Instalaciones eléctricas de BAJA TENSIÓN que requieran MEMORIA TÉCNICA DE DISEÑO: Alta, modificación /ampliación, baja y cambio de titularidad. Industria - GVA.ES
Instalaciones eléctricas de BAJA TENSIÓN que requieran MEMORIA TÉCNICA DE DISEÑO: Alta, modificación /ampliación, baja y cambio de titularidad. Industria
Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Qué es
Dar de alta las nuevas instalaciones eléctricas de baja tensión que requieran memoria técnica de diseño, así como sus modificaciones, baja y cambio de titularidad.
En este trámite quedan incluidos los siguientes tipos de instalaciones :
- Instalaciones eléctricas de baja tensión que requieran memoria técnica de diseño.
- Instalaciones de EDIFICIOS DE VIVIENDAS con una potencia instalada menor o igual a 100 kW, y viviendas (o locales no LPC) individuales de potencia instalada menor o igual a 50 kW
- Instalaciones eléctricas de baja tensión TEMPORALES para ALUMBRADOS FESTIVOS Y NAVIDEÑOS que requieran memoria técnica de diseño (Potencia instalada inferior o igual a 50 kW)
- Instalaciones eléctricas de baja tensión para AUXILIARES DE OBRAS sin proyecto (Potencia instalada inferior o igual a 50 kW)
- Instalaciones eléctricas de baja tensión de ALUMBRADO EXTERIOR que requieran memoria técnica de diseño (Potencia instalada inferior o igual a 5 kW)
- Instalación de generación de energía eléctrica FOTOVOLTAICAS AISLADAS en baja tensión de potencia instalada inferior o igual a 10 kW. Otras instalaciones generadoras de baja tensión de potencia instalada inferior o igual a 10 kW.
- Instalaciones eléctricas de baja tensión para SUMINISTRO PROVISIONAL con el que efectuar las mediciones y pruebas reglamentarias de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior. El suministro provisional SÓLO se podrá obtener para una potencia a contratar inferior o igual a 5 kW.
NOTA:
En el supuesto de INSTALACIONES DE AUTOCONSUMO en baja tensión (potencia instalada inferior o igual 10 kW), se deberá tramitar a través del siguiente procedimiento (VER procedimientos relacionados):
- Comunicación de puesta en servicio de instalaciones de generación de energía eléctrica de baja tensión destinadas a AUTOCONSUMO (fotovoltaicas, etc.) de potencia instalada INFERIOR O IGUAL A 10 KW y, si procede, la inscripción de los consumidores asociados a dichas instalaciones en el Registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica: Alta y modificación. Energía.
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18168&version=amp
INSTALACIONES DE EDIFICIOS DE VIVIENDAS O LOCALES (NO LPC) EN TRAMITACIÓN COLECTIVA O INDIVIDUAL:
A) Para la tramitación COLECTIVA de instalaciones de EDIFICIOS DE VIVIENDAS CON UNA POTENCIA INSTALADA MENOR O IGUAL A 100 kW se deberá selecciona en el formulario web TIPO DE INSTALACIÓN la opción de "edificio de viviendas/oficinas/locales comercial no LPC" y a continuación cumplimentar el fomulario web CERTINS V_ CERTIFICADO de instalaciones eléctricas en BT para un edificio de viviendas, disponible en el trámite telemático, generándose un único certificado de la empresa instaladora de BT con la totalidad de las viviendas (o locales en planta), servicios generales, servicios generales ininterrumpidos, etc.
B) Para la tramitación INDIVIDUAL de un alta (o modificación) de una vivienda (o local no LPC) ubicada en un edificio, se deberá seleccionar en el formulario web TIPO DE INSTALACIÓN la opción de "instalación receptora específica y a continuación cumplimentar el formulario web CERTINS E_ CERTIFICADO de instalaciones eléctricas en BT para una instalación receptora específica, disponible en el trámite telemático, generándose el certificado de la empresa instaladora de BT únicamente de esa vivienda o local.
También se debe realizar esta selección de instalación y cumplimentación del formulario web CERTINS E para la tramitación de la instalación eléctrica de una VIVIENDA UNIFAMILIAR (AISLADA) con una potencia instalada menor o igual a 50 kW.
