Details of Procedure

Solicitud de ayudas al fomento del uso del valenciano en las emisoras locales de radio, en las revistas de investigación y en las revistas de temática especializada o de carácter local o comarcal (AVL).

Code SIA : 211140
Code GUC : 2733
Department: ACADÈMIA VALENCIANA DE LA LLENGUA AVL
Deadline for application: CLOSE
(25-04-2023
15-05-2023)
  • Basic information

  • Request

  • Processing

  • Resolution

  • Justification

  • Replenishment Resource

Show all

Hide all

Basic information

What is it and what is it for?

What is it and what is it for?

Convocar un concurso público para la concesión de ayudas destinadas a facilitar la impresión y distribución de revistas de investigación, y revistas de temática especializada o de carácter local o comarcal, en papel, escritas en valenciano; y a sufragar los gastos de personal correspondientes a periodistas, locutores y colaboradores por parte de emisoras locales de radio que emitan en valenciano. No son objeto de esta convocatoria las publicaciones digitales.

Observations

Observations

El importe máximo de la ayuda económica no podrá ser superior a 2.500,00 € por beneficiario en cada una de las modalidades

Requirements

Requirements

Para las revistas de investigación: 1. Respetar la normativa lingüística oficial. 2. Tener la residencia fiscal en el territorio de la Comunitat Valenciana. 3. Estar inscritas en el depósito legal. 4. Tener una extensión mínima de 60 páginas. 5. Editar en papel un mínimo de 100 ejemplares y haber declarado en la solicitud inequívocamente el número de ejemplares de cada número de la publicación. La falta de precisión en el número de los ejemplares que se prevé publicar en cada número supone la exclusión del procedimiento. 6. Estar redactada en valenciano en el porcentaje establecido en el artículo 2, excluidas las inserciones publicitarias. No se subvencionarán las publicaciones con doble versión en valenciano y otro idioma, aunque serán admitidos los extractos del contenido. 7. Publicar como mínimo un número dentro del ejercicio 2023. 8. Ser una revista de investigación. 9. No tener naturaleza privada mercantil. Para las revistas escritas de temática especializada o de carácter local o comarcal: 1. Respetar la normativa lingüística oficial. 2. Tener la residencia fiscal en el territorio de la Comunitat Valenciana. 3. Estar inscritas en el depósito legal. 4. Tener una extensión mínima de 12 páginas. 5. Editar en papel un mínimo de 100 ejemplares y haber declarado en la solicitud inequívocamente el número de ejemplares de cada número de la publicación. La falta de precisión en el número de los ejemplares que se prevé publicar en cada número supone la exclusión del procedimiento. 6. Estar redactada en valenciano en el porcentaje establecido en el artículo 2, excluidas las inserciones publicitarias. No se subvencionarán las publicaciones con doble versión en valenciano y otro idioma, aunque serán admitidos los extractos del contenido. 7. Publicar como mínimo dos números en el ejercicio 2023. A estos efectos, será necesario que cada número esté singularizado y se publique independientemente. Se considerará que la fecha que aparece en la portada de cada número es la fecha real de su publicación. En la solicitud deberán declararse inequívocamente los números de la publicación que se prevé realizar durante el 2023. La falta de declaración o la imprecisión sobre los números que se prevén publicar supone la exclusión del procedimiento. 8. Ser publicaciones periódicas de temática especializada o de carácter local o comarcal. 9. No tener naturaleza privada mercantil. Para las emisoras de radio: 1. Respetar la normativa lingüística oficial. 2. Estar en posesión de la adjudicación de frecuencia por parte de la Generalitat. 3. Ser una emisora local de cualquier municipio de la Comunitat Valenciana. 4. Emitir en valenciano por lo menos un 75 % de la programación, excluidas las cuñas publicitarias. 5. No tener naturaleza privada mercantil.

Who can apply?

Who can apply?

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas que no tengan naturaleza privada mercantil, que editen en papel revistas de investigación escritas en valenciano, revistas de temática especializada o de carácter local o comarcal, o que emitan en valenciano por radio, de acuerdo con las características que se especifican en la convocatoria. No se podrá solicitar ayuda para una misma publicación simultáneamente por los apartados de revistas de investigación y de publicaciones escritas de temática especializada o de carácter local o comarcal.

Doubts about telematic processing

Doubts about telematic processing

Doubts about the procedure

Computer problems

Term

Term

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 15 de mayo de 2023 (incluido).(DOGV nº 9581, de 24/04/2023).

