Detalle de procedimiento

Instalaciones eléctricas de BAJA TENSIÓN que requieran MEMORIA TÉCNICA DE DISEÑO: Alta, modificación /ampliación, baja y cambio de titularidad. Industria

Código SIA : 210646
Código GUC : 440
Organismo: Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Plazo de solicitud: ABIERTO
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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Dar de alta las nuevas instalaciones eléctricas de baja tensión que requieran memoria técnica de diseño, así como sus modificaciones, baja y cambio de titularidad. En este trámite quedan incluidos los siguientes tipos de instalaciones : - Instalaciones eléctricas de baja tensión que requieran memoria técnica de diseño. - Instalaciones de EDIFICIOS DE VIVIENDAS con una potencia instalada menor o igual a 100 kW, y viviendas (o locales no LPC) individuales de potencia instalada menor o igual a 50 kW - Instalaciones eléctricas de baja tensión TEMPORALES para ALUMBRADOS FESTIVOS Y NAVIDEÑOS que requieran memoria técnica de diseño (Potencia instalada inferior o igual a 50 kW) - Instalaciones eléctricas de baja tensión para AUXILIARES DE OBRAS sin proyecto (Potencia instalada inferior o igual a 50 kW) - Instalaciones eléctricas de baja tensión de ALUMBRADO EXTERIOR que requieran memoria técnica de diseño (Potencia instalada inferior o igual a 5 kW) - Instalación de generación de energía eléctrica FOTOVOLTAICAS AISLADAS en baja tensión de potencia instalada inferior o igual a 10 kW. Otras instalaciones generadoras de baja tensión de potencia instalada inferior o igual a 10 kW. - Instalaciones eléctricas de baja tensión para SUMINISTRO PROVISIONAL con el que efectuar las mediciones y pruebas reglamentarias de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior. El suministro provisional SÓLO se podrá obtener para una potencia a contratar inferior o igual a 5 kW. NOTA: En el supuesto de INSTALACIONES DE AUTOCONSUMO en baja tensión (potencia instalada inferior o igual 10 kW), se deberá tramitar a través del siguiente procedimiento (VER procedimientos relacionados): - Comunicación de puesta en servicio de instalaciones de generación de energía eléctrica de baja tensión destinadas a AUTOCONSUMO (fotovoltaicas, etc.) de potencia instalada INFERIOR O IGUAL A 10 KW y, si procede, la inscripción de los consumidores asociados a dichas instalaciones en el Registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica: Alta y modificación. Energía. https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18168&version=amp

