Departament Detail

Dirección General de Fondos Europeos y Sector Público

DIR3 A10017688
46003 - València
Telephone: 961207161
dgpfe@gva.es
Website: hisenda.gva.es
Range: Dirección general
Functions:
  • Ejerce las competencias establecidas en el artículo 70 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y las demás previstas en el ordenamiento jurídico, en materia de coordinación de financiación europea, control y coordinación de ayudas europeas a la Generalitat, promoción del desarrollo regional en el marco de políticas regionales de la Unión Europea, fondos europeos, así como su verificación y control, y el conocimiento, seguimiento y control de la participación de la Generalitat y su sector público instrumental en proyectos europeos, y análisis, planificación, ordenación, seguimiento y evaluación para la reestructuración y racionalización del sector público instrumental de la Generalitat, excepto los organismos autónomos y los consorcios sanitarios, así como seguimiento y control de estas actuaciones.
  • Asimismo, le corresponde dirigir y coordinar las unidades administrativas que se adscriben bajo su dependencia, impulsando y coordinando la consecución de los programas y la ejecución de los proyectos que tengan asignados, controlando y supervisando el cumplimiento de los objetivos.
  • Bajo la coordinación, control y supervisión de la persona titular de la Secretaría Autonómica de Economía, y adscrita a la misma, la Dirección General de Fondos Europeos y Sector Público, ejerce, entre otras, las siguientes competencias.
  • En materia de Fondos Europeos:
  • a) Planificar, aplicar y evaluar la política regional que acuerde el Consell en el marco establecido por la Unión Europea, la Administración general del Estado y el propio de la Generalitat, así como el que se desprenda de los acuerdos y convenios que se alcancen con otras administraciones y entidades públicas o privadas.
  • b) Preparar y presentar los proyectos de inversión susceptibles de ser cofinanciados con fondos europeos.
  • c) Conocer, difundir, planificar y realizar el seguimiento de los fondos estructurales de la Unión Europea gestionados por los centros directivos de la Generalitat, incluyendo los correspondientes a la cooperación territorial europea.
  • d) Definir y gestionar los programas de incentivos regionales y autonómicos a la inversión.
  • e) Definir y gestionar el Programa de desarrollo local.
  • f) Dirigir el programa «Eurodisea», de la Asamblea de Regiones de Europa, como miembro del comité de dirección del mismo, y su gestión.
  • g) Planificar la participación de la Generalitat en el Fondo Social Europeo y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en su calidad de organismo intermedio de los programas operativos, así como la gestión de una parte de la misma.
  • h) Dirigir y controlar las ayudas públicas concedidas por la Generalitat, en el marco de la política de competencia de la Unión Europea.
  • i) Conocer, estudiar y coordinar las distintas fuentes de financiación comunitarias a través de la presencia y participación en las correspondientes comisiones delegadas u otras estructuras, y su difusión a los distintos órganos gestores de la Generalitat.
  • j) Autorizar y realizar el seguimiento de la participación de la Generalitat Valenciana en iniciativas y proyectos europeos de gestión directa, indirecta y compartida con financiación europea, a través de su notificación a esta dirección general.
  • En materia de sector público:
  • a) Impulsar la elaboración de estudios y propuestas de actuación en orden a la planificación y ordenación en materia de reestructuración y racionalización del sector público instrumental, así como su seguimiento y evaluación.
  • b) Resolver los expedientes y emitir los informes preceptivos que, de acuerdo con la normativa vigente, correspondan a la conselleria competente en materia de sector público.
  • c) Impulsar la elaboración de normativa, propuestas de ordenación y reglamentación del sector público instrumental.
  • d) Hacer el seguimiento de la evolución del sector público en el inventario de entes de la comunidad autónoma, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Intervención General.
  • e) Analizar, evaluar y hacer el seguimiento de la situación económica-financiera, presupuestaria y de gestión del sector público instrumental y elaborar propuestas en esta materia.
  • f) Emitir el informe preceptivo sobre las propuestas de relación de puestos de trabajo o instrumento similar y sus modificaciones, elaboradas por los entes del sector público instrumental que estén dentro de su ámbito competencial o, excepcionalmente, por los organismos autónomos que cuenten con personal laboral propio. Definir los procedimientos e instrucciones para la elaboración de dichas relaciones de puestos de trabajo.
  • g) Coordinar la actuación administrativa con otros niveles de la Administración de la Generalitat en materia de regulación y supervisión del sector público.
Department manager: MARÍA DEL MAR GONZÁLEZ BARRANCO