Documentation and forms

Las solicitudes deberán ir acompañadas de los documentos que se indican a continuación. Los documentos se adjuntarán digitalizados a la solicitud presentada en la sede electrónica de la AVL. Los documentos que precisen la firma de la persona representante de la entidad (declaraciones responsables, memorias, certificados) tendrán que ir firmados con certificado digital. 2.1. Revistas de investigación: a) Un número de la publicación editado en el año 2022 (salvo que sea una publicación de nueva creación o que haya sido subvencionada por la AVL en el 2022). b) Las facturas acreditativas de los gastos de impresión o distribución de las publicaciones del año 2022, donde conste el número de ejemplares (salvo que sea una publicación de nueva creación o que haya sido subvencionada por la AVL en el 2022). c) La memoria económica donde figuren los gastos de la publicación y los ingresos que se prevén. Deberán especificarse, si las hubiere, las ayudas de otras instituciones públicas o privadas. El importe de la subvención no podrá ser, en ningún caso, una cantidad que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada (art. 19.3 de la Ley General de Subvenciones). d) Una copia del CIF. e) Una declaración responsable del solicitante de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y en las cotizaciones a la Seguridad Social. 2.2. Revistas escritas de temática especializada o de carácter local o comarcal: a) Un número de la publicación editado en el año 2022 (salvo que sea una publicación de nueva creación o que haya sido subvencionada por la AVL en 2022). b) Las facturas acreditativas de los gastos de impresión o distribución de las publicaciones del año 2022, donde conste el número de ejemplares (salvo que sea una publicación de nueva creación o que haya sido subvencionada por la AVL en 2022). c) La memoria económica donde figuren los gastos de la publicación y los ingresos que se prevén. Deberán especificarse, si las hubiere, las ayudas de otras instituciones públicas o privadas. El importe de la subvención no puede ser, en ningún caso, una cantidad que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada (art. 19.3 de la Ley General de Subvenciones). d) Una copia del CIF. e) Una declaración responsable del solicitante de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y en las cotizaciones a la Seguridad Social. 2. 3. Para las emisoras de radio: a) Una declaración responsable de la dirección de la emisora donde conste que el 75 % de la programación tiene el valenciano como lengua vehicular. b) Un certificado de la dirección de la emisora con la parrilla de programación semanal donde se especifiquen las horas totales de emisión semanal y las horas de emisión en valenciano, y de estas últimas, las que correspondan a radiofórmula. c) La memoria económica donde figuren los gastos de emisión y los ingresos que se prevén. Deberán especificarse, si las hubiere, las ayudas de otras instituciones públicas o privadas. El importe de la subvención no podrá ser, en ningún caso, una cantidad que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada (art. 19.3 de la Ley General de Subvenciones). d) Una copia del CIF. e) Una declaración responsable del solicitante de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y en las cotizaciones a la Seguridad Social.

Presentation

Presentation

Telematics
Las solicitudes para la obtención de las ayudas que regula la presente convocatoria deberán presentarse necesariamente a través de medios electrónicos, accediendo a la sede de la Acadèmia Valenciana de la Llengua : a https://www.avl.gva.es/seuelectronica, trámite «Solicitud de subvención convocada en el DOGV».

Observations

Observations

La AVL podrá comprobar en cualquier momento los datos que declaren los solicitantes. En caso de que se compruebe la falsedad de estos datos, el solicitante perderá el derecho a la subvención, sin perjuicio de otras responsabilidades en las que pueda incurrir.

Processing bodies

Processing bodies

Observations

Observations

1. La AVL podrá pedir al solicitante la aportación adicional de otros documentos o datos complementarios que considere necesarios para resolver sobre la solicitud presentada. 2. Las ayudas se concederán por acuerdo de la Junta de Gobierno, a propuesta del Comité Evaluador formado por las siguientes personas: Presidente: Presidenta de la Sección de Fomento del Uso del Valenciano Secretario: Jefe de Gestión Administrativa Vocales: Presidenta de la Sección de Documentación y Literatura Presidenta de la Sección de Terminología y Asesoramiento Lingüístico Jefe de Prensa Jefe de Gestión Económica

Amount and charge

Amount and charge

El importe máximo de la ayuda económica no podrá ser superior a 2.500,00 € por beneficiario en cada una de las modalidades.

Deadline

Deadline

El acuerdo de concesión de las ayudas se dictará y notificará en el plazo de seis meses a contar a partir del día siguiente de la publicación, en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de la resolución de la Presidencia de la AVL, por la que se convocan estas ayudas. Vencido este plazo sin que se haya dictado y notificado una resolución expresa, los interesados podrán considerar desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo. El acuerdo de adjudicación será notificado sin perjuicio, en su caso, de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Resolution bodies

Resolution bodies

Se delega en la Junta de Gobierno la facultad de conceder las ayudas, y se autoriza a la Presidencia para que dicte las resoluciones necesarias para el desarrollo y ejecución de este acuerdo.

Exhausts administrative life

Exhausts administrative life

Yes
Justification period: OPEN

Term

Term

Los beneficiarios de las ayudas tendrán que presentar los escritos y la documentación para su justificación a través de la sede electrónica de la AVL antes del 20 de enero del 2024, trámite «Solicitud de asuntos diversos». Las publicaciones originales de las revistas y los CD o USB (mp3) de los programas de radio se harán llegar al registro de entrada presencial de la AVL (avenida de la Constitución, 284, CP 46019, de Valencia), personalmente, por mensajero o correo postal certificado. Si antes del 20 de enero de 2024 no ha sido aportada la documentación señalada en el punto anterior, se entenderá que el beneficiario renuncia a la subvención concedida.

Documentation

Documentation

Para poder efectuar los pagos a los que tengan derecho, los beneficiarios tendrán que aportar la ficha de mantenimiento de terceros, salvo que la hayan aportado a la Acadèmia Valenciana de la Llengua anteriormente. Si no la han aportado, tendrán que solicitarla al Departamento de Gestión Económica de la institución.

Term

Term

De conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 23/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente un recurso de reposición, o bien podrá plantearse directamente un recurso contencioso-administrativo en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación: a) El recurso de reposición deberá interponerse ante el Pleno de la AVL en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de este acuerdo. b) El recurso contencioso-administrativo deberá plantearse ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de este acuerdo.