Details of Procedure

Subvenciones para la financiación de actuaciones de implementación y promoción de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el marco de la Agenda 2030 destinadas a entidades sin ánimo de lucro.

Code SIA : 2894466
Code GUC : 22616
Department: Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Deadline for application: CLOSE
(29-05-2023
16-06-2023)
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Basic information

What is it and what is it for?

What is it and what is it for?

Convocar las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de actuaciones de implementación y promoción de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el marco de la Agenda 2030 a desarrollar por entidades sin ánimo de lucro en la Comunitat Valenciana. Las iniciativas a subvencionar en la presente convocatoria consistirán en proyectos y actuaciones de implementación y promoción de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el marco de la Agenda 2030, que podrán consistir en: A.- Acciones de Implementación y territorialización, cuyo importe máximo subvencionable será de 30.000 euros, mediante la elaboración de proyectos piloto de Planes de Acción. B.- Acciones de formación, sensibilización y comunicación, cuyo importe máximo subvencionable será de 20.000 euros, entre las que se incluyen: B.1. Acciones de formación, sensibilización y comunicación dirigidas a incrementar la información y el conocimiento por parte de la ciudadanía y agentes multiplicadores (asociaciones, grupos, colectivos, etc.), sobre actuaciones de implementación de los ODS de la Agenda 2030, de interés para la Comunitat Valenciana. B.2. Acciones de formación y capacitación dirigidas al personal al servicio de las entidades solicitantes, con la finalidad de facilitar la implementación de proyectos relacionados con los ODS de la Agenda 2030. C- Acciones dirigidas a promover el trabajo en red y las alianzas multiactor inclusivas, con el fin de acelerar la implementación de la Agenda 2030, cuyo importe máximo subvencionable será de 20.000 euros.

Requirements

Requirements

REQUISITOS DE LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS Cada entidad solo podrá presentar una única solicitud a la presente convocatoria de subvenciones. No podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades incursas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general De subvenciones. REQUISITOS DE LAS ACTUACIONES 2. Todos los proyectos y actuaciones deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Los proyectos deberán obtener la puntuación mínima de 65 puntos sobre 100, en los criterios objetivos de valoración recogidos en la base sexta de la Orden de Bases. b) Debe ser viable técnica y presupuestariamente. A los efectos de la presente convocatoria, no se considerará que un proyecto es viable técnica y presupuestariamente si en el informe de valoración técnica y presupuestaria se hace constar que se debe minorar la cuantía a subvencionar solicitada inicialmente en más de un 20 por 100. c) Las actividades subvencionadas deberán identificar claramente las metas de los ODS que persigue. d) Las actividades que se subvencionen podrán ejecutarse hasta el 30 de junio de 2024, pudiendo existir cuantías imputables a la subvención desde el 1 de enero de 2023. Las actividades subvencionadas deberán ejecutarse en el territorio de la Comunitat Valenciana. e) Cada entidad podrá ser beneficiaria de subvención de un máximo de un proyecto.

Who can apply?

Who can apply?

Podrán acceder a la condición de beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta convocatoria, las asociaciones y organizaciones, sin ánimo de lucro, con domicilio social en la Comunitat Valenciana, legalmente constituidas e inscritas, en la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria, en el registro correspondiente en función de su naturaleza jurídica, con más de cuatro años de actividad y que dispongan de la sede central o de una delegación permanente en el territorio.

Doubts about telematic processing

Doubts about telematic processing

Doubts about the procedure

Computer problems

Term

Term

Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. El incumplimiento del mencionado plazo dará lugar a la exclusión de la convocatoria (DOGV núm. 9604, de 26.05.2023). FECHA INICIO PRESENTACIÓN: 29/05/2023 FECHA FIN PRESENTACIÓN: 16/06/2023

Documentation and forms

DOCUMENTACIÓN PRECEPTIVA La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación preceptiva: 1. Anexo de solicitud específica de subvenciones, en el que constará la información relativa a los datos de identificación de la entidad solicitante, los datos relativos a la actuación y la aportación documental. Además, en esta solicitud, se recogerá la formulación del proyecto, que reflejará los diferentes apartados objeto de valoración, así como las partidas presupuestarias previstas. 2. Copia de los estatutos de la asociación u organización sin ánimo de lucro solicitante. 3. Certificación de la inscripción en el Registro correspondiente, en función del tipo de entidad u organización de que se trate. En el supuesto de variación de los datos de la persona que ostente la representación legal de la entidad que conste en el registro deberá acreditarse de forma fehaciente la nueva representación legal. 4 - En caso de no constar en los estatutos de la entidad la ubicación de la sede central o la delegación permanente en el territorio de la Comunitat, deberán aportar documentación acreditativa del cumplimiento de lo establecido en el resuelvo quinto de la presente convocatoria. 5. En el supuesto de que en el formulario de solicitud se desautorice a la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, para que ésta obtenga de forma directa a través de certificados telemáticos, la acreditación del cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social y tributarias frente al Estado y la Generalitat, se deberán aportar los certificados acreditativos de dichas circunstancias. En el caso de los certificados acreditativos de estar al corriente de obligaciones tributarias, deben incluir la acreditación de esta circunstancia referida a efectos de la obtención de ayudas y subvenciones. 6. En el caso de nuevo perceptor o nueva cuenta bancaria, deberá acreditar la tramitación de la inscripción de la nueva cuenta que se realizará a través del Procedimiento para tramitar las altas, modificaciones y bajas de las domiciliaciones bancarias, en el trámite automatizado: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=22648&version=amp 7. La no aportación de la documentación prevista en el apartado 1 de este resuelvo en el plazo de presentación de la solicitud inicial, determinará la exclusión de la convocatoria, sin ser posible su aportación en trámite posterior. DOCUMENTACIÓN VALORATIVA La entidad solicitante podrá adjuntar a la solicitud, la siguiente documentación valorativa: 1.- Declaración de utilidad pública o Declaración de Interés Social para proyectos o actividades culturales, científicas o deportivas no profesionales, desarrolladas por entidades beneficiarias del mecenazgo en la Comunitat Valenciana, en caso de disponer de ella. 2.- Certificación emitida por el órgano competente de la entidad en la que se hagan constar las iniciativas, actuaciones y proyectos desarrollados en materia de desarrollo sostenible, referidos a los cinco años anteriores a la presente convocatoria. 3.- Certificación emitida por el órgano competente de la entidad sobre su pertenecía a redes o estructuras de coordinación en materia de desarrollo sostenible. 4.- Certificación emitida por el órgano competente de la entidad en la que se haga constar si la entidad dispone de un código ético y/o de órganos específicos para velar por la adopción y la aplicación efectiva de los programas sobre los ODS de la de la Agenda 2030. 5.- Certificación emitida por el órgano competente de la entidad, en la que se haga constar la existencia de un plan o estrategia de implementación de la Agenda 2030, para el Desarrollo Sostenible, en el ámbito de planificación de la entidad y copia de este.

