Ayudas al desarrollo y aplicación de proyectos de I+D+i en materia medioambiental de adaptación, mitigación del cambio climático y transición ecológica en la Comunitat Valenciana, y convocatoria correspondiente al ejercicio presupuestario 2022 - GVA.ES
Ayudas al desarrollo y aplicación de proyectos de I+D+i en materia medioambiental de adaptación, mitigación del cambio climático y transición ecológica en la Comunitat Valenciana, y convocatoria correspondiente al ejercicio presupuestario 2022
What is
Orden de bases y convocatoria para el ejercicio 2022 de subvenciones destinadas al desarrollo y aplicación de proyectos de I+D+i en materia medioambiental de adaptación, mitigación del cambio climático y transición ecológica en la Comunitat Valenciana.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
- Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, y a los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la...
- Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
- Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
- Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
- Ley 1/2022, de 13 de abril, de la Generalitat, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana.
- Marco sobre Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo e Innovación (2014/C 198/01)
- Orden 11/2022, de 15 de julio, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas al desarrollo y aplicación de proyectos de I+D+i en materia medioambiental de adaptación,...
- Extracto de la de Orden 11/2022, de 15 de julio, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas al desarrollo y aplicación de proyectos de I+D+i en materia medioambiental...
- Resolución de 18 de noviembre de 2022, de la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se modifica la fecha límite de presentación de solicitudes de pago de las ayudas convocadas por la Orden 11/2022, de 15 de julio, de 2022, de la...
Who is it addressed to
a) Universidades de la Comunitat Valenciana, de titularidad pública y privada, con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
b) Centros de investigación de la Comunitat Valenciana, incluyendo centros tecnológicos, organismos públicos de investigación, institutos de investigación y los organismos de transferencia tecnológica, todos ellos de naturaleza pública, cuyo principal objetivo sea realizar de manera independiente, investigación fundamental, investigación industrial, desarrollo experimental y de transmisión de tecnología, y que además, todos los beneficios de esa actividad se reinviertan en la divulgación de sus resultados y en la enseñanza, siempre que estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal o un centro de trabajo en la Comunitat Valenciana.
c) Parques científicos con personalidad jurídica propia participada por una universidad de la Comunitat Valenciana, siempre que estén válidamente constituidos y tengan domicilio fiscal o un centro de trabajo en la Comunitat Valenciana.
1.- Condiciones generales
a) Aquellas establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones.
b) Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat Valenciana, así como las obligaciones ante la Seguridad Social, así como estar al corriente en el cumplimiento de su obligación de rendición de cuentas anuales ante la Sindicatura de Comptes, en el caso de que estén obligados a ello.
c) No tener ninguna deuda por reintegro contraída con administraciones públicas ni con las entidades que integran el sector público instrumental, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
2.- Condiciones particulares respecto a las personas investigadoras principales y miembros del grupo de investigación del proyecto.
a) Las personas investigadoras principales deberán tener formalizada su vinculación con la entidad beneficiaria en una categoría profesional que requiera ser doctor/a, de tipo funcionarial, estatutaria o laboral, y estar en servicio activo.
b) El resto de los miembros del grupo de investigación deberán ser personal investigador doctor/a o de la titulación universitaria de licenciatura, ingeniería, arquitectura o grado, que tenga formalizada con un centro de investigación su vinculación funcionarial, estatutaria o laboral y estar en servicio activo.
c) Ningún miembro del grupo, incluyendo al investigador principal, podrá formar parte de más de un grupo de investigación que solicite esta ayuda.
d) La entidad beneficiaria será la responsable de verificar el cumplimiento de las condiciones de titulación, vinculación, compatibilidad, dedicación y cualquier otro requisito exigido al personal investigador participante, debiendo comunicar cualquier variación en las mismas en un plazo de 10 días a partir de aquel en que se produzca el cambio.
How to process
1. Se considerarán efectivamente presentadas aquellas solicitudes firmadas y registradas dentro de plazo que incluyan tanto el formulario como la información y todos los documentos determinados en la convocatoria como parte integrante de la misma.
