MIN - Solicitud de tarjeta de tacógrafo digital de CONDUCTOR: Primera emisión. - GVA.ES
MIN - Solicitud de tarjeta de tacógrafo digital de CONDUCTOR: Primera emisión.
Department: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio
Deadline for application:
OPEN
Basic information
Request
Processing
Resolution
Show all
Hide all
Basic information
What is it and what is it for?
What is it and what is it for?
Para la conducción de vehículos dotados de tacógrafo digital instalado en vehículos dedicados al transporte por carretera, será preciso contar con la correspondiente tarjeta de conductor.
La tarjeta de conductor es una tarjeta de tacógrafo asignada a conductores individuales, que identifica a éstos y permite almacenar datos sobre su actividad.
Observations
Observations
* TACÓGRAFO DIGITAL
El tacógrafo digital o aparato de control es un aparato destinado a ser instalado en vehículos dedicados al transporte por carretera, con la finalidad de indicar, registrar y almacenar, automática o semiautomáticamente, datos referentes a la marcha de dichos vehículos y de determinados tiempos de trabajo de sus conductores. Sus características, funciones, condiciones de fabricación, funcionamiento, homologación, instalación, verificaciones, controles y reparaciones se encuentran recogidos en el anexo I B del Reglamento (CEE) número 3821/85 del Consejo, de 20 de diciembre de 1985, relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera.
* TARJETA DE TACÓGRAFO
La tarjeta de tacógrafo es una tarjeta inteligente que se utiliza con el aparato de control. Las tarjetas de tacógrafo comunican al aparato de control la identidad (o el grupo de identidad) del titular y permiten la transferencia y el almacenamiento de datos. Sus condiciones de fabricación, funcionamiento, homologación y expedición se encuentran recogidas en el anexo I B del Reglamento (CEE) número 3821/85 citado en el párrafo precedente.
* TARJETA DE CONDUCTOR
La tarjeta de conductor es una tarjeta de tacógrafo asignada por la autoridad competente a conductores individuales, que identifica a éstos y permite almacenar datos sobre su actividad.
* CONTENIDO, CARACTERÍSTICAS Y PLAZO DE VALIDEZ DE LAS TARJETAS DE CONDUCTOR
El contenido y características de las tarjetas de conductor, cuya validez será de cinco años, es el que al efecto se encuentra establecido en el apartado IV del anexo I B del Reglamento (CEE) número 3821/85, de 20 de diciembre de 1985.
La tarjeta de conductor tendrá carácter personal y no podrá ser objeto, durante su plazo de validez, de retirada o suspensión bajo ningún concepto, a menos que se compruebe que ha sido falsificada, que el conductor utiliza una tarjeta de la que no es titular o que se ha obtenido con declaraciones falsas o documentos falsificados.
El conductor sólo podrá ser titular de una tarjeta de conductor. Sólo podrá utilizar su propia tarjeta de conductor personalizada. No utilizará una tarjeta de conductor defectuosa o cuyo plazo de validez haya caducado o que haya sido declarada su pérdida o robo.
Who can apply?
Who can apply?
El conductor del vehículo.
NOTA: Los empleados por cuenta propia (autónomos) deberán solicitar tanto una tarjeta de conductor como una de empresa.
Regulations of the procedure
Regulations of the procedure
- Reglamento (CEE) nº 3821/85 del Consejo, de 20 de diciembre de 1985, relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera (DOUE nº 370, de 31/12/85).
- Reglamento (CE) nº 2135/98 del Consejo, de 24 de septiembre de 1998, por el que se modifican el Reglamento (CEE) nº 3821/85, relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera, y la Directiva 88/599/CEE, relativa a la aplicación de los reglamentos (CEE) nums. 3820/85 y 3821/85 (DOUE nº 274, de 09/10/98).
- Orden FOM/1190/2005, de 25 de abril, por la que se regula la implantación del tacógrafo digital (BOE nº 105, de 03/05/05).
- Orden FOM/2861/2012, de 13 de diciembre, por la que se regula el documento de control administrativo exigible para la realización de transporte público de mercancías por carretera. Disposición final primera (BOE nº 5, de 05/01/13).
Links
Links
Doubts about telematic processing
Doubts about telematic processing
Documentation and forms
Term
Term
Durante todo el año.
