Details of Procedure

Premios de la Generalitat de la fase autonómica del Concurso Escolar 2023-2024 CONSUMÓPOLIS 19: Súmate a la energía responsable. Consumo

Code SIA : 211180
Code GUC : 2912
Department: Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Deadline for application: CLOSE
(22-03-2024
15-04-2024)
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Basic information

What is it and what is it for?

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Promover la educación de las personas consumidoras en los centros educativos de la Comunitat Valenciana es una de las prioridades de la Generalitat, con el objetivo de que el alumnado desarrolle capacidades y hábitos críticos y responsables con relación al consumo. Por este motivo, para el curso 2023-2024 la Comunitat Valenciana ha decidido participar en la organización del concurso escolar Consumópolis19: "Súmate a la energía responsable", promovido por el Ministerio de Consumo, a través de la Dirección General Consumo. Concretamente, de conformidad con sus bases reguladoras, la Comunitat Valenciana tramita en su ámbito territorial la convocatoria de los premios autonómicos de este concurso. El objetivo de este concurso escolar es sensibilizar a los/las jóvenes escolares de la importancia que tiene realizar los actos de consumo de forma consciente, crítica, solidaria, responsable y sostenible.

Observations

Observations

A) DATOS DE CONTACTO para CONSULTAS A.1 - Para CONSULTAS sobre el CONTENIDO de este trámite: . Correo electrónico: consumef@gva.es . Teléfono: 961209457 A.2 - Para incidencias INFORMÁTICAS (solo errores o problemas de carácter informático) - Dispone de una lista de preguntas frecuentes sobre tramitación telemática en la Generalitat Valenciana en: https://sede.gva.es/es/preguntes-frequents - Si pese a ello sigue necesitando ayuda informática, puede enviar su duda, problema o consulta rellenando el FORMULARIO DE PROBLEMAS TÉCNICOS (ver enlace directo a él disponible en el apartado "Enlaces" de este trámite). * IMPORTANTE: se trata de un correo exclusivamente para atender incidencias informáticas, no para otro tipo de cuestiones o problemas. B) Más información en el sitio web de Consumópolis y en el apartado "Educación / Concurso escolar Consumópolis" del área de Consumo de la página web de la Conselleria competente en esa materia (ver enlaces directos en el apartado "Enlaces" del presente trámite). C) Reconocimiento de horas de formación Al profesorado coordinador de los equipos en esta convocatoria se le podrá reconocer hasta 30 horas de formación por el Servicio de Registro y Acreditación Docente, de acuerdo con la información certificada en el acta de participación final enviada por la Dirección General competente en materia de Consumo, en aplicación de la Orden 65/2012, de 26 de octubre, de la Conselleria de Educación, Formación y Ocupación, sobre el modelo de formación permanente del profesorado y el diseño, reconocimiento y registro de las actividades formativas (DOGV núm. 6893, de 31.10.2012) y de la Orden 54/2014, de 1 de julio, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula la acreditación y valoración de las actividades de formación permanente y otras actividades para la mejora de la calidad de la enseñanza que realicen los funcionarios docentes que imparten enseñanzas no universitarias de la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 7309, de 03.07.2014).

Requirements

Requirements

Para poder participar en la fase autonómica del concurso los equipos antes indicados deben reunir los siguientes REQUISITOS: 1.º) Estar inscritos en tiempo y forma por el/la docente coordinador/a directamente en el sitio web de Consumópolis https://consumopolis.consumo.gob.es/ 2.º) Haber realizado las dos partes de que consta el concurso dentro del período comprendido entre el 2 de octubre de 2023 y el 2 de abril de 2024: - En la PRIMERA PARTE del concurso (desde el 2-10-2023 hasta el 18-03-2024, ambos inclusive), todos los integrantes del equipo deben completar el recorrido por la ciudad de Consumópolis en el referido sitio web, en la forma detallada en las instrucciones generales de participación del concurso allí disponibles. - En la SEGUNDA PARTE del concurso, los/las cinco integrantes del equipo deben diseñar, elaborar y presentar un trabajo consistente en la realización de un video musical que incluya letra y coreografía relacionadas con el lema del concurso cuyo objetivo sea fomentar entre los escolares hábitos de consumo basados en la sostenibilidad y el ahorro energético, y cuyas características específicas se detallan en las instrucciones generales de participación en el mismo. Ese trabajo en formato electrónico se subirá al espacio virtual* habilitado a tal efecto en el sitio web de Consumópolis, al que podrá accederse desde el 2 de octubre de 2023 hasta el 2 de abril de 2024 ambos inclusive, y desde el cual ha de descargarse, a continuación: - tanto la ficha virtual identificativa del trabajo presentado - como el documento de autorización para la participación en el video de los representantes legales del alumnado menor de catorce años o, en su caso, del propio alumnado cuando sea mayor de 14 años. * Sólo se reservará un espacio virtual por equipo. 3.º) Remitir, en tiempo y forma, a la Dirección General competente en materia de Consumo de la Generalitat Valenciana, la ficha virtual del trabajo y las autorizaciones de participación de cada alumno/a debidamente firmadas. En concreto, esa ficha y esas autorizaciones han de presentarse, junto con la solicitud de participación y la restante documentación exigida para participar en el concurso, mediante el trámite telemático del presente trámite de la Guía Prop y en el plazo fijado en la Resolución de convocatoria de la fase autonómica del concurso. La falta de esta autorización será causa de descalificación del trabajo. El coordinador del equipo comprobará el cumplimiento de este requisito.