CASO ESPECÍFICO DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO EXTERIOR
Se entiende por instalaciones de alumbrado exterior las siguientes:
- Las instalaciones a las que se refiere la ITC-BT 09
- Las de fuentes, objeto de la ITC-BT 31
- Las de alumbrados festivos y navideños, contempladas en la ITC-BT 34
EL REAL DECRETO 1890/2008 SE APLICARÁ A LAS SIGUIENTES INSTALACIONES DE ALUMBRADO EXTERIOR:
- A las nuevas instalaciones, a sus modificaciones y ampliaciones
- A las instalaciones existentes antes de su entrada en vigor, que sean objeto de modificaciones de importancia y a sus ampliaciones, entiendo por modificación de importancia aquella que afecte a más del 50% de la potencia o luminarias instaladas.
INSTALACIONES DE ALUMBRADO EXTERIORES QUE TIENEN UNA POTENCIA INSTALADA SUPERIOR A 5 kW:
Requieren siempre proyecto e inspección inicial por organismo de control, tanto si se trata de las únicas instalaciones de baja tensión, como si están incluidas en otra instalación de baja tensión que sólo requiera proyecto pero no inspección inicial por organismo de control (artículo 10 del RD 1890/2008).
LAS INSTALACIONES TEMPORALES DE ILUMINACIÓN EN LAS CALLES (FIESTAS DE FALLAS, MAGDALENA, SAN JUAN, NAVIDAD, ETC.):
- Cuando la potencia NO supere los 50 kW llevarán MEMORIA TÉCNICA DE DISEÑO y se tramitarán por su trámite específico.
- Cuando la potencia SÍ supere los 50 kW, requerirán PROYECTO, el cual deberá ser redactado y firmado por técnico/a titulado/a competente.
- Este tipo de instalaciones, según lo indicado en la Instrucción 1/2010, de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación, de 01 de marzo de 2010, quedan exentas de la inspección inicial por Organismo de Control Habilitado prevista en el punto 2.1., y de mediciones establecidas en el punto 2.2, ambos de la ITC-EA-05 del Reglamento de Eficiencia Energética de Alumbrados Exteriores. Tampoco le son de aplicación la inspección inicial por OCH de acuerdo con lo dispuesto en la ITC-BT-05 del vigente Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.
SUMINISTROS PROVISIONALES EN BAJA TENSIÓN PARA MEDICIONES DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DEL ALUMBRADO EXTERIOR
Este tipo de suministro es PROVISIONAL y sólo tendrá una validez de 15 días. Una vez realizadas las mediciones oportunas, se debe tramitar la instalación DEFINITIVA del alumbrado exterior con su trámite correspondiente.
PREGUNTAS FRECUENTES:
Ver Portal de Industria, apartado TRAMITA_INSTALACIONES Y ESTABLECIMIENTOS_BAJA TENSIÓN (Ver apartado enlaces)
- Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (BOE núm. 224, de 18/09/2002).
- Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de...
- Real Decreto 1053/2014, de 12 de diciembre, por el que se aprueba una nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC) BT 52 «Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos», del Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por Real Decreto...
- Resolución de 20 de junio de 2003, de la Dirección General de Industria y Energía, por la que se modifican los anexos de las órdenes de 17 de julio de 1989 de la Conselleria de Industria, Comercio y Turismo, y de 12 de febrero de 2001 de la Conselleria de Industria y Comercio, sobre contenido...
- Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales (BOE núm. 303, de 17/12/2004).
- Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07 (BOE núm. 279, de 19/11/2008).
- Decreto 141/2012, de 28 de septiembre, del Consell, por el que se simplifica el procedimiento para la puesta en funcionamiento de industrias e instalaciones industriales.(DOCV Nº.6873, de 01/10/2012)
- Orden 6/2022, de 15 de junio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se regula el mantenimiento de las instalaciones eléctricas de baja tensión en los locales de pública concurrencia en la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 9372, de 30/06/2022)
- Orden 14/2022, de 5 de diciembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo por la que se establece la obligatoriedad de comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos en determinados trámites y procedimientos en las materias de Industria, Energía...
A quién va dirigido
- El/la instalador/a habilitado/a de baja tensión que haya ejecutado la instalación eléctrica de baja tensión que requiera memoria técnica de diseño.