Documentation and forms
ADVERTENCIAS DE CARÁCTER GENERAL
Junto con la cumplimentación electrónica del formulario de solicitud se deberán anexar copias digitalizadas de los documentos requeridos. Conforme a lo dispuesto en el artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
Conforme al artículo 51.3 de la LOTT, el Servicio Territorial de Transporte consultará, a través de la aplicación que permite la tramitación y el mantenimiento de las autorizaciones de transporte por carretera, la información de Registros de otros organismos (Dirección General de Tráfico, Tesorería General de la Seguridad Social, Registro Mercantil y demás registros públicos), que resulte estrictamente necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el otorgamiento, visado o modificación de los títulos que habilitan para el ejercicio de las actividades y profesiones reguladas en la citada ley o en las normas dictadas para su ejecución y desarrollo.
a) Permiso de conducción en vigor de las clases B+E, C, C1, D ó D1, salvo cuando figure inscrito en el Registro de la Dirección General de Tráfico.
b) Acreditación de la residencia en la provincia en la que se presenta la solicitud. A estos efectos, para los ciudadanos de países pertenecientes a la Unión Europea, será suficiente cualquier documento con valor probatorio, y, para los ciudadanos de terceros países, se acreditará la residencia mediante la tarjeta de identidad de extranjero (TIE) o el visado de trabajo y residencia, o bien mediante autorización administrativa para trabajar u otra documentación equivalente expedida conforme a la legislación de derechos y libertades de los extranjeros en España.
c) Fotografía actual del solicitante, de tipo carné y con las siguientes características:
. No deberá aparecer el solicitante con gafas oscuras, sombrero o cualquier otro elemento que oculte total o parcialmente el rostro.
La fotografía deberá tener una resolución mínima de 600 puntos por pulgada, recortada a un tamaño de 25 x 32 milímetros, y el fichero estará en formato JPEG, con una compresión que no comprometa su calidad (esta fotografía es la que aparecerá en la tarjeta).
d) Firma del titular de la tarjeta. la firma deberá tener una resolución mínima de 600 puntos por pulgada, recortada a un tamaño de 50 x 11 milímetros, con fondo blanco; el fichero será en formato TIF o JPEG, con la máxima compresión que no comprometa su calidad (esta firma es la que aparecerá en la tarjeta).
e) justificante del pago de la tasa
f) Mandato de representación acreditado, si se hace mediante representante o gestoría la presentación o recogida de la tarjeta(1).
(1): MANDATO DE REPRESENTACION : Documento firmado por el titular que faculta a la gestoría o representante a actuar en su nombre.
Fee or payment
Fee or payment
El importe actual de la tasa es:
A 09: Expedición de las tarjetas de tacógrafo digital: 32,47 euros.
FORMAS DE PAGO, IMPORTES Y MODELOS:
Tanto las formas de pago como los importes y los modelos de tasa se pueden descargar desde la dirección de Internet que se indica a continuación:
Presentation
Presentation
Telematics
Este trámite se realiza de forma EXCLUSIVAMENTE telemática.
Para incidencias en las solicitudes de tacógrafo en la página web del Ministerio de Fomento, pueden enviar un correo, junto con un pantallazo del error o problema, a:
taco_stvalencia@gva.es
taco_stalicante@gva.es
taco_stcastellon@gva.es
En el apartado "enlaces" puede acceder a una guía para solicitar telemáticamente la tarjeta de tacógrafo digital, en formato pdf.
Normative
Normative
Processing process
Processing process
- Presentación de la solicitud y documentación requerida junto al pago de la tasa correspondiente.
- Una vez comprobada la adecuación de la documentación presentada por el solicitante a los requisitos mencionados, el órgano competente expedirá la correspondiente tarjeta de conductor, la cual se entregará al solicitante en la oficina emisora o en el domicilio que se hubiera determinado al efecto.
Processing bodies
Processing bodies
- Servicio Territorial de Transporte - Alicante
- Servicio Territorial de Transporte - Valencia
- Servicio Territorial de Transporte - Castellón
Av. AGUILERA, 1
03007 - Alacant/Alicante
C/ GREGORIO GEA, 27
46009 - València/Valencia
Av. DEL MAR, 16
12003 - Castelló/Castellón
Observations
Observations
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el órgano competente en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 02/10/2015).
Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.
Resolution bodies
Resolution bodies
- Servicio Territorial de Transporte - Alicante
- Servicio Territorial de Transporte - Valencia
- Servicio Territorial de Transporte - Castellón
Av. AGUILERA, 1
03007 - Alacant/Alicante
C/ GREGORIO GEA, 27
46009 - València/Valencia
Av. DEL MAR, 16
12003 - Castelló/Castellón
Exhausts administrative life
Exhausts administrative life
Yes
Sanctions
Sanctions
Las establecidas en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de la Jefatura del Estado, sobre ordenación del transporte terrestre (BOE nº 182, de 31/07/1987).