Who can apply?

Who can apply?

Sólo podrán optar a los premios de la Generalitat de la fase autonómica del concurso y acceder a la fase nacional del mismo, los EQUIPOS de los CENTROS EDUCATIVOS, públicos, concertados o privados de la COMUNITAT VALENCIANA que reúnan los requisitos que se indican a continuación en el apartado "REQUISITOS". Los equipos estarán divididos en tres niveles de participación: - Nivel 1: quinto y sexto cursos de Educación Primaria. - Nivel 2: primer y segundo cursos de Educación Secundaria Obligatoria. - Nivel 3: tercer y cuarto cursos de Educación Secundaria Obligatoria o Formación Profesional Básica. Cada equipo ha de estar formado por cinco participantes, matriculados en alguno de los cursos del correspondiente nivel de participación, con la coordinación de UN/A DOCENTE del centro educativo. Cada docente podrá coordinar más de un equipo, pero cada concursante solo podrá inscribirse en un equipo. No existe límite para el número de equipos que se pueden formar en cada centro educativo.

Doubts about telematic processing

Doubts about telematic processing

Doubts about the procedure

Computer problems

Term

Term

El plazo para la presentación de las solicitudes de participación en la fase autonómica del concurso comenzará el día 22 de MARZO de 2024 y finalizará el día 15 de ABRIL de 2024, ambos incluidos (de acuerdo con la Resolución de convocatoria publicada en el DOGV núm. 9813, de 21/03/2024).

Documentation and forms

Para participar en la fase autonómica del concurso los equipos han de: 1. Cumplimentar el FORMULARIO WEB de SOLICITUD GENERAL DE SUBVENCIÓN disponible en el trámite telemático, firmado por el/la docente que coordine el equipo 2. Y anexar en el paso DOCUMENTAR del trámite telemático la siguiente DOCUMENTACIÓN: a) SOLICITUD de PARTICIPACIÓN en CONSUMÓPOLIS (según modelo normalizado denominado CONSUMOP, que figura como impreso asociado a este trámite y está también disponible en el trámite telemático): - En la que han de figurar los datos del centro educativo, el nivel en el que el equipo participa, el nombre del equipo y el listado de los/las cinco concursantes que componen el equipo, con indicación respecto de cada uno de ellos/as de su fecha de nacimiento y curso en el que está matriculado/a. - Ha de ser suscrita mediante firma electrónica POR EL/LA DOCENTE que coordine el equipo, con indicación de su cargo o especialidad y sus funciones. - Y solo puede presentarse una solicitud por cada equipo escolar participante. b) AUTORIZACIONES EXPRESAS FIRMADAS, de conformidad con el Decreto 165/2010, de 8 de octubre del Consell, por el que se establecen medidas de simplificación y de reducción de cargas administrativas en los procedimientos gestionados por la Administración de la Generalitat y su sector público, para que la Conselleria competente en materia de Consumo compruebe los datos de identidad, así como la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales (Agencia Estatal de Administración Tributaria - AEAT) y autonómicas (Agencia Tributaria Valenciana - ATV) y frente a la Seguridad Social (Tesorería General de la Seguridad Social - TGSS), del PERSONAL DOCENTE COORDINADOR de cada uno de los equipos participantes Y DE LOS/LAS REPRESENTANTES LEGALES DE LOS CONCURSANTES. Esta autorización ha de cumplimentarse ,según modelo denominado AUDATSUBV (que figura como impreso asociado a este trámite y está también disponible en el trámite telemático), tanto por el PERSONAL DOCENTE COORDINADOR de cada uno de los equipos participantes como por los/las REPRESENTANTES LEGALES DE LOS/LAS CONCURSANTES. Debe presentarse un impreso AUDATSUBV por cada uno de los sujetos obligados indicados. Sólo una de ellas se podrá anexar en el epígrafe correspondiente y el resto se aportará necesariamente a través del epígrafe OTROS DOCUMENTOS, del paso documentar del trámite telemático No obstante: - Si de la comprobación efectuada resultase alguna discordancia con los datos facilitados por el personal docente coordinador o los representante legales de los concursantes, el órgano instructor estará facultado para realizar las actuaciones procedentes para aclararla. - Si el personal docente coordinador o los representante legales de los concursantes deniegan su consentimiento, deberán aportar la documentación acreditativa de todos los datos exigidos. c) FICHA VIRTUAL DE TRABAJO (descargada del espacio virtual habilitado para subir ese trabajo en el sitio web de Consumópolis). d) AUTORIZACIONES DE PARTICIPACIÓN FIRMADAS por las personas representantes legales de cada uno de los alumnos menores de catorce años, o por cada alumno de 14 o más años de edad, integrantes del equipo que participen en el vídeo a presentar como trabajo en este concurso escolar (Sólo una de ellas se podrá anexar en el epígrafe correspondiente y el resto se aportará necesariamente a través del epígrafe OTROS DOCUMENTOS, del PASO documentar del trámite telemático). * Importante: - Debe presentarse una autorización para cada alumno/a miembro del equipo. - Estas autorizaciones han de descargarse del mismo espacio virtual habilitado en el sitio web de Consumópolis desde donde se descarga la ficha virtual del trabajo y, al igual que ella, también deben presentarse después, junto con la solicitud de participación en este concurso, ante la Dirección General competente en materia de Consumo de la Generalitat Valenciana. - La falta de esta autorización será causa de descalificación del trabajo. El coordinador del equipo comprobará el cumplimiento de este requisito.