Observaciones

Observaciones

INSTALACIONES DE EDIFICIOS DE VIVIENDAS O LOCALES (NO LPC) EN TRAMITACIÓN COLECTIVA O INDIVIDUAL: A) Para la tramitación COLECTIVA de instalaciones de EDIFICIOS DE VIVIENDAS CON UNA POTENCIA INSTALADA MENOR O IGUAL A 100 kW se deberá selecciona en el formulario web TIPO DE INSTALACIÓN la opción de "edificio de viviendas/oficinas/locales comercial no LPC" y a continuación cumplimentar el fomulario web CERTINS V_ CERTIFICADO de instalaciones eléctricas en BT para un edificio de viviendas, disponible en el trámite telemático, generándose un único certificado de la empresa instaladora de BT con la totalidad de las viviendas (o locales en planta), servicios generales, servicios generales ininterrumpidos, etc. B) Para la tramitación INDIVIDUAL de un alta (o modificación) de una vivienda (o local no LPC) ubicada en un edificio, se deberá seleccionar en el formulario web TIPO DE INSTALACIÓN la opción de "instalación receptora específica y a continuación cumplimentar el formulario web CERTINS E_ CERTIFICADO de instalaciones eléctricas en BT para una instalación receptora específica, disponible en el trámite telemático, generándose el certificado de la empresa instaladora de BT únicamente de esa vivienda o local. También se debe realizar esta selección de instalación y cumplimentación del formulario web CERTINS E para la tramitación de la instalación eléctrica de una VIVIENDA UNIFAMILIAR (AISLADA) con una potencia instalada menor o igual a 50 kW. CASO ESPECÍFICO DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO EXTERIOR Se entiende por instalaciones de alumbrado exterior las siguientes: - Las instalaciones a las que se refiere la ITC-BT 09 - Las de fuentes, objeto de la ITC-BT 31 - Las de alumbrados festivos y navideños, contempladas en la ITC-BT 34 EL REAL DECRETO 1890/2008 SE APLICARÁ A LAS SIGUIENTES INSTALACIONES DE ALUMBRADO EXTERIOR: - A las nuevas instalaciones, a sus modificaciones y ampliaciones - A las instalaciones existentes antes de su entrada en vigor, que sean objeto de modificaciones de importancia y a sus ampliaciones, entiendo por modificación de importancia aquella que afecte a más del 50% de la potencia o luminarias instaladas. INSTALACIONES DE ALUMBRADO EXTERIORES QUE TIENEN UNA POTENCIA INSTALADA SUPERIOR A 5 kW: Requieren siempre proyecto e inspección inicial por organismo de control, tanto si se trata de las únicas instalaciones de baja tensión, como si están incluidas en otra instalación de baja tensión que sólo requiera proyecto pero no inspección inicial por organismo de control (artículo 10 del RD 1890/2008). LAS INSTALACIONES TEMPORALES DE ILUMINACIÓN EN LAS CALLES (FIESTAS DE FALLAS, MAGDALENA, SAN JUAN, NAVIDAD, ETC.): - Cuando la potencia NO supere los 50 kW llevarán MEMORIA TÉCNICA DE DISEÑO y se tramitarán por su trámite específico. - Cuando la potencia SÍ supere los 50 kW, requerirán PROYECTO, el cual deberá ser redactado y firmado por técnico/a titulado/a competente. - Este tipo de instalaciones, según lo indicado en la Instrucción 1/2010, de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación, de 01 de marzo de 2010, quedan exentas de la inspección inicial por Organismo de Control Habilitado prevista en el punto 2.1., y de mediciones establecidas en el punto 2.2, ambos de la ITC-EA-05 del Reglamento de Eficiencia Energética de Alumbrados Exteriores. Tampoco le son de aplicación la inspección inicial por OCH de acuerdo con lo dispuesto en la ITC-BT-05 del vigente Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. SUMINISTROS PROVISIONALES EN BAJA TENSIÓN PARA MEDICIONES DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DEL ALUMBRADO EXTERIOR Este tipo de suministro es PROVISIONAL y sólo tendrá una validez de 15 días. Una vez realizadas las mediciones oportunas, se debe tramitar la instalación DEFINITIVA del alumbrado exterior con su trámite correspondiente. PREGUNTAS FRECUENTES: Ver Portal de Industria, apartado TRAMITA_INSTALACIONES Y ESTABLECIMIENTOS_BAJA TENSIÓN (Ver apartado enlaces)

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

- El/la instalador/a habilitado/a de baja tensión que haya ejecutado la instalación eléctrica de baja tensión que requiera memoria técnica de diseño. - La persona titular de la instalación o su representante legal

Procedimientos relacionados

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Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Durante todo el año.