- La persona titular de la instalación o su representante legal
Cómo se tramita
Tanto si se trata de una NUEVA INSTALACIÓN, como de una MODIFICACIÓN, el procedimiento a seguir es el siguiente:
1. El inicio de la tramitación se realizará:
- Por el/la instalador/a habilitado/a.
- Por la persona titular de la instalación o su representante legal
2. Presentación de la documentación que corresponda, EXCLUSIVAMENTE a través del trámite telemático correspondiente. El trámite telemático le irá guiando en todos los casos, respecto de los pasos a seguir, y de la documentación a presentar, en función de la acción seleccionada y el tipo de instalación.
3. Remisión de forma telemática del certificado de la instalación validado por el Servicio territorial con competencias en materia de industria, en el plazo de 24 horas.
4. Posteriormente se ejercitarán las facultades de inspección y control por parte de centro gestor (inspección, requerimiento, subsanación, y en su caso, inicio de expediente sancionador).
SUPUESTOS DE CAMBIO DE TITULARIDAD Y BAJA DE LA INSTALACIÓN:
1. En estos supuestos se podrá iniciar el procedimiento por la persona titular de la instalación o su representante legal, a través del trámite telemático correspondiente.
2. Posteriormente se ejercitarán las facultades de inspección y control por parte de centro gestor (inspección, requerimiento, subsanación, y en su caso, inicio de expediente sancionador).
03003 - Alacant/Alicante
12001 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Procedimientos relacionados
- Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).
- Instalaciones de GENERACIÓN de energía eléctrica de BAJA TENSIÓN destinadas a AUTOCONSUMO (fotovoltaicas, etc.) de potencia instalada INFERIOR O IGUAL A 10 kW. Comunicación de alta (puesta en servicio), modificación, cambio de titularidad y baja e INSCRIPCIÓN de las personas CONSUMIDORAS conectadas en baja tensión asociadas a dichas instalaciones en el REGISTRO administrativo de autoconsumo de energía eléctrica. EXCLUSIVAMENTE de forma TELEMÁTICA por INSTALADOR/A HABILITADO/A. Energía.
- Duplicado de certificados de instalaciones eléctricas de baja tensión o térmicas. Industria
- Instalaciones eléctricas de baja tensión con PROYECTO: Alta, modificación/ampliación, cambio de titularidad y baja de la instalación. Industria
- Instalaciones eléctricas de baja tensión con PROYECTO E INSPECCIÓN INICIAL POR ORGANISMO DE CONTROL HABILITADO: Alta, modificación / ampliación, cambio de titularidad y baja. Industria
- Solicitud de técnicas de seguridad equivalentes en baja tensión o excepciones al reglamento electrotécnico para baja tensión y excepciones al reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior (sujetas a autorización administrativa previa a su puesta en servicio). Industria
- Inscripción en la DIVISIÓN A del Registro Integrado Industrial (RII) de EMPRESAS y ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES. Alta, variación significativa (modificación y cambio de titularidad) y baja. Industria
Solicitud
Durante todo el año.
1. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN LOS SUPUESTOS DE ALTA Y MODIFICACIÓN DE INSTALACIONES DE BAJA TENSIÓN QUE REQUIERAN MEMORIA TÉCNICA DE DISEÑO:
A) INSTALACIONES GENERALES:
- Formulario web de DATOS GENERALES (incluido en el trámite telemático)
- Formulario web indicativo del TIPO DE INSTALACIÓN_edificio/receptora específica (incluido en el trámite telemático)
- Formulario web CERTIFICADO DE LA INSTALACIÓN de BT (incluido en el trámite telemático)
- Memoria técnica de diseño (según modelo que figura como impreso asociado denominado MTD).
B) INSTALACIONES TEMPORALES DE ALUMBRADO EXTERIOR FESTIVO Y NAVIDEÑO
B.1. Alta de instalaciones temporales con potencia instalada MENOR O IGUAL a 1 kW:
- Formulario web de DATOS GENERALES (incluido en el trámite telemático)
- Formulario web indicativo del TIPO DE INSTALACIÓN_edificio/receptora específica (incluido en el trámite telemático)
- Formulario web CERTIFICADO DE LA INSTALACIÓN de BT (incluido en el trámite telemático )
- Memoria técnica de diseño (según modelo que figura como impreso asociado denominado MTD).
