Details of Procedure

Inscripción en el Registro Especial de Equipos e Instalaciones de Rayos X con fines de diagnóstico médico. Alta, modificación, traslado, cambio de titularidad, baja y duplicado de la comunicación de inscripción. Energía.

Code SIA : 211444
Code GUC : 14884
Department: Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Deadline for application: OPEN
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What is it and what is it for?

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Posibilitar la presentación ante la Conselleria competente en materia de Energía de la Generalitat Valenciana: 1 - De la DECLARACIÓN RESPONSABLE para la INSCRIPCIÓN de los que estén UBICADOS EN EL TERRITORIO DE LA COMUNITAT VALENCIANA en el REGISTRO Especial de EQUIPOS E INSTALACIONES DE RAYOS X CON FINES DE DIAGNÓSTICO MÉDICO (incluyendo el uso médico-legal y veterinario), tanto en el Registro autonómico, como en el Registro central adscrito al Ministerio competente en materia de Industria. En concreto: A) De la declaración responsable de ALTA de una nueva instalación (que abrirá un expediente administrativo RXINAL). B) De la declaración responsable de MODIFICACIÓN de una instalación ya existente (que abrirá un expediente administrativo RXINAR), que comprende los siguientes supuestos: - Alta y/o baja* de equipos o de generadores de una instalación . Nota: a través de este supuesto de modificación NO es posible dar de baja TODOS los EQUIPOS de una instalación (como mínimo debe constar uno de alta), porque ello supone el cese de la actividad de la instalación y, por tanto, en ese caso lo que procede tramitar es la BAJA de la INSTALACIÓN (y no una modificación de la misma). - Cambio de ubicación de equipos o generadores dentro de la misma instalación (modificación en la disposición general de la instalación) - Alta y/o baja de tubos adicionales en equipos C) De la declaración responsable de TRASLADO de una instalación (es decir, del cambio de ubicación de la instalación) (que abrirá un expediente administrativo RXINTR). D) De la declaración responsable de CAMBIO DE TITULARIDAD de una instalación (que abrirá un expediente administrativo RXINCT). E) De la declaración responsable de BAJA* de una instalación (que abrirá un expediente administrativo RXINBA). * IMPORTANTE: - La persona titular de la instalación de rayos X con fines de diagnóstico médico NO podrá ponerla en servicio hasta que se le comunique la inscripción de la misma en el citado Registro y será responsable de su funcionamiento en condiciones de seguridad, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente aplicable. - (*) El destino de los EQUIPOS puestos fuera de servicio por su estado defectuoso, por una modificación de la instalación o por la baja de ésta en el Registro, sólo podrá ser la transmisión a una entidad autorizada para la venta y asistencia técnica (EVAT), sea para su almacenamiento y posterior disposición, o para su destrucción. 2 - De la SOLICITUD de DUPLICADO DE LA COMUNICACIÓN de la INSCRIPCIÓN de una instalación en el citado Registro (que abrirá un expediente administrativo RXDUPL).

Observations

Observations

1. La INFORMACIÓN SOBRE EXPEDIENTES EN TRÁMITE y sobre DUDAS o CONSULTAS respecto al CONTENIDO de este procedimiento se ofrece a través del personal técnico y/o administrativo del correspondiente SERVICIO TERRITORIAL competente en materia de ENERGÍA, solicitándola en la forma indicada en el apartado "Información y registro" de la página web de la Conselleria competente en esa materia (ver enlace directo en el apartado "Enlaces" de este trámite). Consulte también la información disponible en el área de ENERGÍA de la página web de la Conselleria competente en esa materia (ver acceso a este área en el apartado "Enlaces"). 2. Incidencias INFORMÁTICAS (solo errores o problemas de carácter informático) - Dispone de una lista de preguntas frecuentes sobre tramitación telemática en la Generalitat Valenciana en el correspondiente enlace directo del apartado "Enlaces" de este trámite. - Si pese a ello sigue necesitando ayuda informática, puede enviar su duda, problema o consulta rellenando el FORMULARIO DE PROBLEMAS TÉCNICOS (ver enlace directo a él disponible en el apartado "Enlaces" de este trámite). * IMPORTANTE: es exclusivamente para atender incidencias informáticas, no para otro tipo de cuestiones o problemas.