Formularios y documentación

1. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN LOS SUPUESTOS DE ALTA Y MODIFICACIÓN DE INSTALACIONES DE BAJA TENSIÓN QUE REQUIERAN MEMORIA TÉCNICA DE DISEÑO: A) INSTALACIONES GENERALES: - Formulario web de DATOS GENERALES (incluido en el trámite telemático) - Formulario web indicativo del TIPO DE INSTALACIÓN_edificio/receptora específica (incluido en el trámite telemático) - Formulario web CERTIFICADO DE LA INSTALACIÓN de BT (incluido en el trámite telemático) - Memoria técnica de diseño (según modelo que figura como impreso asociado denominado MTD). B) INSTALACIONES TEMPORALES DE ALUMBRADO EXTERIOR FESTIVO Y NAVIDEÑO B.1. Alta de instalaciones temporales con potencia instalada MENOR O IGUAL a 1 kW: - Formulario web de DATOS GENERALES (incluido en el trámite telemático) - Formulario web indicativo del TIPO DE INSTALACIÓN_edificio/receptora específica (incluido en el trámite telemático) - Formulario web CERTIFICADO DE LA INSTALACIÓN de BT (incluido en el trámite telemático ) - Memoria técnica de diseño (según modelo que figura como impreso asociado denominado MTD). B.2. Alta de instalaciones temporales con potencia instalada MAYOR de 1 kW y MENOR O IGUAL a 50 kW: - Formulario web de DATOS GENERALES (incluido en el trámite telemático) - Formulario web indicativo del TIPO DE INSTALACIÓN_edificio/receptora específica (incluido en el trámite telemático) - Formulario web CERTIFICADO DE LA INSTALACIÓN de BT (incluido en el trámite telemático ) - Memoria técnica de diseño de baja tensión y de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior (MTDALEX) C) INSTALACIONES ELÉCTRICA DE BAJA TENSIÓN AUXILIARES PARA OBRAS: - Formulario web de DATOS GENERALES(incluido en el trámite telemático) - Formulario web indicativo del TIPO DE INSTALACIÓN_edificio/receptora específica (incluido en el trámite telemático) - Formulario web CERTIFICADO DE LA INSTALACIÓN de BT (incluido en el trámite telemático). - Memoria técnica de diseño (según modelo que figura como impreso asociado denominado MTD). D) INSTALACIONES DE ALUMBRADO EXTERIOR (que no requieran proyecto): D.1.) Instalaciones con potencia instalada MENOR O IGUAL A 1 kW: - Formulario web de DATOS GENERALES (incluido en el trámite telemático) - Formulario web indicativo del TIPO DE INSTALACIÓN_edificio/receptora específica (incluido en el trámite telemático) - Formulario web CERTIFICADO DE LA INSTALACIÓN de BT(incluido en el trámite telemático). - Memoria técnica de diseño (según modelo que figura como impreso asociado denominado MTD). D.2. Instalaciones con potencia instalada MAYOR DE 1 kW Y MENOR O IGUAL A 5 kW: - Formulario web de DATOS GENERALES (incluido en el trámite telemático) - Formulario web indicativo del TIPO DE INSTALACIÓN_edificio/receptora específica (incluido en el trámite telemático) - Formulario web CERTIFICADO DE LA INSTALACIÓN de BT (incluido en el trámite telemático). - Memoria técnica de diseño de baja tensión y de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior (MTDALEX) - Certificado de eficiencia energética en alumbrados exteriores, emitido por el instalador habilitado (CERTEFI). E) INSTALACIONES DE GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA FOTOVOLTAICAS AISLADAS EN BAJA TENSIÓN DE POTENCIA INSTALADA MENOR O IGUAL A 10 kW. OTRAS INSTALACIONES GENERADORAS DE BAJA TENSIÓN DE POTENCIA INSTALADA MENOR O IGUAL A 10 kW. - Formulario web de DATOS GENERALES (incluido en el trámite telemático) - Formulario web indicativo del TIPO DE INSTALACIÓN_edificio/receptora específica (incluido en el trámite telemático) - Formulario web CERTIFICADO DE LA INSTALACIÓN de BT (incluido en el trámite telemático). - Memoria técnica de diseño (según modelo que figura como impreso asociado denominado MTD). F) SUMINISTROS PROVISIONALES EN BAJA TENSIÓN PARA MEDICIONES DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DEL ALUMBRADO EXTERIOR (POTENCIA MÁXIMA DE 5 kW): - Formulario web de DATOS GENERALES(incluido en el trámite telemático) - Formulario web indicativo del TIPO DE INSTALACIÓN_edificio/receptora específica (incluido en el trámite telemático) - Formulario web CERTIFICADO DE LA INSTALACIÓN de BT(incluido en el trámite telemático). - Memoria técnica de diseño (según modelo que figura como impreso asociado denominado MTD). 2. CAMBIO DE TITULARIDAD: - Formulario web de datos generales (existente en el trámite telemático) - Formulario web de datos específicos de la instalación (existente en el trámite telemático) 3. BAJA DE LA INSTALACIÓN: - Formulario web de datos generales (existente en el trámite telemático) - Formulario web de datos específicos de la instalación (existente en el trámite telemático)

