Details of Procedure

Ayudas al almacenamiento privado de carne de porcino por el sistema de ayuda fijada por anticipado.

Code SIA : 2860977
Code GUC : 22444
Department: Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca
Deadline for application: OPEN from 25-03-2022
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Basic information

What is it and what is it for?

What is it and what is it for?

Facilitar a los agentes económicos la presentación y tramitación de las solicitudes de ayuda al almacenamiento privado de carne fresca o refrigerada de porcino.

Requirements

Requirements

- Los agentes económicos deberán estar registrados a efectos del IVA en la Unión Europea, según lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 2 del Reglamento Delegado (UE) 2016/1238. - Los agentes económicos deberán estar al corriente del pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como de sus obligaciones por reintegro de subvenciones - No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos agentes económicos en que concurra alguna de las circunstancias a las que hace referencia el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. La ayuda sólo se concederá para carne de porcino fresca o refrigerada, que aún no haya sido almacenada, que vaya a almacenarse congelada y que pertenezca a una de las siguientes categorías: ·ex 0203 11 10: Categoría 1. Medias canales, presentadas sin pata delantera, rabo, riñón, diafragma ni médula espinal Canales enteras de animales hasta 20 kg ·ex 0203 11 11: Categoría 2. Jamones ·ex 0203 12 19: Categoría 2. Paletas ·ex 0203 19 11: Categoría 2. Partes delanteras ·ex 0203 19 13: Categoría 2. Chuleteros, con o sin aguja, o agujas solas, chuleteros con o sin cadera ·ex 0203 19 55: Categoría 3. Jamones, paletas, partes delanteras, chuleteros con o sin aguja o agujas solas, chuleteros con o sin cadera deshuesados ·ex 0203 19 15: Categoría 4. Panceta entera o cortada en forma rectangular ·ex 0203 19 55: Categoría 5. Panceta entera o cortada en forma rectangular, sin la corteza ni las costillas ·ex 0203 19 55: Categoría 6. Trozos de despiece correspondientes a los "centros", con o sin la corteza o tocino deshuesados ·ex 0209 10 11: Categoría 7. Tocino de cerdo (solo grasa), con o sin la corteza. La cantidad mínima admisible por la que se puede presentar una solicitud de ayuda al almacenamiento privado es de 10 toneladas para los productos deshuesados y de 15 toneladas para los demás productos. Los periodos de almacenamiento contractual se fijan en 60, 90,120, 150 días. Cada solicitud se referirá a una única categoría de producto y para un único periodo de almacenamiento. Se podrán presentar cuantas solicitudes de ayuda consideren oportunas. Importe de la garantía será el 20% del importe total de ayuda que se solicite.

Who can apply?

Who can apply?

Aquellos agentes económicos que presenten solicitudes ante las autoridades competentes de las comunidades autónomas donde radique el almacén frigorífico en el que se vayan a almacenar los productos.

Regulations of the procedure

Regulations of the procedure

  • REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2016/1238 DE LA COMISIÓN de 18 de mayo de 2016 que completa el Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a la intervención pública y la ayuda para el almacenamiento privado.
  • REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1240 DE LA COMISIÓN de 18 de mayo de 2016 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a la intervención pública y a la ayuda para el almacenamiento privado.
  • REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) n 908/2014 de la Comisión, de 6 de agosto de 2014 , por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en relación con los organismos pagadores y otros organismos, la gestión financiera, la liquidación de cuentas, las normas relativas a los controles, las garantías y la transparencia
  • REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2022/470 DE LA COMISIÓN de 23 de marzo de 2022 por el que se concede una ayuda al almacenamiento privado de carne de porcino y se fija por anticipado el importe de la ayuda.
  • Circular de coordinación de FEGA nº 5/2022 "Ayudas al almacenamiento privado de carne de porcino por el sistema de ayuda fijada por anticipado. Reglamento Delegado (UE) 2016/1238, reglamento de Ejecución (UE) 2016/1240 y Reglamento de Ejecución (UE) 2022/470"

Doubts about telematic processing

Doubts about telematic processing

Doubts about the procedure

Computer problems

Term

Term

Del 25 de marzo de 2022 hasta el 29 de abril de 2022. Con carácter general, una vez presentadas, las ofertas, licitaciones o solicitudes no podrán modificarse ni retirarse. No obstante, los agentes económicos a los que se aplique porcentaje único de reducción de las cantidades podrán retirar sus solicitudes en un plazo de diez días hábiles a partir de la fecha de entrada en vigor de la decisión por la que se fije el porcentaje de reducción. Tampoco será posible la transferencia entre agentes económicos de los derechos y obligaciones derivados de la aceptación de la solicitud.

