Detalle de procedimiento

Inscripción en el Registro de Control Metrológico de fabricantes, importadores, comercializadores o arrendadores de instrumentos, aparatos, medios y sistemas de medida. Metrología. Industria

Código SIA : 210943
Código GUC : 1535
Organismo: Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Proporcionar a las autoridades y fabricantes, importadores, comercializadores o arrendadores, medios uniformes para la determinación de los requisitos que deben de cumplir los fabricantes, importadores, comercializadores o arrendadores para su inscripción en el Registro de Control Metrológico.

Observaciones

Observaciones

Para cualquier consulta de carácter técnico le recomendamos solicitar cita previa ante el Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas correspondiente (ver apartado enlaces).

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Fabricantes, importadores, comercializadores o arrendadores de instrumentos, aparatos, medios y sistemas de medida sujetos a metrología legal.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Durante todo el año.

Formularios y documentación

- Impreso de solicitud dirigido a la Dirección General competente en materia de industria (de forma telemática ), en el cual deberán constar los siguientes datos: a) El nombre y apellidos del solicitante, o la denominación o razón social si fuera persona jurídica. b) DNI/NIE/NIF del solicitante. c) Domicilio del solicitante o el de la Entidad que representa. d) Lugar de ubicación de la fábrica o instalaciones. e) Características fundamentales de los instrumentos de medida o sistemas que fabrica, importa o comercializa, con indicación de la actividad para la que desea ser inscrito. - Fotocopia de la escritura pública o certificado de Registro Mercantil que acredite la personalidad jurídica del solicitante. - Copia de los certificados de conformidad o aprobaciones de modelo de los instrumentos de medida o sistemas que fabrica, importa o comercializa.

Impresos asociados

Tasa o pago

Tasa o pago

Tasas 2024: 13 - Alta de inscripción en el Reg. Control Metrológico: 90,18 euros

Presentación

Presentación

Telemática
1.- La presentación telemática de la solicitud y de la documentación requerida se realizará MEDIANTE EL CORRESPONDIENTE TRÁMITE TELEMÁTICO, cuyo enlace directo acaba de indicarse. Para ello deberán disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre estos sistemas se admiten: - El DNIe (DNI electrónico), los certificados emitidos por la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y los certificados de persona jurídica, empleado público o persona física emitidos por la ACCV (Autoritat de Certificació de la C.Valenciana). - Y el sistema clave-firma del Estado únicamente para las personas fisicas (por tanto, quedan excluidas las personas juridicas: empresas, ayuntamientos, entidades ....). Más información respecto a los sistemas admitidos en la Sede Electrónica de la Generalitat en: https://sede.gva.es/es/web/sede_electronica/sede_certificados 2.- Para realizar trámites por vía telemática ante la Administración de la Generalitat actuando en representación de otra persona (física o jurídica), deberá inscribirse previamente en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del Estado, cuya respectiva información está disponible en el apartado "Enlaces" de este trámite. Sin esa inscripción previa, además de no quedar acreditada su representación, no se recibirá nada en la carpeta ciudadana de la persona presentadora. 3.- Clickando en el enlace directo indicado en "¿Cómo se tramita telemáticamente?" o en el enlace "TRAMITAR CON CERTIFICADO" (en color rojo al inicio de este trámite), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web, anexar la solicitud y demás documentación cumplimentada y firmada digitalmente que deba aportar y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro. 4.- Respecto a los DOCUMENTOS A ANEXAR, en su caso: - Es recomendable que, en primer lugar, los reúna todos y los cumplimente, firme y guarde electrónicamente en su ordenador, de modo que posteriormente pueda incorporarlos en el paso correspondiente del trámite telemático. - IMPORTANTE: todos los documentos certificados o firmados que se presenten telemáticamente deberán ser enviados en formato PDF y tendrán que incorporar las FIRMAS DIGITALES de la/s persona/s o entidad/es que lo/s suscriba/n. - En este trámite de la Guía Prop: * En el apartado denominado "¿Qué documentación se debe presentar?" aparece el listado de documentos a presentar. * Y en el apartado "IMPRESOS ASOCIADOS"(además de en el propio trámite telemático) existen modelos normalizados y rellenables de todos o algunos de esos documentos, según el caso. Si existe modelo normalizado el documento deberá presentarse en él. Sin embargo, aquellos documentos para los que no exista modelo normalizado deberán ser creados o recabados por la persona solicitante para poderlos adjuntar. - En el trámite telemático se indica el tamaño máximo permitido de los documentos a anexar y sus posibles formatos o extensiones (pdf, doc, odt, xls, ods, zip, etc.). Compruébelos antes de anexar los documentos. 5.- Dispone de MÁS INFORMACIÓN sobre la tramitación telemática en: https://www.gva.es/es/web/administracion-online/faqs-servicis-en-linia Revise esa información y si, pese a ello, sigue necesitando ayuda, por favor, notifíquelo a través de: - Para consultas sobre el contenido del trámite: prop@gva.es - Para incidencias informáticas: generalitat_en_red@gva.es

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

- Presentación de la documentación (de forma telemática EXCLUSIVAMENTE). - Expedición de un documento de recepción de la documentación citada, indicando la fecha de entrada en el Registro y número de orden. - Posibles visitas de inspección a las instalaciones detalladas en la documentación aportada. - Emisión de documento de Inscripción en el Registro de Control Metrológico.

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

Observaciones

Observaciones

La resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Conselleria competente en materia de industria, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación, si el acto fuera expreso, o en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo, de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Órganos resolución

Órganos resolución

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa

No