Presentation

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Telematics
1. La presentación telemática de la solicitud y de la documentación requerida se realizará MEDIANTE EL TRÁMITE TELEMÁTICO, cuyo enlace directo acaba de indicarse. 2. Para esa presentación telemática debe disponerse de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre estos sistemas se admiten: - El DNIe (DNI electrónico), los certificados emitidos por la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y los certificados de persona jurídica, empleado público o persona física emitidos por la ACCV (Autoritat de Certificació C.Valenciana). - El sistema clave-firma del Estado únicamente para las personas físicas (por tanto, quedan excluidas las personas jurídicas: empresas, ayuntamientos, entidades....). - Y, en general, todos aquellos aceptados por la Plataforma @firma Más información en: https://sede.gva.es/es/sede_certificados 3. Para realizar trámites por vía telemática ante la Administración de la Generalitat Valenciana actuando en representación de otra persona (física o jurídica), ésta debe inscribir previamente esa representación en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del Estado, cuya respectiva información está disponible en el apartado "Procedimientos relacionados y Enlaces"; de este trámite. Sin esa inscripción previa, además de no quedar acreditada su representación, no se recibirá nada en la Carpeta Ciudadana de la persona presentadora. 4. Clickando en el enlace SOLICITUD_Presentación autenticada (en color rojo al inicio de este trámite), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web, anexar la solicitud y demás documentación cumplimentada y firmada digitalmente que deba aportar y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro, que posteriormente estará también disponible, junto al número de expediente abierto, en su Carpeta Ciudadana (ver enlace). 5. Respecto a los DOCUMENTOS A ANEXAR: - Es recomendable que, en primer lugar, los reúna todos y los cumplimente, firme y guarde electrónicamente en su ordenador, de modo que posteriormente pueda incorporarlos en el paso correspondiente del trámite telemático. - IMPORTANTE: todos los documentos certificados o firmados que se presenten telemáticamente deberán ser enviados en formato PDF y tendrán que incorporar las FIRMAS DIGITALES de la/s persona/s o entidad/es que lo/s suscriban. - En este trámite de la Guía Prop: * En el apartado denominado "FORMULARIOS aparece el listado de documentos a presentar. * Y en el apartado FORMULARIOS Y DOCUMENTACIÓN(además de en el propio trámite telemático) existen modelos normalizados y rellenables de todos o algunos de esos documentos. Si existe modelo normalizado, el documento debe presentarse en él, y si no existe, debe ser creado o recabado por la persona solicitante para poderlo adjuntar a su solicitud telemática. - En el trámite telemático se indica el tamaño máximo permitido de los documentos a anexar y sus posibles formatos o extensiones (pdf, doc, odt, xls, ods, zip, etc.). Compruébelos antes de anexar los documentos. 6. Dispone de MÁS INFORMACIÓN sobre la tramitación telemática en: https://sede.gva.es/es/preguntes-frequents