Who can apply?

Who can apply?

La persona física o jurídica titular de los equipos e instalaciones de rayos X con fines de diagnóstico médico, o su representante*. * Para realizar trámites POR VÍA TELEMÁTICA ante la Administración de la Generalitat Valenciana actuando en representación de otra persona (física o jurídica) sin utilizar un certificado electrónico de representante, la persona representada debe inscribir previamente esa representación en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del ESTADO, cuya respectiva información está disponible en el apartado "Enlaces" de este trámite. Sin esa inscripción previa o sin un certificado electrónico de representante NO puede realizarse el trámite telemático en representación de otra persona. No obstante, en esos casos puede utilizarse la BANDEJA DE FIRMAS, que es una funcionalidad integrada en la Carpeta Ciudadana para posibilitar que la persona en nombre de la cual se quiere realizar el trámite telemático firme el/los formulario/s web, el/los documento/s a anexar (en su caso) y su presentación final en registro. En la Sede Electrónica de la Generalitat Valenciana dispone de ayuda con preguntas frecuentes sobre la Carpeta Ciudadana, que incluye un tutorial de funcionamiento de la Bandeja de Firmas (ver también en el apartado "Enlaces" de este trámite) y, además, en el propio trámite telemático se le irán indicando los pasos a seguir.

Doubts about telematic processing

Doubts about telematic processing

Doubts about the procedure

Computer problems

Term

Term

- Durante todo el año, de acuerdo con los siguientes plazos: a) En caso de ALTA, o de MODIFICACIÓN, o de TRASLADO de la instalación, debe presentarse la declaración responsable ANTES DE su puesta en funcionamiento. b) En caso de CAMBIO DE TITULARIDAD o de BAJA (CESE de las actividades) de la instalación, debe presentarse la declaración responsable en el plazo de 30 DÍAS desde que se produzcan. - La solicitud de duplicado de comunicación de la inscripción de la instalación no está sujeta a plazo de presentación.

