Subvenciones para la dinamización de museos y colecciones museográficas permanentes reconocidas de la Comunitat Valenciana. - GVA.ES
Subvenciones para la dinamización de museos y colecciones museográficas permanentes reconocidas de la Comunitat Valenciana.
What is
El objeto es convocar subvenciones destinadas a financiar las actividades de dinamización de museos y colecciones museográficas permanentes reconocidas de la Comunitat Valenciana.
SERÁN SUBVENCIONABLES:
Aquellas actividades que contribuyan a la dinamización de los museos y colecciones museográficas incluidos en
el Sistema Valenciano de Museos y que hayan sido desarrolladas entre el día 1 de enero y el 10 de noviembre de 2019, ambos inclusive.
Estarán excluidas:
a) Las cofinanciadas por la Generalitat o alguno de sus entes públicos.
b) Las promovidas u organizadas por beneficiarios de subvenciones por concesión directa de la Generalitat Valenciana.
c) Aquellas cuyo contenido esté claramente contemplado en otras convocatorias de la Generalitat Valenciana.
Tendrán la consideración de gastos subvencionables, aquellos gastos generados directamente por la realización de las actividades para las que se concede la subvención, que correspondan a los conceptos citados en el artículo 2 de la Orden 29/2017, 11 de julio por la que se establecen las bases reguladoras de esta convocatoria, y que se hayan relacionado y cuantificado en la memoria descriptiva del proyecto a que se refiere el resuelvo quinto, apartado 3.d, de esta convocatoria.
- Orden de 6 de febrero de 1991, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se regula el reconocimiento de museos y colecciones museográficas permanentes de la Comunidad Valenciana (DOGV núm. 1494 de 28.02.1991).
- Orden 29/2017, de 6 de julio, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura i Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la dinamización de museos y colecciones museográficas permanentes reconocidas de la Comunitat Valenciana (DOGV nº...
- RESOLUCIÓN de 1 de agosto de 2019, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan subvenciones para el ejercicio 2019 para la dinamización de museos y colecciones museográficas permanentes reconocidas de la Comunitat Valenciana
Who is it addressed to
Los titulares de los museos y colecciones museográficas permanentes reconocidas de conformidad con lo establecido en la Ley 4/1998 de 11 de junio de la Generalitat Valenciana, del Patrimonio Cultural Valenciano y en la Orden de 6 de febrero de 1991 de la Conselleria de Cultura, Educación y...
a) Estar legalmente constituidos, gozar de capacidad jurídica y de obrar y sede en la Comunitat Valenciana y tener como
finalidad la realización de actuaciones destinadas a la promoción y fomento de actividades culturales y científicas en el
ámbito de los museos y colecciones museográficas permanentes.
b) No estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13,
apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
c) No figurar como beneficiarios de una subvención nominativa para la misma finalidad, según la Ley de presupuestos
de la Generalitat vigente en cada ejercicio.
d) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Los beneficiarios han de desarrollar sus actividades en el ámbito competencial de la Generalitat y no incurrir en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
How to process
- Si la solicitudes no reúnen los requisitos y documentos que se señalan en la convocatoria, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 10 días, subsane la falta o para que adjunte los documentos preceptivos con indicación de que, si no lo hace así, se le tendrá por desistido su petición.
- Para la valoración y selección de las solicitudes se constituirá una comisión evaluadora.
- La persona titular de la jefatura de servicio de Museos y Patrimonio Mueble, como instructora del procedimiento, elevará una propuesta a la directora general de Cultura y Patrimonio, que resolverá, por delegación del conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte.
- La resolución será publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana con sujeción a lo establecido en el art. 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
a) Proyectos y actividades que vinculen al museo o Colección Museográfica Permanente con los
centros educativos de su municipio. La puntuación máxima será de hasta 3 puntos.
b) Proyectos que destaquen la importancia de los fondos albergados en los museos y/o la Colección
Museográfica. La puntuación máxima será de hasta 3 puntos.
c) Elaboración de estadísticas anuales y estudios de público. La puntuación máxima será de hasta 1
punto.
d) Actividades que generen participación cultural y social. La puntuación máxima será de hasta 3
puntos.
La cuantía máxima a percibir por las entidades que, en su caso resulten beneficiadas por el otorgamiento
de la subvención no podrá superar en ningún caso el 80% del presupuesto total, IVA incluido,
de la actividad.
46019 - València/Valencia
Forms
- (ANEXO I) SOLICITUD DE SUBVENCIONES PARA LA DINAMIZACIÓN DE MUSEOS Y COLECCIONES MUSEOGRÁFICAS PERMANENTES RECONOCIDAS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
- (ANEXO II) CERTIFICADO ACREDITATIVO DEL COMPROMISO DE GASTO DE LA PERSONA O ENTIDAD SOLICITANTE
- MODELO DE DOMICILIACIÓN BANCARIA
- (ANEXO IV) CUENTA JUSTIFICATIVA. SUBVENCIONES PARA LA DINAMIZACIÓN DE MUSEOS Y COLECCIONES MUSEOGRÁFICAS PERMANENTES RECONOCIDAS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
Request
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOCV número 8607 de 6/8/2019
Forms
- (ANEXO I) SOLICITUD DE SUBVENCIONES PARA LA DINAMIZACIÓN DE MUSEOS Y COLECCIONES MUSEOGRÁFICAS PERMANENTES RECONOCIDAS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
- (ANEXO II) CERTIFICADO ACREDITATIVO DEL COMPROMISO DE GASTO DE LA PERSONA O ENTIDAD SOLICITANTE
- MODELO DE DOMICILIACIÓN BANCARIA
- (ANEXO IV) CUENTA JUSTIFICATIVA. SUBVENCIONES PARA LA DINAMIZACIÓN DE MUSEOS Y COLECCIONES MUSEOGRÁFICAS PERMANENTES RECONOCIDAS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
Las solicitudes de subvención únicamente se podrán presentar de forma telemática y se formalizarán según los modelos que figuran en el enlace de internet,
http://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=833
Para poder tramitar telemáticamente la solicitud, se deberá disponer de certificado digital ya sea de la entidad, de la persona que ocupe la presidencia de la entidad o de quien asuma la representación ante la Generalitat, todo ello de conformidad con las instrucciones previstas en la página web de la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica (ACCV) www.accv.es.
Si la información a adjuntar supera el límite soportado por la plataforma, aproximadamente 5 MB por archivo hasta un máximo de 100 MB, se deberá dividir y enviar por separado, respetando el límite señalado, pero siempre sobre una única solicitud. En caso de que la división no sea posible, se deberá entregar de manera presencial en un soporte físico junto con una copia de la solicitud telemática previa, dirigiéndose al Registro de Sant Miquel dels Reis, Avenida de la Constitución, n.º 284. En este
caso, se deberá enviar un mail al órgano gestor de la convocatoria (Dirección General de Cultura y Patrimonio, dgpa@gva.es), con indicación de la fecha de envío y el órgano dónde se ha presentado la documentación.
Resolution
La resolución de concesión de la subvención pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano que la haya dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 y...
46015 - València/Valencia
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