Documentation and forms

- Solicitud de ayuda - Identificación del solicitante: En el caso de personas jurídicas, copia del NIF, cuando no se autorice su consulta al órgano gestor, así como documentanción acreditativa del representante, en su caso, y poderes de representación, en caso de oponerse a su consulta por parte del órgano gestor. - Justificante del depósito de la Garantía (Aval o Depósito en metálico) - Acreditación de estar al corriente del pago de sus obligaciones tributarias, estatales y autonómicas, en caso de no autorizar la consulta de estos datos al órgano gestor. - Acreditación de estar al corriente del pago de sus obligaciones con la Seguridad Social, en el caso de oponerse a que el órgano gestor obtenga directamente esta información. - Documento de domiciliación bancaria, solo en los casos en los que no figuren dados de alta en el Registro de Terceros de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria.

Presentation

Presentation

Face-to-face
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. Y, preferentemente, en:
Telematics
Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como las personas solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía, presentarán las solicitudes telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat en la dirección de Internet sede.gva.es/es/proc22444 Para acceder de forma telemática al procedimiento, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado cualificado de representante de entidad (si es persona jurídica) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (si es persona física), ambos emitidos por la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana (ACCV). Asimismo, se podrá utilizar cualquier otro sistema de firma electrónica admitido por la sede electrónica de la Generalitat (sede.gva.es/es/sede_certificados). Cuando se quiera tramitar un procedimiento en representación de otras personas físicas o jurídicas, se podrá otorgar dicha representación a través del Registro de Representantes de la ACCV (https://www.accv.es/servicios/registro-de-representantes/). El acceso a dicho registro por parte de los representados puede realizarse utilizando un certificado cualificado de ciudadano (si es persona física) o de representante de entidad (si es persona jurídica). Los documentos que se anexen al trámite telemático, cuando proceda, deberán ir firmados electrónicamente por quienes sean competentes para ello Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo al área personal de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación" (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).