Documentation and forms

* NOTAS GENERALES A TODA LA DOCUMENTACIÓN: - Los documentos o certificados que deban ir firmados por terceros, deberán adjuntarse en formato pdf que esté firmado electrónicamente por el tercero emisor. - Consulte la Guía explicativa del trámite telemático (disponible en el apartado "Formularios y Documentación"), en cuyo paso 3-Documentar debe anexarse la documentación a presentar. A) En caso de ALTA de una instalación, debe presentarse la siguiente documentación: 1º. DECLARACIÓN responsable de la persona titular de la instalación para su inscripción en el Registro, según modelo normalizado en FORMULARIO WEB específico disponible en el paso 2-Rellenar del trámite TELEMÁTICO, debidamente cumplimentada y firmada digitalmente. Esa declaración telemática consta de los siguientes FORMULARIOS WEB, todos ellos de cumplimentación y firma obligatorias: - FORMULARIO DE DATOS GENERALES - DECLARACIÓN DE LA PERSONA TITULAR PARA EL REGISTRO - DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO 2º. En el paso 3-Documentar del trámite telemático debe anexarse la siguiente documentación obligatoria: 1 - Proyecto y planos de las salas o vehículos (que pueden aportarse en un único documento, o bien en varios documentos). * Nota: debe presentarse su descripción según modelo normalizado RXPRDAT (de acuerdo con el anexo I.b. del RD 1085/2009, de 3 de julio, disponible como impreso asociado a este trámite y también en el trámite telemático), junto con el/los plano/s que corresponda. 2 - Certificado de conformidad de los equipos para su registro, cumplimentado por empresa de venta y asistencia técnica autorizada - EVAT (según modelo normalizado 31CERX, de acuerdo con el anexo II del RD 1085/2009, de 3 de julio, que figura como impreso asociado a este trámite y también está disponible en el trámite telemático). 3 - Certificado de conformidad de la instalación para su registro, cumplimentado por servicio o unidad técnica de protección radiológica (según modelo normalizado 31CEUTPR, de acuerdo con el anexo III del RD 1085/2009, de 3 de julio, que está disponible en el trámite telemático y también como impreso asociado a este trámite). 4 - Acreditación (diploma) emitida por el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) de la persona que dirija la instalación, en relación a sus conocimientos, adiestramiento y experiencia en materia de protección radiológica. 3º. Justificante del pago de la TASA correspondiente. En el paso 4-Pagar del trámite telemático debe, bien pagarse la tasa, tras lo cual se genera e incorpora automáticamente el justificante de su pago, o bien anexarse el justificante del pago si éste se ha efectuado previamente a realizar el trámite telemático. B) En caso de MODIFICACIÓN de una instalación ya existente, debe presentarse: 1º. DECLARACIÓN responsable de la persona titular de la instalación para la inscripción de su modificación en el Registro, según modelo normalizado en FORMULARIO WEB específico disponible en el paso 2-Rellenar del trámite TELEMÁTICO, debidamente cumplimentada y firmada digitalmente. Esa declaración telemática consta de los siguientes FORMULARIOS WEB, todos ellos de cumplimentación y firma obligatorias: - FORMULARIO DE DATOS GENERALES - DECLARACIÓN DE LA PERSONA TITULAR PARA EL REGISTRO - DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO 2º. En el paso 3-Documentar del trámite telemático debe: - Anexarse una u otra documentación según el supuesto de modificación de que se trate - Y tener en cuenta que, si se realizan simultáneamente varios tipos de modificación, deben anexarse todos los documentos correspondientes a cada uno de ellos. B.1. En caso de ALTA de equipos o de generadores de una instalación: 1 - Proyecto y planos de las salas o vehículos (que pueden aportarse en un único documento, o bien en varios documentos). * Nota: debe presentarse su descripción según modelo normalizado RXPRDAT (de acuerdo con el anexo I.b. del RD 1085/2009, de 3 de julio, disponible como impreso asociado a este trámite y también en el trámite telemático), junto con el/los plano/s que corresponda. 