Presentación

Presentación

Telemática
NOTAS PREVIAS: 1. La INICIACIÓN del trámite , en los supuestos de ALTA y MODIFICACIÓN, se realizará por EL/LA INSTALADOR/A HABILITADO/A que ha realizado la instalación o por la PERSONA TITULAR de la instalación y su representante legal y EXCLUSIVAMENTE a través del trámite telemático correspondiente, para lo cual deberá disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Más información respecto a los sistemas admitidos en la Sede Electrónica de la Generalitat (ver apartado enlaces). 2. Si el trámite lo inicia el/la instalador/a habilitado/a deberá continuar la tramitación del mismo hasta el registro de la solicitud. En el supuesto que el trámite sea iniciado por la persona titular de la instalación o su representante legal, deberá cumplimentar telemáticamente, además del formulario web inicial , los datos técnicos del formulario web certificado CERTINS y lo pasará a la firma del instalador/a habilitado/a. Tras dicha firma podrá continuar la tramitación hasta el registro de la solicitud. El sistema telemático le irá guiando en la tramitación, indicándole los pasos a seguir y la documentación a presentar, en función de la acción seleccionada y el tipo de instalación eléctrica de baja tensión de que se trate (edificio de viviendas o instalación receptora específica). En función del tipo de instalación, deberá cumplimentar el certificado de instalación correspondiente , que el sistema le indicará (CERTINS E o CERTINS V) TRAMITACIÓN: 1. Para presentar la solicitud mediante la tramitación telemática, la persona solicitante (física o jurídica) deberá disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre estos sistemas se admiten: - El DNIe (DNI electrónico), los certificados emitidos por la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y los certificados de persona jurídica, empleado público o persona física emitidos por la ACCV (Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana). - Y el sistema clave-firma del Estado únicamente para las personas físicas(por tanto, quedan excluidas las personas jurídicas: empresas, ayuntamientos, entidades....). Más información respecto a los sistemas admitidos en la Sede Electrónica de la Generalitat en: https://sede.gva.es/es/sede_certificados Le recomendamos que compruebe la validez del certificado en la siguiente dirección: https://valide.redsara.es/valide/inicio.html 2. En el caso de utilizar un certificado digital de una persona actuando en representación de otra persona (física o jurídica), se deberá inscribir previamente en el Registro de Representantes ante la Generalitat para la realización de trámites por vía telemática, cuya información está disponible: - En http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=17168&;version=amp - Y en http://regrep.accv.es/accv_repr/zonarep/index.html/ Sin esa inscripción previa, además de no quedar acreditada su representación, no se recibirá nada en la carpeta ciudadana de la persona presentadora. 3. Clickando en el botón "Solicitud_Presentación autenticada"(que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web inicial, anexar la solicitud cumplimentada y firmada digitalmente, así como la restante documentación que debe aportar (incluido, en su caso, el justificante del pago de la tasa) y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro. 4. En el apartado G del formulario general deberá seleccionar el tipo de petición 5. Respecto de los documentos a anexar: - Es recomendable que, en primer lugar, reúna todos los documentos a presentar y los cumplimente, firme y guarde electrónicamente en su ordenador. - IMPORTANTE: todos los documentos certificados o firmados que se presenten telemáticamente deberán ser enviados en formato PDF y tendrán que incorporar las firmas digitales de la/s persona/s o entidad/es que los suscriban. Para ello la ACCV ofrece un servicio gratuito de firma de documentos PDF (acuda a http://www.accv.es para más información al respecto). No obstante, hay más sistemas válidos de firma de documentos pdf que puede utilizar. - En este trámite de la Guía Prop: * En el apartado denominado "Documentación" aparece el listado de documentos a presentar. * Y en el apartado "Impresos Asociados" (además de en el propio trámite telemático) existen modelos normalizados y rellenables de todos o algunos de esos documentos, según el caso. - En el trámite telemático se indica el tamaño máximo permitido de los documentos a anexar y sus posibles formatos o extensiones (pdf, doc, odt, xls, ods, zip, etc.). Compruébelos antes de anexar los documentos. 6. Dispone de más información sobre la tramitación telemática en la siguiente dirección: http://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/at_ciud_faq/at_ciud_faq_tramitacion

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

Tanto si se trata de una NUEVA INSTALACIÓN, como de una MODIFICACIÓN, el procedimiento a seguir es el siguiente: 1. El inicio de la tramitación se realizará: - Por el/la instalador/a habilitado/a. - Por la persona titular de la instalación o su representante legal 2. Presentación de la documentación que corresponda, EXCLUSIVAMENTE a través del trámite telemático correspondiente. El trámite telemático le irá guiando en todos los casos, respecto de los pasos a seguir, y de la documentación a presentar, en función de la acción seleccionada y el tipo de instalación. 3. Remisión de forma telemática del certificado de la instalación validado por el Servicio territorial con competencias en materia de industria, en el plazo de 24 horas. 4. Posteriormente se ejercitarán las facultades de inspección y control por parte de centro gestor (inspección, requerimiento, subsanación, y en su caso, inicio de expediente sancionador). SUPUESTOS DE CAMBIO DE TITULARIDAD Y BAJA DE LA INSTALACIÓN: 1. En estos supuestos se podrá iniciar el procedimiento por la persona titular de la instalación o su representante legal, a través del trámite telemático correspondiente. 2. Posteriormente se ejercitarán las facultades de inspección y control por parte de centro gestor (inspección, requerimiento, subsanación, y en su caso, inicio de expediente sancionador).