Details of Procedure

Subvenciones destinadas a la adquisición de material inmovilizado para la promoción del deporte adaptado, para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro de la Componente 26 en el territorio de la Comunidad Valenciana financiado por la Unió Europea -Next Generation EU-, y se aprueba la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de esta Consellería.

Code SIA : 2965324
Code GUC : 23156
Department: Vicepresidencia Primera y Conselleria de Cultura y Deporte
Deadline for application: CLOSE
(03-03-2023
23-03-2023)
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Basic information

What is it and what is it for?

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El objeto de las ayudas es la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia dentro del componente 26 Fomento del Sector del Deporte - C26 103. P02 Promoción de la igualdad en el deporte en el territorio de la Comunitat Valenciana, para la realización de las actuaciones necesarias para cumplir con los objetivos del PRTR. Estas subvenciones irán destinadas a la adquisición de material inmovilizado para la promoción del deporte adaptado. El ámbito de aplicación se establece en programas de actividad física y deporte o competiciones deportivas adaptadas o inclusivas, a desarrollar entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2023. Las actuaciones previstas tienen un carácter deportivo y han de encuadrarse en la compra de material inmovilizado adaptado para ayudar a atender las necesidades y a mejorar la participación y el proceso de inclusión e integración de las personas con discapacidad o diversidad funcional. Se considera material deportivo inmovilizado adaptado aquel suministro de bienes cuya vida útil sea superior a un año y siempre que su importe unitario no sea inferior a 200 euros

Observations

Observations

Las subvenciones se otorgarán de acuerdo con la siguiente prelación: a) En primer lugar se atenderán las solicitudes destinadas a material deportivo inmovilizado adaptado presentadas por las entidades deportivas que desarrollan programas en centros educativos y sanitarios en colaboración con la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte y la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública: Esport a l'Escola, Pilota a l'Escola, Aula ciclista y Hospi.Esport, de acuerdo con los criterios establecidos en esta resolución. b) Atendidas estas solicitudes, se considerarán las destinadas a material deportivo inmovilizado adaptado presentadas por las entidades deportivas beneficiarias de las convocatorias de la Orden 17/2017, de 12 de mayo, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad Valenciana, que promocionan la integración de los colectivos de la diversidad a través de la actividad física y el deporte de acuerdo con los criterios establecidos en esta resolución. c) Finalmente, se considerarán las solicitudes destinadas a material deportivo inmovilizado adaptado presentadas por las entidades deportivas que desarrollan otros programas de actividad física y deporte adaptado o inclusivo y que organizan o participan en competiciones deportivas adaptadas o inclusivas oficiales, de acuerdo con los criterios establecidos en esta resolución.

Who can apply?

Who can apply?

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades deportivas sin ánimo de lucro, que realicen o participen en programas de actividad física y deporte o competiciones deportivas adaptadas o inclusivas y que puedan tener la condición de entidad beneficiaria por no concurrir ninguna de las circunstancias que lo impidan, las cuales se detallan en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. Las entidades deportivas deberán estar legalmente constituidas de acuerdo con la Ley 2/2011, de 22 de marzo, del deporte y la actividad física de la Comunitat Valenciana e inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunitat Valenciana. Según la Ley 2/2011, de 22 de marzo, de la Generalitat, del deporte y la actividad física de la Comunitat Valenciana, se consideran entidades deportivas sin ánimo de lucro los clubes deportivos, federaciones deportivas, grupos de recreación deportiva, agrupaciones de recreación deportiva y las asociaciones de federaciones deportivas, así como otras entidades sin ánimo de lucro con secciones deportivas o secciones de recreación deportiva legalmente constituidas. Se podrá presentar una sola solicitud por entidad.

Doubts about telematic processing

Doubts about telematic processing

Doubts about the procedure

Computer problems

Term

Term

El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el DOGV y finalizará el 23 de marzo de 2023 (DOGV núm. 9545, de 02.03.2023). El incumplimiento de este plazo o la presentación de la solicitud de forma diferente a la electrónica comportará la exclusión de la convocatoria.