2 - Certificado de conformidad de los equipos para su registro, cumplimentado por empresa de venta y asistencia técnica autorizada - EVAT (según modelo normalizado 31CERX, de acuerdo con el anexo II del RD 1085/2009, de 3 de julio, que figura como impreso asociado a este trámite y también está disponible en el trámite telemático). 3 - Certificado de conformidad de la instalación para su registro, cumplimentado por servicio o unidad técnica de protección radiológica (según modelo normalizado 31CEUTPR, de acuerdo con el anexo III del RD 1085/2009, de 3 de julio, que está disponible en el trámite telemático y también como impreso asociado a este trámite). B.2. Si es una BAJA de equipos o de generadores de una instalación: - Certificado de conformidad de los equipos para su registro, cumplimentado por empresa de venta y asistencia técnica autorizada - EVAT (según modelo normalizado 31CERX, de acuerdo con el anexo II del RD 1085/2009, de 3 de julio, que figura como impreso asociado a este trámite y también está disponible en el trámite telemático). B.3. Si se trata de CAMBIO DE UBICACIÓN de equipos o generadores DENTRO de la MISMA INSTALACIÓN (es decir, de modificación en la disposición general de la instalación): 1 - Proyecto y planos de las salas o vehículos (que pueden aportarse en un único documento, o bien en varios documentos). * Nota: debe presentarse su descripción según modelo normalizado RXPRDAT (de acuerdo con el anexo I.b. del RD 1085/2009, de 3 de julio, disponible como impreso asociado a este trámite y también en el trámite telemático), junto con el/los plano/s que corresponda. 2 - Certificado de conformidad de los equipos para su registro, cumplimentado por empresa de venta y asistencia técnica autorizada - EVAT (según modelo normalizado 31CERX, de acuerdo con el anexo II del RD 1085/2009, de 3 de julio, que figura como impreso asociado a este trámite y también está disponible en el trámite telemático). 3 - Certificado de conformidad de la instalación para su registro, cumplimentado por servicio o unidad técnica de protección radiológica (según modelo normalizado 31CEUTPR, de acuerdo con el anexo III del RD 1085/2009, de 3 de julio, que está disponible en el trámite telemático y también como impreso asociado a este trámite). B.4. En caso de ALTA de tubos adicionales en equipos: 1 - Proyecto y planos de las salas o vehículos (que pueden aportarse en un único documento, o bien en varios documentos). * Nota: debe presentarse su descripción según modelo normalizado RXPRDAT (de acuerdo con el anexo I.b. del RD 1085/2009, de 3 de julio, disponible como impreso asociado a este trámite y también en el trámite telemático), junto con el/los plano/s que corresponda. 2 - Certificado de conformidad de los equipos para su registro, cumplimentado por empresa de venta y asistencia técnica autorizada - EVAT (según modelo normalizado 31CERX, de acuerdo con el anexo II del RD 1085/2009, de 3 de julio, que figura como impreso asociado a este trámite y también está disponible en el trámite telemático). 3 - Certificado de conformidad de la instalación para su registro, cumplimentado por servicio o unidad técnica de protección radiológica (según modelo normalizado 31CEUTPR, de acuerdo con el anexo III del RD 1085/2009, de 3 de julio, que está disponible en el trámite telemático y también como impreso asociado a este trámite). B.5. Si es una BAJA de tubos adicionales en equipos: - Certificado de conformidad de los equipos para su registro, cumplimentado por empresa de venta y asistencia técnica autorizada - EVAT (según modelo normalizado 31CERX, de acuerdo con el anexo II del RD 1085/2009, de 3 de julio, que figura como impreso asociado a este trámite y también está disponible en el trámite telemático). 3º. Justificante del pago de la TASA correspondiente. En el paso 4-Pagar del trámite telemático debe, bien pagarse la tasa, tras lo cual se genera e incorpora automáticamente el justificante de su pago, o bien anexarse el justificante del pago si éste se ha efectuado previamente a realizar el trámite telemático. C) En caso de TRASLADO de la instalación (cambio de ubicación), debe presentarse: 1º. La DECLARACIÓN responsable de la persona titular de la instalación para la inscripción del traslado en el Registro, según modelo normalizado en FORMULARIO WEB específico disponible en el paso 2-Rellenar del trámite TELEMÁTICO, debidamente cumplimentada y firmada