Presentation

Presentation

Telematics
De conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (en adelante LPAC), la solicitud y la documentación que las acompaña se presentarán exclusivamente por vía telemática, mediante la firma electrónica de la entidad solicitante o de la persona que la represente. Las solicitudes se presentarán a través de la Sede Electrónica de la Generalitat Valenciana, accediendo al buscador de trámites y servicios en la url http://www.gva.es/va/inicio/atencion_ciudadano/buscadores/tramites_servicios. También se podrá acceder en la página web de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, en la url http://www.cooperaciovalenciana.gva.es. La presentación de la solicitud de forma diferente a la telemática prevista en este apartado determinará la exclusión de la convocatoria. Para poder realizar la presentación telemática, la entidad solicitante deberá disponer de un sistema de firma electrónica, de los admitidos en la Sede de la Generalitat, de los siguientes tipos: a) Certificado digital de persona jurídica o similar, que identifique convenientemente a la entidad solicitante. b) Certificado digital de la persona física, que conste inscrita como representante de la entidad solicitante en el Registro de Representantes de la Generalitat Valenciana, para tramitar este procedimiento. c) Excepcionalmente, y para el supuesto que no se pudiese presentar la solicitud de la manera prevista en alguno de los dos supuestos anteriores, se admitirá la presentación de la solicitud con un certificado digital de la persona física que ostente la representación de la entidad solicitante para realizar la tramitación de este procedimiento, si se acreditase documentalmente dicha representación ante el Registro de Agentes de Cooperación de la Comunitat Valenciana.

Processing process

Processing process

1. La lista de las entidades solicitantes que hayan de subsanar la solicitud o adjuntar los documentos preceptivos subsanables que no se presentaron con la solicitud, del resuelvo Octavo de esta convocatoria, se publicará en la página web de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, en la URL http://www.cooperaciovalenciana.gva.es, con indicación que, si en el plazo de 10 días no se aportasen correctamente, se considerará que desisten de su solicitud, previa resolución por la que se declarará el motivo de exclusión. 2. La propuesta de resolución será publicada en la web de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, en la url http://www.cooperaciovalenciana.gva.es, al efecto de que las entidades nteresadas puedan presentar alegaciones en el plazo de 10 días hábiles desde la publicación. 3.La Resolución por la cual se concedan o denieguen las subvenciones se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en la página web de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, en la url https://cooperaciovalenciana.gva.es/es/inicio. En la resolución constarán las entidades beneficiarias y la subvención concedida, así como, en su caso, las solicitudes excluidas y los motivos de denegación. Su publicación producirá los efectos de notificación a las personas interesadas, de acuerdo con lo que dispone la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC).

Assessment criteria

Assessment criteria

Los criterios objetivos de valoración de las solicitudes presentadas a esta convocatoria serán los recogidos en la base reguladora Sexta de la Orden de Bases, con la ponderación establecida en el Anexo I de esta resolución de convocatoria (DOGV num. 9604 de 26.05.2023).

Processing bodies

Processing bodies

DIRECCION GENERAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO

Observations

Observations

Contra lo dispuesto en la resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la LPAC, o bien recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna

Deadline

Deadline

Mediante Resolución de 15 de noviembre de 2023, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, se amplia el plazo máximo de resolución establecido en el apartado 3 de la base décima de la Orden 1/2023, y punto 2 del resuelvo decimocuarto de la citada Resolución de 19 de mayo de 2023, hasta el día 22 de diciembre de 2023. Transcurrido este plazo sin que se haya notificado resolución expresa, las entidades interesadas podrán considerar desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.

Resolution bodies

Resolution bodies

CONSELLERIA DE PARTICIPACIÓN, TRANSPARENCIA, COOPERACIÓN Y CALIDAD DEMOCRÁTICA

Silence effect

Silence effect

Dismissal

Appeal proceeding against the resolution

Appeal proceeding against the resolution

Optional replacement

Exhausts administrative life

Exhausts administrative life

Yes

What is it and what is it for?

What is it and what is for

Una vez presentada la solicitud, con la documentación anexa correspondiente, la aportación posterior de documentación, como en el trámite de subsanación, alegaciones a la propuesta de resolución o recursos contra la resolución, así como la presentación de documentación derivada de la ejecución o justificación de la subvención, se realizará de forma telemática, en el trámite específico de aportación de documentación, en la Sede Electrónica de la Generalitat Valenciana, accediendo al buscador de trámites y servicios en la URL: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=19273&version=amp