Processing process

Processing process

1. PRESENTACIÓN DE FORMA TELEMÁTICA de la solicitud de participación y de la restante documentación requerida ante la Dirección General competente en materia de Consumo de la Generalitat Valenciana. La presentación de la solicitud de participación en el concurso supone la aceptación expresa de todas las bases de la convocatoria. 2. SUBSANACIÓN - Cuando la solicitud no reúna los requisitos señalados en la legislación vigente de procedimiento administrativo común, o no se acompañe de la documentación exigida en la convocatoria, se requerirá a la persona solicitante para que el plazo de 10 días subsane la falta o aporte los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición. - La subsanación o aportación de documentación requerida debe realizarse también por vía TELEMÁTICA a través del trámite de esta Guía Prop denominado "Aportación de documentación a un expediente abierto de ayudas de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, cuyo enlace directo está disponible en el apartado "Procedimientos relacionados" de este trámite, o bien a través de la pestaña de SUBSANACIÓN_Presentación autenticada existente en el trámite telemático. 3. JURADO Un jurado constituido según lo dispuesto en el resuelvo décimo de la Resolución de convocatoria: - Comprobará en la plataforma virtual de Consumópolis las puntuaciones obtenidas por los equipos participantes y valorará el trabajo en equipo conforme a los criterios establecidos en el apartado noveno de la Resolución de convocatoria. - Tendrá facultades para resolver todas las dudas que aparezcan en la interpretación de la convocatoria y de las bases del concurso. - Podrá declarar desiertos algunos de los premios. 4. RESOLUCIÓN: - El jurado elevará su decisión a la persona titular de la Conselleria competente en materia de Consumo, quién resolverá el otorgamiento de los premios. - La resolución se notificará a las personas interesadas en los términos previstos en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. - El plazo máximo para resolver y notificar la resolución a quien gane el concurso será de TRES MESES desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado la resolución, se entenderá que la persona solicitante no está entre las ganadoras del concurso. - Los premios concedidos serán publicados en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de los mismos.

Assessment criteria

Assessment criteria

Para la SELECCIÓN de los equipos con derecho a premio, el jurado tendrá en cuenta los criterios establecidos en el apartado noveno de la Resolución de convocatoria.

Observations

Observations

Contra la resolución de otorgamiento de los premios, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, de conformidad con lo previsto en los artículos 10 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso- administrativa.

Amount and charge

Amount and charge

1. Los equipos seleccionados en la fase autonómica del concurso obtendrán los siguientes premios: a) Un primer premio de 900,00 euros y la participación en la fase nacional del concurso, para el equipo que obtenga más puntos en cada uno de los niveles de participación. b) Un segundo premio de 500,00 euros, para el equipo que quede en segundo lugar en puntos obtenidos en cada uno de los niveles de participación. c) Un tercer premio de 300,00 euros, para el equipo que quede en tercer lugar en puntos obtenidos en cada uno de los niveles de participación. 2. Se establecen tres premios especiales de 300,00 euros cada uno para el personal docente que coordine un mayor número de equipos en cada uno de los niveles de participación y que al menos, uno de estos equipos haya sido finalista en este nivel. Cada docente coordinador/a solo podrá obtener uno de estos premios especiales. En el supuesto de que se produzca un empate entre varios docentes, se otorgarán los premios a aquellos cuyos equipos sumen un número más grande de puntos en total. Si persiste el empate, se prorrateará el premio entre los docentes que continúan empatados. 3. Todas y todos los participantes que completen el recorrido por la ciudad virtual de Consumópolis obtendrán un diploma acreditativo de su participación en el concurso y que podrán descargar del sitio web del concurso. 4. El jurado podrá declarar desiertos algunos de los premios.

Deadline

Deadline

El plazo máximo para resolver y notificar a los ganadores del concurso será de TRES MESES desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado la resolución, se entenderá que la persona solicitante no está entre las ganadoras del concurso.

Resolution bodies

Resolution bodies

Silence effect

Silence effect

Dismissal

Appeal proceeding against the resolution

Appeal proceeding against the resolution

Optional replacement

Exhausts administrative life

Exhausts administrative life

Yes

What is it and what is it for?

What is it and what is for

- Cuando la solicitud no reúna los requisitos exigidos, o no se acompañe la documentación que resulte exigible o se considere necesaria para resolver, se requerirá a la entidad solicitante para que, subsane la falta o acompañe los documentos requeridos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente. - Los requerimientos se regirán por lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. - La notificación electrónica de los actos administrativos producirá efectos jurídicos al ser dicha vía obligatoria para las personas jurídicas.

Term

Term

PLAZO: 10 días hábiles CÓMPUTO DEL PLAZO: Los plazos expresados en días se contarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo (art. 30.3 Ley 39/2015, de 1 de octubre).

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