digitalmente. Esa declaración telemática consta de los siguientes FORMULARIOS WEB, todos ellos de cumplimentación y firma obligatorias: - FORMULARIO DE DATOS GENERALES - DECLARACIÓN DE LA PERSONA TITULAR PARA EL REGISTRO - DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO 2º. En el paso 3-Documentar del trámite telemático debe anexarse la siguiente documentación obligatoria: 1 - Proyecto y planos de las salas o vehículos (que pueden aportarse en un único documento, o bien en varios documentos). * Nota: debe presentarse su descripción según modelo normalizado RXPRDAT (de acuerdo con el anexo I.b. del RD 1085/2009, de 3 de julio, disponible como impreso asociado a este trámite y también en el trámite telemático), junto con el/los plano/s que corresponda. 2 - Certificado de conformidad de los equipos trasladados para su registro, cumplimentado por empresa de venta y asistencia técnica autorizada - EVAT (según modelo normalizado 31CERX, de acuerdo con el anexo II del RD 1085/2009, de 3 de julio, que figura como impreso asociado a este trámite y también está disponible en el trámite telemático). 3 - Certificado de conformidad de la instalación para su registro, cumplimentado por servicio o unidad técnica de protección radiológica (según modelo normalizado 31CEUTPR, de acuerdo con el anexo III del RD 1085/2009, de 3 de julio, que está disponible en el trámite telemático y también como impreso asociado a este trámite). 3º. Justificante del pago de la TASA correspondiente. En el paso 4-Pagar del trámite telemático debe, bien pagarse la tasa, tras lo cual se genera e incorpora automáticamente el justificante de su pago, o bien anexarse el justificante del pago si éste se ha efectuado previamente a realizar el trámite telemático. D) En caso de CAMBIO DE TITULARIDAD de una instalación únicamente debe: 1º. Cumplimentarse y firmarse digitalmente la DECLARACIÓN responsable de la nueva persona titular de la instalación para su inscripción en el Registro, según modelo normalizado en FORMULARIO WEB específico disponible en el paso 2-Rellenar del trámite TELEMÁTICO. Esa declaración telemática consta de los siguientes FORMULARIOS WEB, todos ellos de cumplimentación y firma obligatorias: - FORMULARIO DE DATOS GENERALES - TRÁMITE DE CAMBIO DE TITULARIDAD 2º. Y en el paso 4-Pagar del trámite telemático, debe, bien pagarse la tasa, tras lo cual se genera e incorpora automáticamente el justificante de su pago, o bien anexarse el justificante del pago si éste se ha efectuado previamente a realizar el trámite telemático. E) En caso de BAJA DE INSTALACIÓN (NOTIFICACIÓN DE CESE DE ACTIVIDADES), debe presentarse: 1º. La DECLARACIÓN responsable de la persona titular de la instalación para la inscripción de su baja en el Registro, según modelo normalizado en FORMULARIO WEB específico disponible en el paso 2-Rellenar del trámite TELEMÁTICO, debidamente cumplimentada y firmada digitalmente. Esa declaración telemática consta de los siguientes FORMULARIOS WEB, todos ellos de cumplimentación y firma obligatorias: - FORMULARIO DE DATOS GENERALES - FORMULARIO DE BAJA 2º. En el paso 3-Documentar del trámite telemático debe anexarse la siguiente documentación obligatoria: - Certificado de conformidad de los equipos para su registro, cumplimentado por empresa de venta y asistencia técnica autorizada - EVAT (según modelo normalizado 31CERX, de acuerdo con el anexo II del RD 1085/2009, de 3 de julio, que figura como impreso asociado a este trámite y también está disponible en el trámite telemático). * IMPORTANTE: en los supuestos de BAJA de una INSTALACIÓN de rayos X con fines de diagnóstico médico NO ha de pagarse ninguna TASA. F) Si se solicita DUPLICADO DE COMUNICACIÓN de la INSCRIPCIÓN de una instalación, únicamente debe: 1º. Cumplimentarse y firmarse digitalmente la SOLICITUD de duplicado, según modelo normalizado en FORMULARIO WEB específico disponible en el paso 2-Rellenar del trámite TELEMÁTICO. Esa solicitud telemática consta de los siguientes FORMULARIOS WEB, todos ellos de cumplimentación y firma obligatorias: - FORMULARIO DE DATOS GENERALES - FORMULARIO DE DUPLICADO 2º. Y en el paso 4-Pagar del trámite telemático, pagar la TASA, tras lo cual se genera e incorpora automáticamente el justificante de su pago.

