, de 14 de junio, de la consellera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan la evaluación de las enseñanzas de idiomas de régimen especial y las pruebas de certificación de los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas en la Comunitat Valenciana.
- RESOLUCIÓN de 8 de febrero de 2024, del director general de Centros Docentes, por la cual se establecen el calendario y el proceso de inscripción y matriculación para la realización de la prueba unificada de certificación (PUC) en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat Valenciana,...
- RESOLUCIÓN de 4 de marzo de 2024, del director general de Centros Docentes, por la cual se modifica la Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Dirección General de Centros, por la cual se establecen el calendario y el proceso de inscripción y matriculación para la realización de la prueba...
Who is it addressed to
Personas interesadas en matricularse en la prueba unificada de certificación de un idioma y nivel del Marco Común Europeo de Referencia (MCER) impartido en la Comunitat Valenciana.
1. Para matricularse en la prueba unificada de certificación de los distintos niveles B1, B2, C1 y C2 del Marco Común Europeo de Referencia (MCER), será requisito tener 16 años cumplidos en el año natural en que se celebre la prueba.
2. La matrícula en la prueba unificada de certificación no exigirá haber cursado enseñanzas previas en las escuelas oficiales de idiomas.
3. La matrícula será exclusivamente telemática y se realizará desde las 09:00 horas del 13 de marzo hasta las 23:59 horas del 15 de marzo de 2024.
4. La matrícula a la prueba unificada de certificación estará limitada por la capacidad de espacios y recursos humanos de las sedes de realización.
5. En la página web de cada escuela oficial de idiomas se podrá consultar la lista provisional y definitiva de los alumnos inscritos y matriculados en la PUC.
6. Alumnado extranjero: Los ciudadanos y las ciudadanas de cualquier nacionalidad podrán matricularse en un idioma extranjero diferente del oficial del país donde realizaron la escolarización obligatoria.
How to process
Para poder matricularse telemáticamente en la prueba unificada de certificación, el alumnado libre deberá formalizar la matrícula a través del asistente de tramitación de la Generalitat Valenciana desde el día 13 de marzo de 2024 hasta el 15 de marzo de 2024.
Las personas interesadas podrán tramitar la solicitud sin certificado digital (denominado "SOLICITUD Presentación no autenticada") o con certificado digital (denominado "SOLICITUD Presentación autenticada.
En caso de matricularse en más de un idioma tendrá que hacer un trámite diferente para cada idioma.
46015 - València/Valencia
Request
MATRÍCULA TELEMÀTICA:
El periodo de matriculación de este alumnado comprenderá desde las 09:00 horas del día 13 de marzo hasta las 23:59 horas del 15 de marzo de 2024.
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=2540&version=amp.
Tasas de matrícula para la prueba de certificación para los niveles:
- para los niveles intermedio B1 y B2 y nivel avanzado C1 - 68,56 euros (Tasa con reducción provisional (10%) - 61,70 euros)
- para el nivel avanzado C2 - 95,97 euros (Tasa con reducción provisional (10%) para nivel C2 - 86,37 euros)
4. Reducción del 50% del pago de las tasas:
a) Personas con una discapacidad igual o superior al 33 %.
b) Miembros de familias monoparentales de categoría general.
c) Beneficiarios de familia numerosa de categoría general.
5. Exención total del pago de tasas:
a) Beneficiarios de familia numerosa de categoría especial.
b) Las personas que hayan sido víctimas de violencia de género (al amparo de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre) y víctimas de actos contra la mujer (Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat).
c) Las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de actos terroristas (de acuerdo con el artículo 38 de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre).
* En cualquier caso de reducción o de exención se deberá adjuntar telemáticamente la documentación justificativa.
* La falta de pago, total o parcial, dentro del plazo de la tasa correspondiente comportará la anulación de la correspondiente matrícula, sin derecho al reintegro de las cantidades que se hayan abonado.
- Ver listado de Escuelas Oficiales de Idiomas
- Ver información sobre las pruebas unificadas de certificación de las escuelas oficiales de idiomas
- Ver preguntas frecuentes para incidencias técnicas
- Ver requisitos técnicos informáticos
- Resolución de 8 de febrero de 2024, del director general de Centros Docentes, por la cual se establecen el calendario y el proceso de inscripción y matriculación para la realización de la prueba unificada de certificación (PUC) en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat Valenciana,...
- Resolución de 4 de marzo de 2024, del director general de Centros Docentes, por la cual se modifica la Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Dirección General de Centros, por la cual se establecen el calendario y el proceso de inscripción y matriculación para la realización de la prueba...
- Ver ORDEN 34/2022, de 14 de junio, de la consellera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan la evaluación de las enseñanzas de idiomas de régimen especial y las pruebas de certificación de los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas en la Comunitat Valenciana.
- Ver DECRETO 242/2019, de 25 de octubre, de establecimiento de las enseñanzas y del currículum de idiomas de régimen especial en la Comunitat Valenciana
Resolution
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