2. Las entidades interesadas que reúnan las condiciones previstas en la base segunda de la presente Orden presentarán la solicitud a través del modelo normalizado que se publicará en la guía PROP de la Generalitat, a través del siguiente enlace: sede.gva.es/es/proc22520
3. Respecto a la presentación de las solicitudes, y en lo relativo a la obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración, se estará a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común y el artículo 3.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, debiendo cumplir las entidades solicitantes con los siguientes requisitos:
a) Las entidades solicitantes, dado que en todo caso son personas jurídicas y, por tanto, están obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, presentarán las solicitudes telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat.
b) La persona que ostente la representación legal de la entidad solicitante será quien deba firmar y registrar electrónicamente la solicitud, después de hacerse cargo de los documentos que le haya entregado la persona investigadora principal o personas investigadoras principales con las firmas originales del personal investigador, de manera que pueda completar la presentación de la solicitud mediante su firma electrónica.
c) Los documentos que se anexen a los trámites telemáticos deberán ir firmados electrónicamente por las personas que, según el tipo de documento, proceda.
1. Las solicitudes serán evaluadas según los siguientes criterios y baremo:
a) Trayectoria de la persona investigadora principal o personas investigadoras principales y resto de miembros del grupo de investigación (40 %).
a.1) Hasta 20 puntos: relevancia de la persona investigadora principal o personas investigadoras principales. En el caso de haber más de una persona investigadora principal se tendrá en cuenta la puntuación de la persona investigadora principal que obtenga mayor puntuación en este apartado de manera global. Para la evaluación de este criterio de valoración se aplicará el siguiente baremo:
a.1.1) Hasta 10 puntos: producción científica, participación en grupos de investigación internacionales, ponencias en congresos internacionales.
a.1.2) Hasta 10 puntos: dirección de trabajos fin de máster, dirección de tesis doctorales, proyectos de investigación y autoría de patentes o modelos de utilidad.
a.2) Hasta 20 puntos: trayectoria investigadora del resto de miembros del grupo. Para la evaluación de este criterio de valoración se aplicará el siguiente baremo:
a.2.1) Hasta 5 puntos: producción científica del grupo investigador, a estos efectos se tendrá en cuenta aquella producción científica que se haya publicado dentro de los últimos 5 años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana.
a.2.2) Hasta 5 puntos: participación en grupos de investigación internacionales dentro de los últimos 5 años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana.
a.2.3) Hasta 4 puntos: ponencias en congresos internacionales, dirección de trabajos fin de máster, y dirección de tesis doctorales dentro de los últimos 5 años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana.
a.2.4) Hasta 6 puntos: participación en proyectos de investigación y autoría de patentes modelos de utilidad de los miembros del grupo dentro de los últimos 5 años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana
b) Coherencia de la composición del grupo con relación al proyecto a desarrollar y su encuadramiento en el área o áreas de investigación referidas en la base tercera de esta Orden: hasta 10 puntos (10%).
b.1) Hasta 5 puntos por multidisciplinariedad.
b.2) Hasta 5 puntos: por la trayectoria previa del grupo de investigación en el área o áreas de investigación referidas en la base tercera de esta Orden, y en la que se encuadra el proyecto.
C) Objetivos, impactos, metodología, plan de trabajo y diseño del proyecto de I+D+i, (40 %). Para la evaluación de este criterio de valoración se aplicará el siguiente baremo:
c.1) Hasta 20 puntos: objetivos, impactos esperados y metodología del proyecto en relación con la temática del mismo y expresados en la memoria que debe acompañar a la solicitud.
c.1.1) Hasta 5 puntos: adecuación de los objetivos planteados.
c.1.2) Hasta 10 puntos: valoración de los impactos esperados.
c.1.3) Hasta 5 puntos: metodología.
c.2) Hasta 20 puntos: plan de trabajo y diseño de investigación.
c.2.1) Hasta 15 puntos: concreción, desarrollo y adecuación del plan de trabajo para la consecución de los objetivos del proyecto, y que se concretará en la memoria que debe acompañará a la solicitud.
c.2.2) Hasta 5 puntos: diseño de investigación de acuerdo con la memoria que debe acompañar a la solicitud.
d) Adecuación del presupuesto a las actividades previstas (10%).
2. Se concederán 5 puntos adicionales en el caso de proyectos de investigación, desarrollo o innovación que tengan como objeto, actuar en dos o más de las áreas contempladas en la base tercera de la presente Orden.