Fee or payment

Fee or payment

Tasas 2024: Equipos e instalaciones de rayos X: 4.6 - Inscripción en el Registro: 38,31 euros cada inscripción 1.3 - Cambio de titularidad: 30,67 euros 4.10 - Expedición de duplicados de documentos oficiales: 10,50 euros cada uno * IMPORTANTE: A) NO ha de pagarse ninguna TASA: - Ni en los supuestos de BAJA de una INSTALACIÓN de rayos X con fines de diagnóstico médico. - Ni cuando la titular de la instalación sea la propia Generalitat Valenciana. B) INFORMACIÓN PARA LA AUTOLIQUIDACIÓN Y PAGO DE LA TASA B.1. En caso de ALTA, MODIFICACIÓN, TRASLADO, CAMBIO DE TITULARIDAD o BAJA de una instalación de rayos X con fines de diagnóstico médico: > En el paso 4-Pagar del trámite telemático debe: - Bien pagarse la tasa, tras lo cual se genera e incorpora automáticamente el justificante de su pago. - O bien anexarse el justificante del pago si éste se ha efectuado previamente a realizar el trámite telemático. > Para facilitar el pago de la tasa se proporciona la siguiente información: 1º. Tras pulsar en el enlace que se indica más abajo o en el disponible en el paso 4-Pagar del trámite telemático, debe dirigirse al apartado "9800 - Tasa por actividades industriales", pulsar sobre "Confección en línea y descarga del modelo" y, en la pantalla siguiente, seleccionar el tipo de tasa y la tasa que correspondan en cada caso. 2º. En este caso concreto, para la confección en línea y descarga del modelo 9800 - Tasa por actividades industriales, necesario para el pago de la tasa correspondiente, debe realizarse la selección que corresponda a lo que se solicita en los desplegables existentes en el formulario web de generación de dicho modelo 9800, es decir: a) En caso de ALTA (nueva instalación), o de MODIFICACIÓN, o de TRASLADO de una instalación de rayos X con fines de diagnóstico médico: - En Tipo tasa: 4.- EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS Y DOCUMENTOS - En Tasa: INSCRIPCIÓN REGISTROS ESPECIALES b) En caso de CAMBIO DE TITULARIDAD de una instalación de rayos X con fines de diagnóstico médico: - En Tipo tasa: 1.- AUTORIZACIÓN DE INSTALACIONES - En Tasa: CAMBIOS DE TITULARIDAD QUE NO REQUIERAN AUTORIZACIÓN PREVIA 3º. Si precisa ayuda, acceda a la información sobre "Pasos para correcta obtención de los modelos 046" y sobre "Acceso al Pago Telemático y al Buzón electrónico" disponible en el enlace que se indica más abajo. B.2. En caso de SOLICITUD de DUPLICADO DE LA COMUNICACIÓN de la INSCRIPCIÓN en Registro de una instalación de rayos X con fines de diagnóstico médico: En el paso 4-Pagar del trámite telemático debe pagarse la tasa, tras lo cual se genera e incorpora automáticamente el justificante de su pago.