Processing process

Processing process

Los agentes económicos que quieran participar en el régimen de ayuda para el almacenamiento privado deberán presentar una solicitud de ayuda que ira referida a una única categoría de producto, según Anexo III de la Circular de coordinación del FEGA "Ayudas al almacenamiento privado de carne de porcino por el sistema de ayuda fijada por anticipado", y para un único periodo de almacenamiento ante la unidad gestora de la Dirección Territorial de la Conselleria donde se ubique el almacén frigorífico donde se realice el almacenamiento. Los agentes económicos interesados en participar en el régimen de ayuda podrán presentar cuantas solicitudes de ayuda consideren oportunas. Dicha solicitud se acompañará de una garantía, por cada solicitud de ayuda que se solicite (número de toneladas x importe unitario según periodo y categoría x 20%), de conformidad con lo establecido en el artículo 4, apartado (b) del Reglamento Delegado (UE) 2016/1238. La cantidad mínima admisible para cada solicitud será de 10 t para los productos deshuesados y de 15 t para el resto de los productos de carne de porcino. Los periodos de almacenamiento contractual se fijan en 60, 90, 120 o 150 días. Sin embargo, la Comisión se reserva la posibilidad de aplicar el procedimiento previsto en el 229 del Reglamento (UE) 1308/2013, si así lo considera y acortar el plazo de los contratos con el ajuste de la ayuda correspondiente. Las decisiones sobre la aceptación de una solicitud admisible serán notificadas por el Organismo Pagador al agente económico el octavo día hábil siguiente a la fecha de recepción de la misma. Con carácter general, una vez presentadas, las solicitudes no podrán modificarse ni retirarse. No obstante los agentes económicos a los que se aplique un porcentaje único de reducción de las cantidades, podrán retirar sus solicitudes en un plazo de diez días hábiles a partir de la fecha de entrada en vigor de la decisión por la que se fije el porcentaje de reducción. La unidad gestora de la provincia correspondiente registrará las solicitudes de ayuda y las cantidades correspondientes el día de su recepción y lo comunicará al Servicio de control y apoyo técnico de la Dirección General de Política Agraria Común. Admisibilidad de los productos por los que se solicita la ayuda Los productos por los que se solicita ayuda deberán ser de calidad sana, cabal, y comercial. Además, los productos deberán cumplir los requisitos establecidos en el Anexo VI del Reglamento Delegado 2016/1238 donde se establecen los "Requisitos de calidad aplicables a la ayuda para el almacenamiento privado" y en concreto las especificaciones aplicables a la carne de porcino. Constitución y presentación de la garantía La garantía que acompaña a la solicitud de ayuda podrá constituirse mediante las formas establecidas en el artículo 51 del Reglamento de Ejecución (UE) 908/2014, entre las que se encuentran: - Depósito en metálico. - Presentando un garante. En caso de ingreso en metálico éste debe hacerse ante la AVFGA, la cuenta de ingreso es una cuenta a nombre de esta AVFGA en Cajamar IBAN ES21 3058 2359 6827 3810 0033. En caso de presentar un AVAL o Seguro de Caución, los documentos de constitución de la garantía deberán recoger unos requisitos mínimos tanto sobre los garantizados (OOPP) y los garantes (agente económico), como sobre el contenido formal de las propias garantías. En el texto del modelo de constitución de la garantía deberán indicarse las obligaciones asumidas por el agente económico, concretándose lo siguiente: - Categoría de producto. - Cantidad, en toneladas con 3 decimales, del producto que se avala. - Compromiso de mantener almacenado el producto durante el período contractual, respetando las obligaciones adquiridas. - Autoridad ante la que se presenta y a favor de quien se constituye, que en ambos casos será el órgano competente de la comunidad autónoma. - Importe garantizado, y que vaya referido al 20% del importe total de ayuda solicitado. El justificante del ingreso, o el escrito de aval/ seguro de caución, deberá presentarse en el Registro de Avales en la Dirección territorial de la Conselleria de Agricultura de la provincia correspondiente. La garantía se liberará en los siguientes casos: - Cuando una solicitud de ayuda sea inadmisible o no haya sido aceptada. - Cuando se hayan cumplido las obligaciones contractuales. La garantía se ejecutará cuando: - La solicitud de ayuda se retire por motivos distintos de la fijación de un coeficiente de asignación. - La solicitud de ayuda se modifique tras su presentación. - Entren en almacén menos del 95 % de las cantidades especificadas en la solicitud en las condiciones previstas en el artículo 52, apartado 1, letra a), del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1240. - La cantidad conservada en almacén durante el periodo de almacenamiento sea inferior al 97% de la cantidad contractual. - No se cumpla el plazo para la entrada de los productos en almacén establecido en el artículo 47, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1240. - Los controles previstos demuestren que los productos almacenados no se ajustan a los requisitos de calidad para la admisibilidad del producto. Información relativa al lugar de almacenamiento La ayuda sólo se concederá para las cantidades de carne fresca o refrigerada de porcino que aún no hayan sido almacenadas de modo que el agente económico deberá notificar al Organismo Pagador el calendario para la entrada de los productos en almacenamiento, el nombre y la dirección del lugar de almacenamiento y ubicación de los lotes con las cantidades correspondientes. La notificación al Organismo Pagador se realizará al menos cinco días hábiles antes del inicio de la entrada de los lotes en almacén. Los Organismos pagadores podrán aceptar un plazo inferior a los 5 días hábiles. Los productos se almacenarán en los 28 días naturales siguientes a la notificación de la adjudicación de la solicitud al agente económico mencionado en el punto anterior, en los almacenes frigoríficos identificados en la notificación de información relativa al lugar de almacenamiento. La entrada en almacén comenzará, para cada lote individual que forme parte de una solicitud, el día en que se comprueba el peso neto de la carne fresca, bien en el lugar de almacenamiento de esta carne fresa si la carne se congela allí, o bien en el lugar de congelación si después va a llevarse al almacén frigorífico, siempre bajo el control de la autoridad competente que asuma el control de dicho lote. La entrada en almacén se considerará finalizada el día en el que el último lote individual de la cantidad cubierta por la solicitud entre en el almacén, y el inicio del periodo de almacenamiento contractual comenzará el día siguiente a esta fecha de finalización.