B.2. Alta de instalaciones temporales con potencia instalada MAYOR de 1 kW y MENOR O IGUAL a 50 kW:
- Formulario web de DATOS GENERALES (incluido en el trámite telemático)
- Formulario web indicativo del TIPO DE INSTALACIÓN_edificio/receptora específica (incluido en el trámite telemático)
- Formulario web CERTIFICADO DE LA INSTALACIÓN de BT (incluido en el trámite telemático )
- Memoria técnica de diseño de baja tensión y de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior (MTDALEX)
C) INSTALACIONES ELÉCTRICA DE BAJA TENSIÓN AUXILIARES PARA OBRAS:
- Formulario web de DATOS GENERALES(incluido en el trámite telemático)
- Formulario web indicativo del TIPO DE INSTALACIÓN_edificio/receptora específica (incluido en el trámite telemático)
- Formulario web CERTIFICADO DE LA INSTALACIÓN de BT (incluido en el trámite telemático).
- Memoria técnica de diseño (según modelo que figura como impreso asociado denominado MTD).
D) INSTALACIONES DE ALUMBRADO EXTERIOR (que no requieran proyecto):
D.1.) Instalaciones con potencia instalada MENOR O IGUAL A 1 kW:
- Formulario web de DATOS GENERALES (incluido en el trámite telemático)
- Formulario web indicativo del TIPO DE INSTALACIÓN_edificio/receptora específica (incluido en el trámite telemático)
- Formulario web CERTIFICADO DE LA INSTALACIÓN de BT(incluido en el trámite telemático).
- Memoria técnica de diseño (según modelo que figura como impreso asociado denominado MTD).
D.2. Instalaciones con potencia instalada MAYOR DE 1 kW Y MENOR O IGUAL A 5 kW:
- Formulario web de DATOS GENERALES (incluido en el trámite telemático)
- Formulario web indicativo del TIPO DE INSTALACIÓN_edificio/receptora específica (incluido en el trámite telemático)
- Formulario web CERTIFICADO DE LA INSTALACIÓN de BT (incluido en el trámite telemático).
- Memoria técnica de diseño de baja tensión y de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior (MTDALEX)
- Certificado de eficiencia energética en alumbrados exteriores, emitido por el instalador habilitado (CERTEFI).
E) INSTALACIONES DE GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA FOTOVOLTAICAS AISLADAS EN BAJA TENSIÓN DE POTENCIA INSTALADA MENOR O IGUAL A 10 kW. OTRAS INSTALACIONES GENERADORAS DE BAJA TENSIÓN DE POTENCIA INSTALADA MENOR O IGUAL A 10 kW.
- Formulario web de DATOS GENERALES (incluido en el trámite telemático)
- Formulario web indicativo del TIPO DE INSTALACIÓN_edificio/receptora específica (incluido en el trámite telemático)
- Formulario web CERTIFICADO DE LA INSTALACIÓN de BT (incluido en el trámite telemático).
- Memoria técnica de diseño (según modelo que figura como impreso asociado denominado MTD).
F) SUMINISTROS PROVISIONALES EN BAJA TENSIÓN PARA MEDICIONES DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DEL ALUMBRADO EXTERIOR (POTENCIA MÁXIMA DE 5 kW):
- Formulario web de DATOS GENERALES(incluido en el trámite telemático)
- Formulario web indicativo del TIPO DE INSTALACIÓN_edificio/receptora específica (incluido en el trámite telemático)
- Formulario web CERTIFICADO DE LA INSTALACIÓN de BT(incluido en el trámite telemático).
- Memoria técnica de diseño (según modelo que figura como impreso asociado denominado MTD).
2. CAMBIO DE TITULARIDAD:
- Formulario web de datos generales (existente en el trámite telemático)
- Formulario web de datos específicos de la instalación (existente en el trámite telemático)
Se ha implementado un trámite de cambio de titularidad en bloque de todas las instalaciones de seguridad industrial asociadas a un Registro Integrado Industrial que podrá encontrar en el apartado "Procedimientos relacionados", a través del procedimiento "Inscripción en la DIVISIÓN A del Registro Integrado Industrial (RII) de EMPRESAS y ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES. Alta, variación significativa (modificación y cambio de titularidad) y baja. Industria".
3. BAJA DE LA INSTALACIÓN:
- Formulario web de datos generales (existente en el trámite telemático)
- Formulario web de datos específicos de la instalación (existente en el trámite telemático)
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