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Telematics
1. De conformidad con la Orden 14/2022, de 5 de diciembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio i Trabajo y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presentación de la solicitud y la restante documentación requerida debe realizarse OBLIGATORIAMENTE por medios electrónicos MEDIANTE EL TRÁMITE TELEMÁTICO de este trámite. 2. Para esa presentación telemática, la persona (física o jurídica) deberá disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre estos sistemas se admiten: - El DNIe (DNI electrónico), los certificados emitidos por la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y los certificados de persona jurídica, empleado público o persona física emitidos por la ACCV (Autoritat de Certificació de la C.Valenciana). - El sistema Clave-firma del Estado únicamente para las personas físicas (por tanto, quedan excluidas las personas jurídicas: empresas, ayuntamientos, entidades). - Y, en general, todos los aceptados por la Plataforma @firma Más información en: https://sede.gva.es/es/sistemes-d-identificacio-i-signatura-acceptat 3. Para realizar trámites POR VÍA TELEMÁTICA ante la Administración de la Generalitat Valenciana actuando en representación de otra persona (física o jurídica) sin utilizar un certificado electrónico de representante, la persona representada debe inscribir previamente esa representación en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del ESTADO, cuya respectiva información está disponible en el apartado "Información básica > Enlaces" de este trámite. Sin esa inscripción previa, además de no quedar acreditada su representación, no se recibirá nada en la Carpeta Ciudadana de la persona presentadora. 4. Haciendo clic en SOLICITUD PRESENTACIÓN AUTENTICADA (en color rojo más abajo y también al inicio de este trámite), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar y firmar digitalmente el formulario web de datos generales, anexar la solicitud y la documentación que proceda aportar en cada caso (cumplimentada y firmada digitalmente), pagar la tasa que proceda y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro, que posteriormente estará también disponible en su Carpeta Ciudadana (ver apartado "Información básica > Enlaces"). * NOTA: consulte la Guía explicativa del trámite telemático, disponible en el apartado "Formularios y Documentación". 5. Respecto a la DOCUMENTACIÓN A ANEXAR: - Es recomendable que reúna todos los documentos a anexar y los cumplimente, firme y guarde electrónicamente en su ordenador, de modo que posteriormente pueda incorporarlos en el paso correspondiente del trámite telemático. - IMPORTANTE: todos los documentos certificados o firmados que se presenten telemáticamente deberán ser enviados en formato PDF y tendrán que incorporar las FIRMAS DIGITALES de la/s persona/s o entidad/es que lo/s suscriba/n. - En este trámite de la Guía Prop (además de en el propio trámite telemático): * En el apartado denominado "Solicitud > Documentación" aparece el listado de documentos a presentar. * Y en su subapartado "Impresos Asociados" y en el apartado "Formularios" existen modelos normalizados y rellenables de algunos de esos documentos. Si existe modelo normalizado, el documento debe presentarse en él y si no existe, debe ser creado o recabado por la persona declarante para poderlos adjuntar a su declaración telemática. - En el trámite telemático se indica el tamaño máximo permitido de los documentos a anexar y sus posibles formatos o extensiones (pdf, doc, odt, xls, ods, zip, etc.). Compruébelo antes de anexarlos. 6. Dispone de MÁS INFORMACIÓN sobre la tramitación telemática en: https://sede.gva.es/es/preguntesfrequents Si sigue necesitando ayuda, comuníquelo a: - Para consultas sobre el contenido del trámite: según lo indicado en el apartado "Información y registro" de la página web de la Conselleria (ver apartado "Información básica > Enlaces" de este trámite) - Para incidencias informáticas: rellenando el FORMULARIO DE PROBLEMAS TÉCNICOS (ver apartado "Enlaces" de este trámite)

