Details of Procedure

Autorización a la Administración para consultar, de forma telemática, los datos de identidad necesarios para la percepción de ayudas y subvenciones en materia de economía social de la Conselleria competente en esa materia. Economía.

Code SIA : 223853
Code GUC : 18784
Department: Conselleria de Educación, Universidades y Empleo
Deadline for application: OPEN
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Basic information

What is it and what is it for?

What is it and what is it for?

Autorizar a la Conselleria competente en materia de economía para que compruebe directamente, de forma telemática, los datos de identidad de las personas en base a las cuales se solicita una ayuda o subvención en materia de economía social. En caso de no suscribir esta autorización, la persona está obligada a aportar los documentos que acrediten esos datos en los términos exigidos por las normas reguladoras del procedimiento de que se trate.

Who can apply?

Who can apply?

Las personas en base a las cuales se solicita una ayuda o subvención en materia de economía social a la Conselleria competente en esa materia.

Doubts about telematic processing

Doubts about telematic processing

Doubts about the procedure

Computer problems

Term

Term

En el plazo establecido por la Administración en el procedimiento administrativo de que se trate.

Presentation

Presentation

Face-to-face
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. Y, preferentemente, en:
Telematics
1. De conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la autorización puede realizarse por medios electrónicos MEDIANTE EL CORRESPONDIENTE TRÁMITE TELEMÁTICO, cuyo enlace directo acaba de indicarse. Esta modalidad telemática es obligatoria para las personas comprendidas en el artículo 14, apartados 2 y 3, de la citada Ley 39/2015 y voluntaria para las personas físicas. 2. Para presentar la autorización mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la plataforma telemática de la Generalitat (más información respecto a los certificados admitidos en la Sede Electrónica de la Generalitat en https://sede.gva.es/es/sede_certificados). En el caso de utilizar un certificado digital de una persona actuando en representación de otra persona, se deberá inscribir previamente en el Registro de Representantes ante la Generalitat para la realización de trámites por vía telemática, cuya información está disponible: - En http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=17168&version=amp - Y en http://regrep.accv.es/accv_repr/zonarep/index.html/ 3. Pinchando en el enlace directo que acaba de indicarse o en el enlace "Tramitar con certificado" (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web inicial, anexar la autorización cumplimentada y firmada digitalmente que debe aportar y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro. 4. Respecto al documento a anexar: - En el apartado "Impresos Asociados" (además de en el propio trámite telemático) existe un modelo normalizado y rellenable, que tras cumplimentarse, DEBE FIRMARSE DIGITALMENTE. Para ello la autoridad certificadora de la Comunitat Valenciana (ACCV) ofrece un servicio gratuito de firma de documentos PDF (acuda a http://www.accv.es para más información al respecto), aunque hay más sistemas válidos de firma de documentos pdf que puede utilizar. - Es recomendable que, en primer lugar, cumplimente, firme y guarde electrónicamente la autorización a anexar en su ordenador, de modo que posteriormente pueda incorporarla en el paso correspondiente del trámite telemático. No obstante, también podrá hacerlo en ese mismo paso. 5. Dispone de más información sobre la tramitación telemática en la siguiente dirección: http://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/at_ciud_faq/at_ciud_faq_tramitacion Revise la lista de preguntas frecuentes detalladas en esa dirección. Si tiene algún problema en la tramitación telemática, compruebe si hay alguna indicación en ellas para solucionarlo. En caso de que siga necesitando ayuda, por favor notifíquelo a través de uno de los siguientes correos electrónicos en función del tipo de problema de que se trate: - Para consultas sobre el contenido del trámite: prop@gva.es - Para incidencias informáticas: generalitat_en_red@gva.es

Processing bodies

Processing bodies

Observations

Observations

Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Resolution bodies

Resolution bodies

Exhausts administrative life

Exhausts administrative life

Yes