Observations

Observations

Recurso de reposición.

Amount and charge

Amount and charge

La ayuda se pagará por la cantidad contractual si la cantidad almacenada representa al menos el 97 % de la cantidad contratada, a condición de que la cantidad contractual se refiera a la carne fresca que entró en el almacén. No se pagará ayuda alguna, salvo casos de fuerza mayor, si el porcentaje es menor que el contemplado en el párrafo anterior. Los importes de ayuda para el almacenamiento se han fijado por anticipado para cada uno de los periodos de almacenamiento y categorías: - Categoría 1: . 60 días:270 EUR/tonelada . 90 días: 286 EUR/tonelada . 120 días: 301 EUR/tonelada . 150 días: 317 EUR/tonelada - Categoría 2: . 60 días: 326 EUR/tonelada . 90 días: 341 EUR/tonelada . 120 días: 357 EUR/tonelada . 150 días: 372 EUR/tonelada - Categoría 3: . 60 días: 377 EUR/tonelada . 90 días: 392 EUR/tonelada . 120 días: 407 EUR/tonelada . 150 días: 423 EUR/tonelada - Categoría 4: . 60 días: 282 EUR/tonelada . 90 días: 297 EUR/tonelada . 120 días: 313 EUR/tonelada . 150 días: 327 EUR/tonelada - Categoría 5: . 60 días: 348 EUR/tonelada . 90 días: 361 EUR/tonelada . 120 días: 375 EUR/tonelada . 150 días: 389 EUR/tonelada - Categoría 6: . 60 días: 279 EUR/tonelada . 90 días: 293 EUR/tonelada . 120 días: 306 EUR/tonelada . 150 días: 320 EUR/tonelada - Categoría 7: . 60 días: 157 EUR/tonelada . 90 días: 168 EUR/tonelada . 120 días: 180 EUR/tonelada . 150 días: 190 EUR/tonelada Pago de la ayuda: Para el pago de la ayuda el interesado deberá presentar una solicitud de pago, ante el Organismo Pagador correspondiente, a más tardar en un plazo de tres meses, calculados a partir del último día del almacenamiento contractual. El pago de la ayuda será efectuado por los Organismos Pagadores en los 120 días siguientes a la fecha de presentación de la solicitud de pago. Siempre que se hayan cumplido las obligaciones contractuales y se haya efectuado el control al término del periodo de almacenamiento contractual

Deadline

Deadline

- Si una solicitud es inadmisible, se informará al titular (agente económico) de que se trate en un plazo de tres días hábiles a partir de la recepción de la solicitud. - Si la solicitud es admisible, su aceptación será notificada al titular (agente económico) el octavo día hábil siguiente a la fecha de recepción de la misma. No obstante, la Comisión puede decidir: - suspender la aplicación del régimen durante un máximo de cinco días hábiles y no admitir las solicitudes presentadas durante dicho período; - fijar un porcentaje único de reducción de las cantidades a que se refieran las solicitudes, sujeto a la observancia de la cantidad contractual mínima, según proceda; - desestimar las solicitudes presentadas antes del período de suspensión, cuya decisión de aceptación hubiera debido tomarse durante el período de suspensión. Con carácter general una vez presentadas, las ofertas, licitaciones o solicitudes no podrán modificarse ni retirarse. No obstante, los agentes económicos a los que se aplique porcentaje único de reducción de las cantidades podrán retirar sus solicitudes en un plazo de diez días hábiles a partir de la fecha de entrada en vigor de la decisión por la que se fije el porcentaje de reducción.

Exhausts administrative life

Exhausts administrative life

Yes

Sanctions

Sanctions

Si el Organismo Pagador comprobara que se ha producido una irregularidad que no pueda achacarse a un caso de fuerza mayor o error manifiesto, se estará a lo dispuesto en el artículo 62 del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1240 en materia de sanciones y medidas administrativas.