Processing process

Processing process

A) En caso de ALTA (nueva instalación), MODIFICACIÓN, TRASLADO, CAMBIO DE TITULARIDAD o BAJA, de una instalación de rayos X con fines de diagnóstico médico: 1. La persona titular de la instalación PRESENTARÁ TELEMÁTICAMENTE, ante el Servicio Territorial competente en materia de Energía de la provincia de la Comunitat Valenciana donde esté ubicada la instalación, la DECLARACIÓN RESPONSABLE para su inscripción en el Registro [previa a su puesta en funcionamiento, en caso de alta, modificación o traslado, o en el plazo de 30 días desde que se produzca su cambio de titularidad o el cese de sus actividades (baja)]. Esta declaración abrirá: - Un expediente administrativo RXINAL en caso de tratarse de un supuesto de ALTA. - Un expediente administrativo RXINAR si se ha realizado una declaración de MODIFICACIÓN. - Un expediente administrativo RXINTR en el supuesto de un TRASLADO. - Un expediente administrativo RXINCT si es un CAMBIO DE TITULARIDAD. - Un expediente administrativo RXINBA en caso de BAJA de la instalación. El código o número de expediente abierto se incluirá en el correo electrónico que recibirá la persona declarante tras presentar su declaración telemática. 2. Revisadas por el Servicio Territorial competente la declaración y la documentación presentadas, pueden ocurrir dos cosas: a) Comprobado que son correctas y completas, el Servicio Territorial competente: - Procederá a realizar la inscripción que corresponda en cada caso (alta, modificación, traslado, cambio de titularidad o baja) en el Registro Especial de Equipos e Instalaciones de Rayos X con fines de diagnóstico médico de la Comunitat Valenciana y a comunicarla al Ministerio competente en materia de Industria para su correlativa inscripción en el Registro Central de instalaciones de rayos X de diagnóstico médico. - Y, en el plazo de un mes, enviará comunicación telemática de esa inscripción a la persona titular de la instalación (que la recibirá en su Carpeta Ciudadana), donde constará el número de registro de dicha instalación. b) Si la declaración y/o la documentación presentadas NO son correctas y completas, el Servicio Territorial realizará un requerimiento a la persona declarante para que la/s subsane. La subsanación también debe realizarse por vía telemática, utilizando el trámite de esta Guía Prop denominado "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).". (Ver enlace directo en los apartados "Enlaces" y "Procedimientos relacionados" del presente trámite). Tras ello: - Si la persona declarante aporta la documentación correcta y completa, se procede según se ha descrito en el punto a) anterior. - Si la persona declarante NO aporta la documentación correcta o es incompleta (es decir, no realiza la subsanación requerida), transcurrido el plazo correspondiente se dicta resolución declarando que no se ha verificado la declaración y no procede la inscripción de la instalación en el Registro y se notifica telemáticamente a la persona titular de la instalación (que la recibirá en su Carpeta Ciudadana) y al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN). En este caso, la persona titular de la instalación no inscrita estará obligada a retornar los equipos a quien se los suministró, quedando en caso contrario sujeto a las consecuencias reguladas en el capítulo VI del RD 1085/2009, de 3 de julio. * IMPORTANTE: - La persona titular de la instalación de rayos X con fines de diagnóstico médico NO podrá ponerla en servicio hasta que se le comunique la inscripción de la misma en los citados Registros. - La Conselleria competente en materia de Energía de la Generalitat Valenciana remitirá al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) mensualmente copias de las declaraciones inscritas en el mes precedente y también dará acceso a ellas a la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE). - Todas las actualizaciones en los registros de la misma instalación se realizarán sin modificar el número registral de la instalación. B) En caso de SOLICITUD de DUPLICADO DE LA COMUNICACIÓN de la INSCRIPCIÓN en el Registro de una instalación de rayos X con fines de diagnóstico médico: 1. La persona titular de la instalación PRESENTARÁ TELEMÁTICAMENTE, ante el Servicio Territorial competente en materia de Energía de la provincia de la Comunitat Valenciana donde esté ubicada la instalación, la SOLICITUD de duplicado de la comunicación de la inscripción de la instalación en el Registro, que abrirá un expediente administrativo RXDUPL. 2. Recibida la solicitud en el Servicio Territorial competente, éste procederá a emitir el duplicado solicitado y lo enviará telemáticamente a la persona titular de la instalación (que la recibirá en su Carpeta Ciudadana).

Deadline

Deadline

El plazo máximo para tramitar y resolver los expedientes será de seis meses a contar desde la fecha de presentación de la declaración y su documentación. Transcurridos seis meses sin que se comunique la inscripción, los expedientes se entenderán desestimados.

Silence effect

Silence effect

Dismissal

Exhausts administrative life

Exhausts administrative life

Yes

Sanctions

Sanctions

Las que establece la Ley 12/1992, de 16 de julio, de Industria, y los reglamentos correspondientes.

What is it and what is it for?

What is it and what is for

Cualquier APORTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN (incluida la SUBSANACIÓN) AL EXPEDIENTE deberá realizarse utilizando el trámite telemático de "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).". (Ver enlace directo a ese trámite en los subapartados "Enlaces" y "Procedimientos relacionados" del apartado "Información básica" del presente trámite).