3. Se concederá una puntuación adicional de 3 puntos, a aquellas solicitudes donde al menos una de las personas investigadoras principales sea mujer y se concederán 3 puntos adicionales cuando alguna persona investigadora principal sea menor de 35 años, con independencia del número de personas investigadoras principales del proyecto que sean mujeres o menores de 35 años, de manera que también en estos casos se obtendrá una puntuación de 3 puntos. No obstante, en el caso de que una misma persona investigadora reúna la condición de ser mujer y menor de 35 años se asignarán 6 puntos.
Forms
- SOLICITUD DE AYUDAS AL DESARROLLO Y APLICACIÓN DE PROYECTOS DE I+D+i EN MATERIA MEDIOAMBIENTAL DE ADAPTACIÓN, MITIGACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA EN LA COMUNITAT VALENCIANA, Y CONVOCATORIA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO PRESUPUESTARIO 2022
- MEMORIA
- MODELO DE DOMICILIACIÓN BANCARIA
- SOLICITUD DE PAGO DE AYUDAS
- MEMORIA ECONÓMICA JUSTIFICATIVA
- ACEPTACIÓN AYUDAS
Request
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. (DOGV nº 9389, de 22.07.2022)
1. A la solicitud de ayuda se adjuntará la siguiente documentación: a) Acreditación de la personalidad jurídica del solicitante, de la identidad y capacitación de su representante y de su objeto social. b) Memoria científico-técnica descriptiva del proyecto de investigación, desarrollo e...
Forms
- SOLICITUD DE AYUDAS AL DESARROLLO Y APLICACIÓN DE PROYECTOS DE I+D+i EN MATERIA MEDIOAMBIENTAL DE ADAPTACIÓN, MITIGACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA EN LA COMUNITAT VALENCIANA, Y CONVOCATORIA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO PRESUPUESTARIO 2022
- MEMORIA
- MODELO DE DOMICILIACIÓN BANCARIA
- SOLICITUD DE PAGO DE AYUDAS
- MEMORIA ECONÓMICA JUSTIFICATIVA
- ACEPTACIÓN AYUDAS
- Sistemas de identificación y firma aceptados
- El trámite para dar de alta una nueva cuenta bancaria, modificarla o darla de baja se puede realizar telemáticamente, consulte: PROPER. Procedimiento para tramitar las altas, modificaciones y bajas de las domiciliaciones bancarias (Domiciliación bancaria). Trámite automatizado:
- Simulación de Tramitación Telemática en la Generalitat Valenciana (Cl@ve-firma)
- Sistemas de verificación de firma
- Ver Marco sobre Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo e Innovacion
Resolution
El plazo máximo para resolver las solicitudes presentadas y para la concesión de las subvenciones que se establecen en la presente orden será de seis meses a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
1. El presupuesto financiable se establecerá en función del coste total de la actividad financiada. La cuantía individualizada de cada ayuda se determinará atendiendo al presupuesto financiable real de la actuación. 2. Las ayudas podrán financiar hasta el 100 % de los gastos de la actuación...
1. Las entidades beneficiarias están sujetas a las obligaciones generales derivadas de la normativa vigente, tanto europea como nacional sobre ayudas o subvenciones públicas y, en particular, a las que hace referencia el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones....
Contra la resolución de ayudas que se dicte, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó la resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,...
- Resolución de 7 de diciembre de 2022, del director general de Transición Ecológica, de la concesión de ayudas al desarrollo y aplicación de proyectos de I+D+i en materia medioambiental de adaptación, mitigación del cambio climático y transición ecológica en la Comunitat Valenciana, y convocatoria...
- Resolución del director general de Transición Ecológica, por la cual se aprueba el Plan de Control aplicable durante el procedimiento de concesión y comprobación de la justificación de subvenciones otorgadas dentro de la orden 11/2022, de 15 de julio de 2022, de la Conselleria de Agricultura,...
- Corrección de errores de la resolución del director general de Transición Ecológica, por la cual se aprueba , el Plan de Control aplicable durante el procedimiento de concesión y comprobación de la justificación de subvenciones otorgadas dentro de la Orden 11/2022, de 15 de julio de 2022, de la...
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