Documentation and forms

El impreso de solicitud electrónico deberá ir acompañado de la siguiente documentación: a) Presupuesto del material inmovilizado adaptado elaborado por una empresa o firma comercial. b) Informe de la entidad deportiva en el que se especifique el programa de actividad física y deporte o competición deportiva oficial a la que va destinado y se vincula el material inmovilizado adaptado, así como la justificación de la necesidad de la adquisición, indicando el uso que tendrá, el número de beneficiarios previstos y los beneficios deportivos en deporte adaptado. c) Certificado de la entidad deportiva de compromiso de comprar todo el material que corresponda, según la cantidad final de subvención concedida. d) Datos de domiciliación bancaria a través del siguiente enlace: https://sede.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=22648, del que habrá que presentar justificante del registro de entrada. No será necesario si la cuenta ya está dada de alta en la Generalitat por haberse presentado en otra convocatoria. No obstante, el número de cuenta y las convocatorias en las que se han presentado tendrá que indicarse en la solicitud de subvención. e) En el caso de que no se haya autorizado al órgano instructor a obtener la documentación sobre las obligaciones tributarias y sobre la seguridad social, documentación acreditativa que la entidad está al corriente en esta obligación. f) En su caso, capacidad de representación del representante de la entidad. g) Otra documentación que acredite o justifique los datos declarados en el proyecto de la actividad presentada. h) Declaración responsable sobre el cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo a alguno de los objetivos medioambientales "Do Not Significant Harm" (DNSH), según modelo del anexo IV. Además de la documentación señalada, el Servicio de Promoción del Deporte y Actividad Física, como órgano instructor, podrá en cualquier momento de la tramitación del expediente, recabar cualquier otra información que considere necesaria para el mejor conocimiento y comprensión de la aplicación de la subvención.

Processing process

Processing process

La presentación de la solicitud y la documentación que la acompaña se realizará exclusivamente por medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y tendrán que ser suscritas por quien ostente la representación legal de la entidad, conforme a la normativa de aplicación. Para esto se accederá al apartado de servicios en línea de la sede electrónica de la Generalitat, accesible a través del enlace http://sede.gva.es/ en el apartado de "Ayudas, becas y subvenciones" en el procedimiento correspondiente a esta convocatoria o se accederá directamente a través del siguiente enlace: http://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=23156. Se seleccionará la opción "Tramitar con certificado", se rellenarán los datos de la solicitud general de subvención telemática y se adjuntarán los documentos indicados en la base décima de esta resolución. - Cuando la solicitud no reúna los requisitos o falte algún documento complementario de los exigidos, se requerirá, por vía electrónica, a las entidades interesadas para que lo subsanen en el plazo de 10 días, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición previa resolución dictada al efecto. - Se constituirá una comisión técnica de evaluación formada por cinco miembros, designados por la persona titular de la dirección general con competencia en materia de deporte, encargada del estudio y valoración de las solicitudes presentadas. - Una vez formalizados los actos de instrucción correspondientes, la comisión técnica de evaluación elevará, a través del órgano instructor, la propuesta de concesión o denegación a la persona titular de la dirección general con competencia en materia de deporte, que resolverá sobre la ayuda y determinará su cuantía. - La persona titular de la dirección general con competencias en materia de deporte resolverá la concesión o denegación de las solicitudes presentadas en el plazo máximo de seis meses a contar desde la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. No obstante, las solicitudes sobre las cuales no recaiga resolución expresa en el plazo de seis meses desde la publicación de la convocatoria se entenderán denegadas, por silencio administrativo negativo, sin perjuicio de la obligación legal de resolver establecida en la legislación sobre el procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. La dirección general con competencia en materia de deporte notificará cada uno de los trámites de este procedimiento por medios electrónicos.

Processing bodies

Processing bodies

Observations

Observations

RECUROS: Los que prevé la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE n.º 236, de 02.10.2015) y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (BOE 167, 14.07.1998).

Amount and charge

Amount and charge

CUANTÍA - El presupuesto destinado a financiar la presente convocatoria ascenderá a 280.000 euros, como máximo, con cargo a los presupuestos de la Generalitat para 2023. - Se podrá subvencionar hasta el porcentaje máximo del 80% del coste total de la adquisición. - La subvención máxima a percibir será de 10.000 euros y la mínima de 500 euros por entidad. PAGO - La Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, abonará la subvención previa presentación de la documentación justificativa correspondiente. - El plazo de presentación de las justificaciones finalizará el 30 de septiembre de 2023.

Resolution bodies

Resolution bodies

Exhausts administrative life

Exhausts administrative life

Yes